MUNICIPALIDAD DE PUNTARENAS ALCALDÍA MUNICIPAL REGLAMENTO DE METODOLOGÍA DE FIJACIÓN DE TASAS MUNICIPALES DEL CANTÓN CENTRAL DE PUNTARENAS
Fecha de publicación | 06 Noviembre 2015 |
Número de registro | IN2015071558 |
Emisor | MUNICIPALIDADES |
MUNICIPALIDAD DE PUNTARENAS
ALCALDÍA MUNICIPAL
REGLAMENTO DE METODOLOGÍA DE FIJACIÓN
DE TASAS MUNICIPALES DEL CANTÓN
CENTRAL DE PUNTARENAS
Se presenta modificación parcial al Reglamento de Metodología de Fijación de Tasas Municipales del cantón Central de Puntarenas, publicada en La Gaceta Nº 186 del 27 de setiembre de 2013, en su Artículo 3, “Metodología para el cálculo de las tasas de recolección separada, transporte, valorización, tratamiento y disposición final de residuos ordinarios. Aprobado por el Concejo Municipal en Sesión Ordinaria Nº 488 celebrada el 28 de setiembre de 2015 en su artículo 4° inciso I, modificando los siguientes artículos:
Artículo 1º—De los parámetros de fijación en el cobro. Por los servicios que preste la municipalidad, cobrará a los usuarios o propietarios del inmueble tasas y precios que se fijarán al menos una vez al año, tomando en cuenta los costos, así como las inversiones futuras necesarias para lograr una gestión integral de residuos en el municipio y cumplir las obligaciones establecidas en la Ley para la gestión integral de residuos, más un diez por ciento (10%) de utilidad para el desarrollo. Para otros servicios y el mantenimiento de parques, zonas verdes y sus respectivos servicios los montos se fijarán tomando en consideración el costo efectivo de lo invertido por la municipalidad para mantener cada uno de los servicios urbanos, dicho monto se incrementará en un diez (10%) de utilidad para su desarrollo, tal monto se cobrará proporcionalmente entre los vecinos del cantón. según la cantidad de metros lineales de frente de cada propiedad para el servicio de Aseo de Vías y Sitios Públicos, para el servicio de Disposición Final de Basura, Recolección de Basura se usará la cantidad de usuarios y la aplicación de las unidades índice, el servicio de Mantenimiento de Parques y Zonas Verdes usará como base los metros lineales de frente de las propiedades, en los distritos que se brinde el servicio, de acuerdo a las áreas con que cuenten los parques, en cuanto al cementerio se tomará en cuenta los metros cuadrados de ocupación para los precios de arrendamiento y mantenimiento, mientras para los precios de exhumación e inhumación se usará las horas trabajador utilizadas y los materiales consumidos ya sea este en tierra, nicho o lápida, las mismas deberán ser aprobadas por el Concejo Municipal. Una vez fijados, entrarán en vigencia a partir del trimestre más reciente, después de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
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