Resolución. MUNICIPALIDAD DE PURISCAL

Fecha de publicación18 Octubre 2021
Número de registroIN2021591125
EmisorMUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE PURISCAL

DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD CIUDADANA

POLICÍA MUNICIPAL

REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE POLICÍA

MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE PURISCAL

El Concejo Municipal de la Municipalidad del Cantón de Puriscal, con sustento en los artículos 169 y 170 de la Constitución Política y fundamentado en las disposiciones contenidas en los artículos 1 al 4, 7, 13 inciso c) y todo el capítulo IX del Código Municipal y en uso de sus atribuciones, emite el presente:

“Reglamento de Policía Municipal, de la Municipalidad del Cantón de Puriscal”, el que se regirá por las siguientes disposiciones:

CAPÍTULO I

Disposiciones Generales

Artículo 1ºObjetivo. El Departamento de Policía Municipal (DPM), también conocido como Policía Municipal (PM) es un cuerpo especial de vigilancia y seguridad que, con carácter esencialmente civil, contribuye a mantener el orden público en el Cantón de Puriscal. Así como de respaldar a los diferentes departamentos de la Municipalidad en la labor de actividad comercial y urbanística resguardando los bienes de la corporación Municipal.

Artículo 2ºEncargado de la Policía Municipal. La Unidad de Policía Municipal estará bajo la Coordinación del departamento de Seguridad Ciudadana y Control Vial, la cual es una dependencia directa del Despacho de la Alcaldía. Este será el jefe de Policía Municipal (que podrá tener código de tránsito emitido por COSEVI). Será la Persona Titular de la Alcaldía, quien ejerza las labores de Jefe Superior del Servicio a la persona coordinadora de Seguridad Ciudadana y Control Vial (jefe de Policía Municipal).

Artículo 3ºFunciones. La Policía Municipal tiene las siguientes funciones:

1. Velar por la seguridad de los ciudadanos y el mantenimiento del orden público, en coordinación con los otros cuerpos de seguridad pública del país. Así como vigilar por el cumplimiento de la Constitución Política, las leyes de la República y los reglamentos ejecutivos y municipales respectivos.

2. Colaborar con las organizaciones comunales en programas tendientes a mejorar la seguridad de los ciudadanos y prevenir el delito.

3. Colaborar con las instituciones y organizaciones sociales que realicen actividades en los ámbitos de: seguridad ciudadana, salud pública, beneficencia, cultura, deporte, ecología, etc.

4. Colaborar con la Comisión Nacional de Emergencia en los casos de catástrofe y en las calamidades públicas.

5. Colaborar con las organizaciones de comerciantes y empresarios en la seguridad de negocios y empresas del cantón.

6. Colaborar con las autoridades judiciales y con los organismos de investigación y prevención del delito en coordinación.

7. Colaborar en el mantenimiento de la seguridad y el orden de los actos públicos que realice la Municipalidad de Puriscal.

8. Colaborar en la vigilancia y en la conservación de los bienes que constituyen el patrimonio municipal de Puriscal.

9. Las demás que le señale el Concejo Municipal por medio del Ejecutivo y que le asigne la Alcaldía Municipal.

10. Regulación y normalización del tránsito de vías nacionales y cantonales en coordinación con la Dirección General de Tránsito, dentro de la Jurisdicción del Cantón de Puriscal. Así como cumplir con las funciones de control de tránsito y seguridad vial, cuando se les de atribuciones de oficiales de tránsito.

11. Contribuir en los programas de protección a la niñez y la adolescencia, derechos de la población de la tercera edad, violencia social y familiar, así como de todos aquellos fenómenos sociales que afecten a la población en su vida personal y social.

12. Ejercer adecuadamente el control vial en el cantón, en apego de lo que establece el Reglamento de Operación del Sistema de Estacionómetros autorizado en Puriscal y la Ley de Tránsito por Vías Públicas Nacional.

13. Ejecutar las acciones referentes a la Ley de Tránsito por Vías Públicas y Terrestres, que sea competencia de la Policía Municipal. Así como realizar las Boletas, Multas o Partes a las personas que no cumplen con la Ley de Instalación de Estacionómetros en apego de lo que establece el Reglamento para la Administración y Operación de los Sistemas de Estacionamientos Autorizados (Parquímetros) y la Ley de Tránsito por Vías Públicas Nacional.

14. Realizar notificaciones policiales, así como las notificaciones de los demás departamentos a lo extenso del Cantón, en procura del buen funcionamiento del desarrollo del canto, en horarios de 24/7.

Artículo 4ºCoordinación. Cualquier acto que en cumplimiento de sus funciones realice la Policía Municipal de Puriscal, lo pondrá en total conocimiento del organismo nacional de seguridad o investigación según corresponda.

CAPÍTULO II

Identificación de los Funcionarios

del Departamento de Policía

Municipal

Artículo 5ºEl Carné de Identificación. Todos los miembros de la Policía Municipal deberán portar en lugar visible un carné de identificación que será suministrado por la Administración Municipal mismo que contará con fotografía, número de cédula, código otorgado por la Dirección de Tránsito, grupo sanguíneo y su función en la institución.

Artículo 6ºEl Uniforme. Es obligatorio el uniforme en acto de servicio para todos los miembros del Departamento de Policía Municipal.

Sobre el uniforme sólo podrán portar las insignias del correspondiente grado y los distintivos específicos del departamento, condecoraciones, armamento y demás equipo reglamentario.

Con la salvedad de casos especiales debidamente autorizado por el superior.

Artículo 7ºSobre el Uniforme Incompleto. Se prohíbe la utilización del uniforme de modo incompleto, así como la descuidada colocación de las prendas que lo componen, por lo que dicho uniforme debe ser suministrado por la administración de manera discrecional.

CAPÍTULO III

Estructura Organizacional del Departamento

de Policía Municipal

Artículo 8ºLa Estructura Jerárquica. En concordancia con el artículo 2 del presente reglamento la estructura jerárquica se compondrá de la siguiente manera:

a) Alcaldía

b) Coordinación de Seguridad Ciudadana (Jefe Policía Municipal)

c) Jefe de Unidad (es) Operativa (s)

d) Policías.

Artículo 9ºEl Jefe del Departamento de Policía Municipal. La Jefatura del Departamento de Policía Municipal, estará a cargo del Coordinador de Seguridad Ciudadana, el cual tendrá las siguientes atribuciones:

a) Dirigir la actividad cotidiana del Departamento.

b) Recomendar a la Alcaldía el nombramiento, suspensión y destitución de los miembros de la Policía Municipal.

c) Proponer a la Alcaldía el proyecto de plan operativo y presupuesto anual.

d) Proponer los proyectos de renovación de los procedimientos, sistemas y métodos de trabajo.

e) Tomar las medidas necesarias en caso de emergencias e informar inmediatamente a la Alcaldía y a otros cuerpos de la Policía Nacional.

f) Elaborar el informe de la actividad de Policía Municipal, el cual deberá ser remitido a la Alcaldía en el momento que se solicite (al menos anualmente).

g) Reunirse por lo menos una vez al mes con los jefes de unidad.

h) Realizar cada año una evaluación de los integrantes del Departamento.

i) Tomar las disposiciones y girar las instrucciones necesarias para que el Departamento cumpla con su cometido.

j) Las demás que le señale el Concejo Municipal por medio de la Alcaldía.

Artículo 10.—El Jefe de la Unidad. Serán atribuciones del jefe de la unidad las siguientes:

a) Dirigir el trabajo cotidiano de la unidad.

b) Supervisar las actuaciones del personal a sus órdenes y corregir posibles deficiencias.

c) Informar al jefe de Policía Municipal de la actuación del personal a su cargo.

d) Velar porque el personal disponga de las condiciones adecuadas para cumplir sus labores y mantener en buen estado el equipo de trabajo.

e) Velar porque los policías observen las normas de puntualidad y disciplina.

f) Efectuar una valoración anual, como mínimo, de los miembros de la unidad.

g) Proponer al jefe de Policía Municipal las medidas que considere atinadas para el mejoramiento de la unidad.

h) Mantener el mayor nivel de conocimientos y preparación de los policías.

i) Las demás que le señale el jefe de Policía Municipal.

CAPÍTULO IV

Selección, Ascensos, Sanciones

Artículo 11.—De los Requisitos para Reclutamiento. Además de los requisitos que fijan las normas de reclutamiento de personal vigentes en la Municipalidad, los aspirantes a ser miembros de la Policía Municipal deberán llenar los siguientes requisitos:

a) Ser mayor de edad.

b) Tercer Ciclo de la Enseñanza General Básica (Noveno año aprobado).

c) Realizar pruebas específicas de buena condición física y psicológica.

d) No haber sido inhabilitado para el ejercicio de la función pública, ni haber sido separado mediante expediente disciplinario durante los últimos 60 meses.

e) Carecer de antecedentes penales.

f) Las que indique el manual de puestos y perfil de la Municipalidad de Puriscal.

Artículo 12.—Sobre los Ascensos. Los ascensos de los miembros de la Policía Municipal se realizarán según lo establecido en el Código Municipal y en este Reglamento.

Artículo 13.—De las Sanciones Leves. Se considerarán faltas de carácter leve:

a) El retraso, negligencia y descuido de carácter leve en el cumplimiento de las funciones.

b) El descuido en la conservación de instalaciones, documentos y otros materiales de servicio que no causen perjuicio grave.

c) Tres llegadas tardías en un mes calendario.

d) Elevar informes, quejas o peticiones sin utilizar el conducto reglamentario, cuando no exista un motivo suficientemente justificado que lo haya motivado.

Artículo 14.—De las Sanciones Graves. Se considerarán faltas de carácter grave:

a) La desobediencia a los superiores jerárquico respecto de las cuestiones relativas a sus funciones en el desarrollo del servicio.

b) Causar daño importante en instalaciones, documentos y otros medios materiales del servicio, por negligencia o imprudencia grave.

c) Incurrir en el extravío, pérdida o sustracción del uniforme, equipo y dotación reglamentaria por negligencia inexcusable. (Esta deberá reponerla al municipio).

d)...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR