Resolución. MUNICIPALIDAD DE POÁS

Fecha de publicación06 Diciembre 2019
Número de registroIN2019410998
EmisorMUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE POÁS

MODIFICACIÓN AL ARTÍCULO 8, REGLAMENTO PARA

LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL ACUEDUCTO

DE LA MUNICIPALIDAD DE POÁS

La suscrita Roxana Chinchilla Fallas, en calidad de secretaria del Concejo Municipal de la Municipalidad de Poás, hago constar que: El Concejo Municipal del Cantón de Poás, en su Sesión Ordinaria N° 186-2019 celebrada el 19 de noviembre del 2019, en forma unánime y definitivamente aprobado, tomó el Acuerdo No. 2417-11-2019, mediante el cual se aprueba Modificar el artículo 8 del Reglamento para la Operación y Administración del Acueducto de la Municipalidad de Poás, quedando su redacción de la siguiente manera:

MODIFICACIÓN AL ARTÍCULO 8, REGLAMENTO PARA

LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL ACUEDUCTO

DE LA MUNICIPALIDAD DE POÁS

Modificar el artículo 8, para que en adelante se lea:

“Artículo 8º—Del servicio provisional o temporal. Cuando se necesite conexiones de carácter temporal o provisional para eventos de igual carácter (ferias, turnos, etc…) u obras que implican el fraccionamiento de una finca (urbanizaciones, segregaciones, otros), y la Municipalidad podrá conceder dicho servicio previa solicitud del interesado, en el formulario que para tal efecto facilitará la Municipalidad. El interesado debe indicar lo siguiente:

a) Naturaleza de la actividad

b) Duración de la actividad y fecha de inicio de la misma.

Dicha solicitud debe ser autorizada por el departamento de Acueducto y Alcaldía. La tarifa aplicable será la reproductiva tomando como excepción el suministro de agua a un prestador de servicio (ASADA) para dicho caso se aplicará la tarifa para venta de agua en bloque del AyA vigente a la fecha según Diario Oficial La Gaceta. Una vez autorizada se realizará la conexión previa de pago del rubro correspondiente y por un periodo máximo de tres meses. Una vez acaecido el término solicitado, la Municipalidad de oficio cortará el suministro temporal de agua. Siempre y cuando no existiese solicitud de prórroga por parte del interesado y que fuere acogido por el Departamento del Acueducto Municipal Alcalde Municipal”.

Poás, 22 noviembre 2019.—Concejo Municipal.—Roxana Chinchilla Fallas, Secretaria.—1 vez.—( IN2019410998).

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