Resolución. MUNICIPALIDAD DE SAN

Fecha de publicación08 Junio 2021
Número de registroIN2015034152
EmisorMUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ

REGLAMENTO SOBRE LA FORMULACIÓN,

VARIACIÓN Y EVALUACIÓN AL PLAN OPERATIVO
ANUAL (POA) Y PRESUPUESTO ORDINARIO
DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE

POR LO TANTO

A la luz del dictamen 189-CAJ-2015 de la Comisión de Asuntos Jurídicos del Concejo Municipal de San José, el Honorable Concejo Municipal de San José acuerda:

En virtud de la facultad que otorga el Estado costarricense conforme a las bases del régimen municipal, principio de la autonomía municipal, potestad reglamentaria, y de las competencias reconocidas a los Municipios en los artículos 169 y 170 de la Constitución política y así como con fundamento en los artículos 4, 13 incisos c) y 43 del Código Municipal; dictar el presente reglamento según se expone:

CAPÍTULO I

Aspectos Generales

Artículo 1°—Objetivo: Regular el proceso de la formulación, ejecución, variaciones y evaluación al Plan Operativo Anual (POA) y Presupuesto de la Municipalidad de San José; en cumplimiento de las “Normas Técnicas sobre Presupuestos Públicos, N-1-2012-DC-DFOE” dirigidas a los sujetos pasivos afectos a la aprobación presupuestaria por parte de la Contraloría General de la Republica, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 64, del 29 de marzo del 2012 Alcance N° 39 y en cumplimiento de lo establecido en el Código Municipal.

Artículo 2°—Definiciones.

Ajustes Presupuestarios: Son aquellas variaciones presupuestarias, mediante las cuales se disminuye o aumenta el gasto en una misma subpartida, situación que se presenta en los siguientes casos:

En el Programa I, en una misma subpartida presupuestaria, a excepción de la Auditoría Interna.

En el Programa II, entre metas de una misma subpartida presupuestaria, ubicada en un mismo servicio.

En el Programa III, a nivel interno del proyecto y en la misma partida subpartida presupuestaria.

Bloque de legalidad: Conjunto de normas jurídicas, escritas y no escritas a cuya observancia se encuentra obligada la Administración Pública.

Clasificador por objeto del gasto: Conjunto de cuentas de gastos, ordenadas y agrupadas de acuerdo con la naturaleza del bien o servicio que se esté adquiriendo o la operación financiera que se esté efectuando.

Evaluación del POA: Es la fase del proceso de planificación, mediante la cual se determina el grado de cumplimiento de las metas programadas en el semestre. Sirve para la toma de decisiones, así como para realimentar la formulación de futuros planes como proceso de mejora continua.

Formulación del POA-Presupuesto: Proceso participativo en el cual el Alcalde o Alcaldesa en conjunto con las Gerencias, y sus respectivas dependencias, considerando la estimación de ingresos; formulan, cuantifican y determinan los proyectos y metas a desarrollar durante el siguiente período. Gasto corriente de naturaleza fija: gastos que se destinan a la contratación del recurso humano y a la compra de los bienes y servicios necesarios para el desarrollo propio de las funciones administrativas permanentes.

Gasto Corriente: Erogación que realiza el sector público y que no tiene como contrapartida la creación de un activo, sino que constituye un acto de consumo ocasional y discrecional.

Modificaciones físicas al POA: Son variaciones que se realizan sobre el contenido de los proyectos programados en el POA, es decir, en la descripción del proyecto, en sus objetivos, su código de mejora y operativo, metas, indicador, programación, e incluso de los responsables de su ejecución.

Modificación presupuestaria: Son aquellas variaciones Presupuestarias al Presupuesto. en donde se disminuyen o aumentan los recursos a nivel de los diferentes conceptos del gasto, requiriendo dichos movimientos aprobación del Concejo Municipal según lo siguiente:

De un programa a otro programa.

En el programa II, de un servicio a otro servicio.

En el programa III y IV, de un proyecto a otro proyecto.

De una subpartida de gasto a otra subpartida.

Nivel de aprobación presupuestaria externa: Nivel de detalle de los ingresos y de los egresos del presupuesto inicial y sus variaciones sobre el cual se ejerce la aprobación presupuestaria externa par parte de la Contraloría General de la República.

Nivel de aprobación presupuestaria interna: Nivel de detalle los ingresos y egresos del presupuesto inicial y sus variaciones sobre el cual se ejerce la aprobación presupuestaria interna por parte del jerarca u órgano con la competencia necesaria para ello.

Plan de Desarrollo Municipal (visión de mediano plazo): Instrumento guía para la acción de1 gobierno local en el mediano plazo, el cual se basa en la visión de desarrollo del municipio en el largo plazo, así como en diferentes planes y programas nacionales, regionales y sectoriales que impactan el desarrollo del cantón.

