Resolución. MUNICIPALIDAD DE OROTINA

Fecha de publicación02 Febrero 2022
Número de registroIN2022619515
EmisorMUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE OROTINA

DECRETA:

CÓDIGO DE ÉTICA MUNICIPALIDAD DE OROTINA

Considerando:

I.—Que la ética es una forma de vivir y sirve para orientar la toma de decisiones. Es un conjunto compartido de “valores” que se considera referente orientador de la conducta y la toma de decisiones, que, además, promueve el rescate de los valores institucionales, los cuales están acorde con los lineamientos y planes de la Municipalidad. Las normas y principios contenidos en este código, al ser naturaleza ética, tienen un carácter orientador de conducta.

II.—Que la Ley General de Control Interno N° 8292 del 4 de setiembre del 2002, y las normas de Control Interno para el Sector Público, emitidas mediante Resolución de la Contraloría General de la República N° R-CO-9-2009 del 26 de enero del 2009, consignan como elemento primordial del Ambiente de Control en las organizaciones, lo relacionado con mantener y demostrar integridad y valores éticos en el ejercicio de los deberes y obligaciones, para lo cual son necesarios mecanismos formales e informales que permitan integrar la ética a los sistemas de gestión, utilizando, entre otros medios, elementos como: Códigos de Ética y Similares. Por tanto,

La Municipalidad de Orotina emite el presente Código de Ética, a partir de las siguientes disposiciones:

CAPÍTULO I

Conceptos básicos

Artículo 1º—Definiciones. Para la aplicación del presente Código, a continuación, se indica el significado de los siguientes términos:

Jerarca: es el gobierno local conformado por el Concejo Municipal y la Alcaldía Municipal.

Titular subordinado: funcionario de la administración activa responsable de un proceso, con autoridad para ordenar y tomar decisiones.

Bienes: se refiere a instalaciones físicas, equipo de oficina, vehículos, entre otros, propiedad de la Municipalidad, que son otorgados a sus trabajadores para el buen desempeño de sus labores.

Conflicto de intereses: involucra un conflicto entre la función pública y los intereses privados del funcionario público, en el que el funcionario público tiene intereses de índole privada que podrían influir de manera inadecuada en la ejecución de sus funciones y la responsabilidad oficial.

Fondos públicos: son los recursos, valores, bienes y derechos, propiedad del Estado, de órganos, de empresas o de entes públicos.

Ética: Es la orientación racional de la conducta humana; radica en que el momento ético se da antes de los actos, lo que indica pensar antes de actuar; asimismo, corresponde a un conjunto de orientaciones para el comportamiento humano.

Principios: ideas que reflejan práctica de la acción humana, que gozan de universalidad y permanencia en el tiempo. Son el conjunto de valores, creencias, normas, que orientan y regulan la vida de la organización.

Valores: son convicciones profundas y orientaciones vitales de los seres humanos que determinan su manera de ser y orientan su conducta.

Virtudes: Son valores que una persona se ha apropiado y practica constantemente. Son parte de su carácter. Es la cualidad positiva que permite producir ciertos efectos.

Gestión ética: es una estrategia global de dirección a partir de los valores compartidos. Parte de la realidad organizacional, elementos fundamentales de la condición humana, de una forma de vida que supone la reflexión de las consecuencias para la persona misma y para las demás personas antes de la acción.

CAPÍTULO II

Alcance y obligatoriedad

Artículo 2ºEl presente Código de Ética tiene como fin regular que las actuaciones de los funcionarios municipales, proveedores y demás personas con relación directa o indirecta con la institución, se encuentren apegados a los principios y valores que rigen su función.

Artículo 3ºEl presente código se aplica al Jerarca, Titulares subordinados y demás funcionarios (servicios especiales, en propiedad, interinos, confianza y Jornales Ocasionales) de la Municipalidad de Orotina. Lo anterior sin perjuicio de otra normativa aplicable a los funcionarios de la institución.

Artículo 4ºLas actuaciones contrarias a las disposiciones de este código son consideradas como faltas laborales, y su gravedad o persistencia se tratarán según lo establecido en el Reglamento Autónomo de Organización y Servicios de la Municipalidad de Orotina.

Artículo 5ºSe consideran valores institucionales los que se asumen para interiorizar y vivir, guiar la conducta y el quehacer cotidiano, cuyas acciones están dirigidas a la satisfacción de las necesidades e interés de los clientes (internos y externos) y el cumplimiento de la normativa existente.

CAPÍTULO III

Generalidades

Artículo 6ºEl trabajador de la Municipalidad de Orotina deberá distinguirse por sus principios morales y su comportamiento acorde con los preceptos de la Institución.

Artículo 7ºLa Administración garantizará, a través de acciones concretas Y efectivas, la no tolerancia a actuaciones que riñan contra la moral, dentro o fuera de las instalaciones. Los funcionarios no deben de permitir estas actuaciones ya que, en caso contrario, se considerarán partícipes pasivos de los actos.

