Resolución. MUNICIPALIDAD DE POÁS

Fecha de publicación24 Enero 2022
Número de registroIN2022617053
EmisorMUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE POÁS

CONCEJO MUNICIPAL

MODIFICACIONES REGLAMENTO PAGO DE DIETAS

REGIDORES PROPIETARIOS, SUPLENTES, SÍNDICOS

PROPIETARIOS, SUPLENTES DEL CANTÓN DE POÁS

La suscrita Edith Campos Víquez, en calidad de secretaria Interina del Concejo Municipal de la Municipalidad de Poás, hago constar que: El Concejo Municipal del Cantón de Poás, en su Sesión Ordinaria Nº 089-2021 celebrada el 11 de enero del 2022, según consta en el Acuerdo Nº 1115-01-2022, aprobó definitivamente aprobado, modificaciones al Reglamento Pago de Dietas Regidores Propietarios, Suplentes, Síndicos Propietarios, Suplentes del Cantón de Poás, quedando de la siguiente manera:

REGLAMENTO PAGO DE DIETAS REGIDORES

PROPIETARIOS, SUPLENTES, SÍNDICOS

PROPIETARIOS, SUPLENTES DEL CANTÓN DE POÁS

Artículo 4º—Control de incapacidades y superposición horaria. La Administración Municipal, por medio del Proceso de Recursos Humanos, ejercerá un control cruzado con la CCSS, el INS y las Declaraciones Juradas mensuales de cada uno de los miembros del Concejo Municipal, para comprobar que los miembros del Concejo Municipal no tengan impedimentos legales la hora de percibir las dietas, como lo son:

a) Que el regidor o síndico y sus suplentes, no se encuentra incapacitado y su asistencia a la sesión del Concejo le permite percibir el pago de dieta correspondiente.

b) Que al regidor o síndico no le aplica la restricción de superposición horaria. Para la declaración jurada, la persona titular de la Secretaría del Concejo Municipal, después de la realización de la última sesión ordinaria o extraordinaria de cada mes, le entregará a cada miembro del Gobierno Municipal, el formulario de declaración jurada, en donde conste la no incapacidad o la incapacidad y si existe o no superposición horaria, para el caso de los funcionarios públicos, en caso de tener dos o más cargos públicos. A partir de ese momento cada funcionario(a) de elección popular dispondrá de 2 días hábiles para entregar debidamente firmada la gestión, transcurrido ese tiempo la Secretaría remitirá al departamento administrativo correspondiente las declaraciones para la cancelación de dieta, quien no hubiere remitido la declaración en el plazo respectivo deberá esperar a que se tramite su gestión el mes próximo. (…)

Artículo 6º—Liquidación Mensual de Dieta. La Administración Municipal procederá con el pago mensual de Dieta a cada...

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