Plan Operativo Anual (POA): Instrumento formulado en concordancia con el plan de desarrollo, en el que se concreta la política de la Municipalidad, a través de la definición de objetivos, proyectos, metas e indicadores. Se precisan los recursos humanos, materiales y financieros necesarios para obtener los resultados esperados y se identifican los funcionarios y las unidades ejecutoras responsables de las metas del plan. Rige durante el ejercicio económico del 1° de enero al 31 de diciembre.

Presupuesto Ordinario: Instrumento que expresa en términos financieros el POA, mediante la estimación de los ingresos y egresos necesarios para cumplir con los objetivos y las metas de los proyectos establecidos. Rige durante el ejercicio económico del 1° de enero al 31 de diciembre, comprende el presupuesto inicial y sus variaciones.

Programa Presupuestario: Se refieren a la agrupación de servicios, proyectos y actividades establecidos en la Estructura Programática del Presupuesto definidos por el Ente Contralor.

Partida Presupuestaria: Concepto que identifica los diferentes rubros que conforman el presupuesto. Es el nivel más agregado de clasificación.

Las partidas presupuestarias se subdividen engrupos”. El grupo ubica aquellas subpartidas que poseen una naturaleza semejante. Los grupos a su vez se subdividen en Subpartidas, definidas como la desagregación de los grupos con base en las necesidades de control interno y externo de la entidad. Las mismas presentan el detalle por objeto del gasto.

Presupuesto Extraordinario: Mecanismo que tiene por objeto incorporar al presupuesto los ingresos extraordinarios y los gastos correspondientes, cuyas fuentes son el crédito público y cualquier otra extraordinaria según el artículo 177 de la Constitución Política, los recursos excedentes entre los ingresos presupuestados y los percibidos, así como los recursos del superávit. Además, tiene el propósito de registrar las disminuciones de ingresos y el efecto que dichos ajustes tienen en el presupuesto de egresos, así como, cuando se sustituyen por otras fuentes de financiamiento previstas sin que se varíe el monto total de1 presupuesto definitivo.

Vinculación del POA. -Presupuesto: Se refiere a que el presupuesto debe responder a la planificación institucional. En ese sentido, esta vinculación es la relación que mantiene las metas que conforman el POA con su presupuesto.

Artículo 3°—Instancias que participan en el proceso y función:

Concejo Municipal del Cantón de San José: órgano político, integrado por Regidores y Síndicos de elección popular que se conforman en un cuerpo deliberativo. Función: Instancia de aprobación.

Comisión de Hacienda: instancia fom1ada par los Regidores propietarios. Función: emite dictamen del documento presupuestario el cual se traslada al seno del Concejo Municipal.

Alcaldesa o Alcalde: Autoridad superior administrativa. Función: Instancia de aprobación a nivel administrativo.

Comité de Apoyo de Comisión de Presupuesto, Instancia de apoyo técnico: Está conformado los titulares de la Gerencia Administrativa Financiera, la Dirección Financiera, la Dirección de Planificación y Evaluación, Dirección de Recursos Humanos, el Departamento de Presupuesto, además de un representante de cada Gerencia, cuando se requiera o lo consideren pertinente. Función: Orientar, revisar, conciliar, proponer y asesorar a la Comisión de Presupuesto en el proceso del POA-Presupuesto.

Comisión de Presupuesto, conformado por: Integrado por el Alcalde o Alcaldesa y los Gerentes. Función: Es la instancia que brinda las directrices generales, prioridades institucionales y decisorio del proceso de POA-Presupuesto.

Dependencias Municipales: Unidades orgánicas. Función: Formulación. ejecución, modificación y evaluación del POA-Presupuesto.

Gerencias y Alcaldía: Instancias de alta jerarquía. Función: Orientar, revisar y validar los documentos del POA-Presupuesto.

CAPÍTULO II

Formulación Plan Operativo Anual - Presupuesto Ordinario

Artículo 4°—La Comisión de Presupuesto aprueba los lineamientos y cronograma para la Formulación del POA-Presupuesto.

Artículo 5°—La alcaldía y cada gerencia según los lineamientos aprobados, dará las indicaciones y prioridades a sus dependencias para que mediante un proceso participativo elaboren el POA-Presupuesto, que debe entregar a la Dirección de Planificación y Evaluación y al Departamento de Presupuesto.

Artículo 6°—La Alcaldía y cada Gerencia debe velar porque el POA se formule en concordancia con el Plan de Desarrollo Municipal.

Artículo 7°—Todo proyecto que se incluya en el POA-Presupuesto, debe contar con un perfil, estudio de prefactibilidad o factibilidad, según la magnitud de este, cumpliendo con el proceso establecido para estos fines.

Artículo 8°—Por principio de planificación y de sana administración financiera y presupuestaria, los proyectos y metas, deben contener un detalle de la totalidad de los recursos económicos requeridos. Si un proyecto se ejecutará más allá de un período presupuestario, deben de identificarse las necesidades financieras para cada uno de los diferentes períodos presupuestarios a efectos de valorar la sostenibilidad de su financiamiento en el tiempo. Por principio de previsión debe garantizarse al máximo el cumplimiento de...

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