Resolución. MUNICIPALIDAD DE SAN

Fecha de publicación19 Marzo 2021
Número de registroIN2021536336
EmisorMUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ

SECCIÓN DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL

RESOLUCIÓN

MANUAL DE VALORES UNITARIOS

POR TIPOLOGÍA CONSTRUCTIVA

ALCALDÍA-00013-2021

Al ser las ocho horas con cuatro minutos del 28 de enero de los dos mil veintiuno, esta Alcaldía Municipal, procede a dictar la presente resolución de alcance general, con el objetivo de adherirse al Manual de Valores Base Unitarios por Tipología Constructiva, dictado por el Ministerio de Hacienda, Dirección General de Tributación, Órgano de Normalización Técnica.

Resultando:

I.—Que los artículos 169 y 170 de la Constitución Política, así como el artículo 4 del Código Municipal, establecen que las Municipalidades son entes descentralizados territorialmente con autonomía.

II.—Que de conformidad con la Ley 7509, denominada Ley del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, las municipalidades tendrán el carácter de Administración Tributaria y para ello, se encargarán de realizar valoraciones de bienes inmuebles, facturar, recaudar, tramitar el cobro judicial y administrar en sus respectivos territorios los tributos que genera esta Ley.

III.—Que el mencionado texto normativo crea a través de su ordinal 12 el Órgano de Normalización Técnica, como órgano técnico especializado y asesor obligado de las municipalidades en la materia de bienes inmuebles, de tal suerte que, es éste el encargado de dictar los instrumentos que le permiten a los entes locales realizar las valoraciones correspondientes.

IV.—Que el pasado lunes 23 de marzo del año 2020, mediante el Diario Oficial La Gaceta 57, Alcance Digital 19, el Órgano de Normalización Técnica publicó el denominado “Manual de Valores Unitarios por Tipología Constructiva”.

V.—Que de conformidad con la publicación en el Diario Oficial La Gaceta Alcance 198 de La Gaceta 187, donde se publicó el MVBUTC 2019 (Manual de valores base Unitarios por Tipología Constructiva) el pasado jueves 30 de julio del 2020, por parte del ONT y al órgano administrativo (entiéndase Alcaldía), deben ejercer las acciones correspondientes para aplicar en el territorio de su competencia, las herramientas de valoración de bienes inmuebles proporcionadas por ellos.

Considerando:

I.—Que de conformidad con el artículo 17 inciso a) del Código Municipal, y para cumplir con lo dispuesto en la Ley número 7509, respecto de los valores unitarios por tipología constructiva, en su artículo 12, lo mismo que lo estipulado en los artículos 1 incisos 11) y 13), 18, 19 incisos a) y b) y 22 del Reglamento...

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