Resolución. MUNICIPALIDAD DE PÉREZ

Fecha de publicación15 Septiembre 2020
Número de registroIN2020482427
EmisorMUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE PÉREZ ZELEDÓN

REGLAMENTO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE OBRAS

MENORES DE LA MUNICIPALIDAD DE PÉREZ ZELEDÓN

RAM-002-20

Considerando:

1º—Que la Municipalidad de Pérez Zeledón es la encargada de fiscalizar, tramitar y conceder licencias para toda construcción que se ejecute en nuestro cantón, siendo que para ello se requiere una autorización cuando la obra supere los 5000 colones.

2º—Que en virtud de lo dispuesto por la Modificación de la Ley número 833 (Ley de Construcciones y sus reformas), es necesario la emisión del presente Reglamento, para regular los requisitos y condiciones en la construcción de obras catalogadas como obra menor en el cantón de Pérez Zeledón.

3º—Que la renovación y cambio permanente en el uso del espacio construido, mejoramiento de las condiciones de seguridad física y de la capacidad adaptativa, rehabilitación, restauración, mantenimiento, preservación, salvaguarda del espacio y entorno construido, tanto interno como externo de las casas y edificaciones, son acciones que podemos incluir dentro del concepto de obra menor, por ello se hace necesario reglamentar las condiciones de aplicación de ese concepto, con el fin de poder realizar una vigilancia y regulación específica sobre los requisitos y procedimientos a seguir para ese tipo de obras. Por tanto;

El Concejo Municipal del Cantón de Pérez Zeledón en el uso de las facultades que le confieren los artículos 169 y 170 de la Constitución Política, artículos 4 inciso a), 13 inciso c) y 43 del Código Municipal, Ley 7794 del 30 de abril de 1998, aprobó en la sesión ordinaria 018-2020 celebrada el 25 de agosto del 2020 el presente:

REGLAMENTO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE OBRAS

MENORES DE LA MUNICIPALIDAD DE PÉREZ ZELEDÓN

CAPÍTULO I

Disposiciones Generales

Artículo 1º—Objetivo y Alcance del Reglamento: El presente reglamento tiene como objetivo general, regular los requisitos y condiciones de las disposiciones insertas en la reforma de Ley 9482, bajo las cuales la Municipalidad conferirá las licencias de construcción para obras menores, sin perjuicio de las facultades que las leyes conceden en esta materia a otros órganos administrativos, siendo la Municipalidad quien velará por el control y la supervisión de las obras que se denominarán menores, las cuales solo podrán ser ejecutadas, previo cumplimiento de los requerimientos que se detallan en el presente reglamento y en la normativa conexa, las disposiciones del presente reglamento son de acatamiento obligatorio para todas las personas que vayan a construir obras calificadas como menores dentro del cantón de Pérez Zeledón.

Artículo 2º—De las obras menores: Se considerará obra menor, todo tipo de reparación, remodelación, arreglo, construcción, o similar avalada por el respectivo Reglamento de Zonificación y la Actividad de Control Constructivo de la Municipalidad y que por sus características no altere los sistemas vitales de una casa o edificio, como el estructural, eléctrico, mecánico, datos y telefonía, cubiertas o similares. El monto máximo permitido como construcción menor será el que fija el artículo 83 bis de la Ley de Construcciones, de manera inclusiva pero no exclusiva serán consideradas como obras menores las siguientes:

a) Aceras y pavimentos de áreas peatonales.

b) Verjas y portones.

c) Pintura exterior e interior de viviendas, comercios o industrias no mayor a tres niveles.

d) Cambio de material de cubierta que no exceda los 100 m2, incluyendo la hojalatería.

e) Cambio de material de emplantillado y material de cielo raso cuya área no supere los 100 m2 y no implique modificaciones de la instalación eléctrica.

f) Cambio de paredes que no alteren la estructura del inmueble.

g) Tapias o cerramientos perimetrales (que no sean muro de retención).

h) Remodelación de locales comerciales de cualquier tipo, incluyendo aquellos en centros comerciales.

i) Construcción de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR