Resolución. MUNICIPALIDAD DE SAN

Fecha de publicación06 Junio 2022
Número de registroIN2022649684
EmisorMUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DE HEREDIA

REGLAMENTO PARA EL RECLUTAMIENTO

Y SELECCIÓN DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD

DE SAN ISIDRO DE HEREDIA

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1ºÁmbito de aplicación. El presente reglamento regulará los procedimientos técnicos y administrativos para el reclutamiento y selección de los funcionarios y funcionarias de la Municipalidad de San Isidro de Heredia.

Artículo 2ºObjetivos generales. El presente Reglamento tiene por objetivos generales:

a. Disponer de un instrumento que regule el proceso de reclutamiento y selección en forma precisa, cierta y concreta, de modo que se garantice la transparencia del procedimiento en la Municipalidad de San Isidro de Heredia.

b. Promover la carrera administrativa del personal de la Municipalidad de San Isidro.

c. Regular el ascenso directo, los concursos internos y externos para ocupar las plazas vacantes.

d. Garantizar la igualdad de oportunidades de participación en idénticas circunstancias.

e. Establecer los mecanismos que permitan identificar las habilidades, aptitudes y conocimientos idóneos de los oferentes para el desempeño de cada puesto.

Artículo 3ºDefiniciones. Para efectos del presente Reglamento se entiende por:

1) Departamento de Recursos Humanos: Unidad Administrativa encargada del proceso de reclutamiento y selección de los funcionarios (as) en la Municipalidad.

2) Alcalde o Alcaldesa: Superior jerárquico administrativo de la Municipalidad, encargado de la elección del personal con las salvedades del caso.

3) Concejo Municipal: Órgano colegiado encargado de la dirección política de la Municipalidad.

4) Jefe Inmediato: Superior inmediato encargado de una oficina o dependencia institucional, responsable de la elaboración y evaluación de la entrevista y la prueba.

5) Funcionario/Funcionaria: Persona que mantiene una relación estatutaria de servicio con la Municipalidad de San Isidro, sea esta en propiedad o interina, en virtud de un acto de nombramiento o contrato.

6) Reclutamiento de oferentes: Proceso tendiente a atraer nuevos oferentes potencialmente idóneos para ser contratados para un puesto.

7) Selección de la persona funcionaria: Proceso de evaluación por medio de diferentes etapas a fin de escoger los oferentes idóneos para un determinado puesto.

8) Oferta: Fórmula donde se recopila la información académica, laboral u otra que se estime pertinente de la persona oferente interesado en laborar en la institución.

9) Concurso: Proceso administrativo en el que participan varias personas con la intención de llenar una plaza vacante y de acuerdo a las siguientes modalidades:

a. Concurso interno: Es aquel proceso que se realiza para llenar las plazas vacantes de una unidad administrativa o técnica mediante participación de los funcionarios (as) mejor calificados de la Municipalidad de San Isidro.

b. Concurso externo: Es aquel proceso que se realiza para llenar las plazas vacantes de una unidad administrativa o técnica mediante el reclutamiento y selección del personal a lo externo de la Municipalidad de San Isidro.

10) Inopia: Es cuando se presenta dentro de un procedimiento de reclutamiento y selección las siguientes condiciones:

a. No participan tres candidatos como mínimo cuando así se requiera legalmente.

b. Las personas que participan no reúnen los requisitos mínimos del puesto establecidos en los Manuales de Clases y Cargos institucionales.

c. Las personas oferentes no muestran idoneidad para el puesto en el proceso de selección.

11) Oferente: Persona interna o externa que pretende ser nombrada en un cargo dentro de la Municipalidad de San Isidro. Puede dividirse en las siguientes categorías:

a. Oferente interno: Es toda personas funcionarias que esté laborando para la Municipalidad de San Isidro, que se encuentre interesado en participar en alguno de los concursos que se estén realizando y que cumple con todos los requisitos exigidos para el cargo al que aspira o que se encuentra en condición de elegible.

b. Oferente externo: Toda aquella persona que se encuentre interesado en participar en alguno de los concursos que se estén realizando y que cumple con todos los requisitos exigidos para el cargo al que aspira.

12) Registro de oferentes: Es el registro en el cual se llevarán los nombres de las personas cuyas ofertas de servicios hayan sido aceptadas para su tramitación.

13) Candidato elegible: La persona inscrita en lista de elegibles por haber obtenido una calificación igual o mayor a 70% para el puesto de que se trate.

14) Lista de elegibles: Es el registro de candidatos que han sido seleccionados mediante pruebas de idoneidad para puestos de una clase determinada y que el Departamento de Recursos Humanos ha inscrito según el orden de las calificaciones obtenidas.

15) Cargo: Nomenclatura interna con la que se identifica cada uno de los puestos.

16) Prueba: Son exámenes escritos, orales, prácticos, test y/u otros, mediante los cuales se determina la relativa idoneidad de las personas para los puestos.

17) Nombramiento en propiedad: Contratación por tiempo indefinido de una persona en un determinado cargo dentro de la Municipalidad de San Isidro, el cual será elegido por la persona titular de Alcaldía o el Concejo Municipal, teniendo en cuenta tanto los resultados de las valoraciones de idoneidad efectuadas dentro de un proceso de concurso, como la valoración discrecional que realice dicho jerarca del oferente que, dentro de una terna, sea el más idóneo para ocupar el cargo que se trate.

18) Nombramiento interino: Contratación por tiempo definido para suplir ausencias temporales de los funcionarios permanentes, contratados por la partida de suplencias o por contratos para cubrir necesidades temporales de plazo fijo u obra determinada y amparada a las partidas de sueldos por servicios especiales o jornales ocasionales. Se incluyen también en esta categoría, los funcionarios contratados para llenar una plaza vacante durante el tiempo que se realiza un concurso interno o externo.

19) Plaza vacante: Puesto en el que no existe una persona nombrada en propiedad para el desempeño de las labores ligadas al cargo.

20) Requisitos: Aquellas condiciones académicas, legales y de experiencia que determinan el mérito de un oferente para ocupar un determinado puesto.

21) Requisitos de admisibilidad: Corresponde a los requisitos mínimos establecidos en el Manual de Puestos de la Municipalidad de San Isidro para acceder al cargo cuya plaza se pretende llenar.

22) Nomina: Terna o lista de los candidatos idóneos que el Departamento de Recursos Humanos deberá presentar al Alcalde o Alcaldesa, entendiéndose por idóneos aquellos que hayan obtenido una calificación mayor a 70 una vez aplicado el sistema de evaluación.

23) Contratación de personal: Acto formal de nombramiento de personal de la Municipalidad de San Isidro.

24) Criterios o factores de selección: Son aquellos indicadores o parámetros para realizar el proceso de comparación de candidatos para ocupar un puesto.

25) Idoneidad: Se entenderá como la suficiencia en la combinación de estudios, experiencia, competencias y otros criterios de selección que debe poseer la persona candidata, para garantizar el desempeño adecuado según las exigencias de un puesto determinado.

26) Requisitos especiales: Aquellos que se incluyen excepcionalmente en el pedimento de personal, con el fin de satisfacer necesidades específicas del puesto de trabajo y que no alteran de manera significativa los requisitos del Manual Descriptivo de Clases de Puestos.

27) Parámetros adicionales para selección. Se trata de aquellos atestados presentados por quienes participan dentro de un concurso que resultan adicionales a los requisitos de admisibilidad con la intención de obtener mejores puntajes al momento de la evaluación.

28) Ascenso: Promoción de un funcionario (a) a otro puesto de mayor dificultad, complejidad y responsabilidad a las del nivel del cargo de su procedencia.

29) Traslado: Es el paso de un funcionario (a) regular de un puesto a otro del mismo nivel salarial.

30) Permuta: El intercambio de plazas de igual clase y un mismo nivel salarial entre dos funcionarios (as) regulares con la anuencia de estos y de las respectivas jefaturas, siempre y cuando cumpla con los requisitos respectivos.

Artículo 4ºÓrganos competentes en materia de concursos. La tramitación y resolución de los aspectos contenidos en este Reglamento estará a cargo de los siguientes órganos:

A. Alcaldía Municipal: Será responsable de lo siguiente:

a) Nombrar al personal municipal que derive de los procedimientos de reclutamiento y selección, ascensos, traslados y permuta con excepción del puesto de Auditor (a) Interno y Secretaria Municipal.

b) Resolver en última instancia las apelaciones que se realicen al concurso.

B. Departamento de Recursos Humanos: Será responsable de lo siguiente:

a) Ejercer, dirigir y supervisar las actividades técnicas propias de su competencia vinculada con el presente Reglamento, con el fin de lograr una adecuada implementación de lo dispuesto.

b) Verificar que los procedimientos efectuados en la aplicación del presente Reglamento cumplan con los principios de control interno, publicidad, transparencia, igualdad y objetividad.

c) Brindar la asistencia técnica necesaria para la correcta ejecución de este Reglamento.

d) Ejecutar cualquier otra labor que resulte indispensable para garantizar la eficiencia y efectividad de este Reglamento.

e) Tener un registro permanente, actualizado y exacto de la cantidad de plazas o códigos vacantes disponibles en los diferentes centros de trabajo, para todos los efectos dicha información se considerará de carácter público.

f) Registrar obligatoriamente por el medio definido por el Departamento de Recursos Humanos, toda la información necesaria para el cumplimiento del presente Reglamento.

g) Realizar el trámite necesario para la publicación de un concurso por los medios dispuestos a fin de que sean de conocimiento a nivel interno o externo.

h) Efectuar la calificación...

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