Reglamento No. IN2015078489
Fecha de publicación | 01 Diciembre 2015 |
Número de registro | IN2015078489 |
Emisor | MUNICIPALIDADES |
MUNICIPALIDAD DE ESPARZA
PROYECTO DE REFORMA AL REGLAMENTO
DE DEDICACIÓN EXCLUSIVA DE LA
MUNICIPALIDAD DE ESPARZA
La Municipalidad de Esparza por acuerdo del Honorable Concejo Municipal de Esparza, en acta número setenta y cuatro, de sesión ordinaria, celebrada el veintiocho de setiembre de dos mil quince, artículo N° V, inciso 1) de conformidad con las atribuciones que le confieren los numerales 169 y 170 de la Constitución Política, 1°, 2°, 3°, 4°, incisos a), c), 13 inciso c) 43 del Código Municipal, procede a realizar las siguientes Reformas al Reglamento de Dedicación Exclusiva de la Municipalidad de Esparza, publicado en La Gaceta N° 158 del viernes 17 de agosto del 2007, para que de ahora en adelante los siguientes artículos queden de esta forma:
Artículo 3º—Podrán acogerse al Régimen de Dedicación Exclusiva en forma voluntaria, todos aquellos trabajadores que cumplan con los siguientes requisitos:
a) Que sean profesionales con el grado de bachiller universitario como mínimo y que se encuentren incorporados al Colegio Profesional respectivo, si lo hubiere.
b) Que ocupen un puesto, para el cual se requiere la condición académica mencionada en el inciso anterior y que el título académico que ostenta el funcionario sea acorde con las funciones, tareas y responsabilidades del puesto desempeñado, según el Manual Descriptivo de Puestos vigente para la Municipalidad de Esparza.
c) Que no estén recibiendo compensación por concepto de prohibición del ejercicio profesional.
d) Que laboren a tiempo completo con la Municipalidad de Esparza.
e) Que estén nombrados en propiedad.
f) Que firmen el contrato respectivo con la Municipalidad de Esparza.
Artículo 4º—La Municipalidad de Esparza reconocerá a los trabajadores que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 3° y una vez suscrito el contrato correspondiente, una suma mensual adicional de:
a) Un 55% sobre el salario base a aquellos profesionales con nivel de Licenciatura Universitaria y que ocupen un puesto para el que se requiere la condición anterior y cumplan con las demás condiciones y requisitos indicados en los artículos anteriores.
b) Un 20% sobre el salario base a aquellos profesionales con nivel de bachiller universitario y que ocupen un puesto para el que se requiere la condición de ser como mínimo bachiller y cumplan con las demás condiciones y requisitos indicados en los artículos anteriores.
Artículo 9º—Cada solicitud de incorporación al régimen de Dedicación Exclusiva deberá ir...
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