CAPÍTULO IV

Conflicto de interés

Artículo 8ºEl Jerarca, los titulares subordinados y demás funcionarios de la Municipalidad de Orotina, deberán:

a) Proteger su independencia y evitar cualquier posible conflicto de interés rechazando regalos, dádivas, comisiones o gratificaciones que puedan interpretarse como intentos de influir sobre su independencia e integridad.

b) Demostrar y practicar una conducta moral y ética intachable.

c) Excusarse de participar en actos que ocasionen conflicto de intereses. El funcionario público debe abstenerse razonablemente de participar en cualquier actividad pública o privada en general, donde pueda existir un conflicto de intereses con respecto a su investidura de servidor público, sea porque puede comprometer su criterio u ocasionar dudas sobre su imparcialidad.

d) Resguardar, proteger y tutelar los fondos y recursos públicos. Todo acto contrario a tal imperativo debe ser denunciado de inmediato ante las instancias correspondientes.

e) Denunciar por las vías correspondientes, cualquier acto de corrupción.

Artículo 9ºEl Jerarca, titulares subordinados y demás funcionarios de la Municipalidad de Orotina, deberán abstenerse de:

a) Utilizar su cargo oficial con propósitos privados o personales, y mantener relaciones y actos que impliquen un riesgo de corrupción o que puedan suscitar dudas razonables acerca de su objetividad e independencia.

b) Aprovecharse indebidamente, de los servicios que presta la institución en beneficio propio, de familiares o amigos, directa o indirectamente.

c) Participar directa o indirectamente en transacciones financieras, aprovechándose de información confidencial de la cual tengan conocimiento en razón de su cargo, de forma tal que ello les confiera una situación de privilegio de cualquier carácter, para , o para terceros, directa o indirectamente.

d) Usar las instalaciones físicas, el equipo de oficina, vehículos o demás bienes públicos a que tengan acceso, para propósitos ajenos al fin para el que están destinados.

e) Dirigir, administrar, patrocinar, representar o prestar servicios gratuitos o no, a personas que gestionen ante la Municipalidad el otorgamiento de licencias, autorizaciones, concesiones, permisos o cualquier derecho, o la obtención de beneficios o remuneraciones en calidad de proveedores o contratistas por parte del gobierno local.

CAPÍTULO V

Relaciones internas y externas

Artículo 10.—Los funcionarios deben de atender a los usuarios internos y externos, clientes y público en general, con respeto, amabilidad y consideración, de manera que no se originen quejas por inapropiada atención.

Artículo 11.—La información que disponga el funcionario en razón de su cargo, se debe manejar de manera confidencial y ser utilizada exclusivamente para atender asuntos internos, con excepción de aquellos documentos que están tipificados como públicos.

Artículo 12.—En lo que se refiere a la atención al cliente, se deben proporcionar los servicios de la máxima calidad, de acuerdo con las especificaciones establecidas. Los administrados serán tratados con respeto, amabilidad y honradez en todos los aspectos de las transacciones, se brindará adecuada respuesta a sus reclamos y se procurará satisfacer sus necesidades según la normativa vigente.

Artículo 13.—El trato entre funcionarios se debe guiar por reglas de respeto, lealtad, honestidad, amabilidad y colaboración. No deben usarse en el vocabulario términos de burla, doble sentido (“chota o acoso”) o insultantes, que maltraten la dignidad humana, y profesional de los compañeros.

Artículo 14.—El Jerarca, los Directores, las Jefaturas y cualquier otro funcionario que tenga a su cargo personal, debe ejercer su autoridad mediante el conocimiento, la apertura al diálogo, el convencimiento y un liderazgo basado en valores y principios éticos institucionales.

Artículo 15.—Cuando ingresen nuevos trabajadores, el resto del personal, y en especial los más afines a su labor, colaborarán en su inducción y facilitarán su adaptación al grupo con principios y valores.

CAPÍTULO VI

Uso del celular y otro medio electrónico

Artículo 16.—Se debe dar un uso razonable al tiempo laboral. El funcionario no se debe distraerse por el uso de celular en asuntos ajenos al trabajo. No se le permite el uso del internet, de las redes sociales, del correo electrónico institucional u otros instrumentos similares, para asuntos ajenos a sus funciones. La infracción de las anteriores disposiciones podrá considerarse abandono del trabajo o desviación del uso de recursos públicos, con las responsabilidades correspondiente según el debido proceso y las normas sancionatorias aplicables.

Artículo 17.—Los celulares se deben mantener en estado de vibración y en silencio, cuando se esté en reuniones o atendiendo a funcionarios o contribuyentes. Su uso será restringido a situaciones laborales o a situaciones personales urgentes e ineludibles.

CAPÍTULO V

Compromisos éticos

Artículo 18.—S...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR