Resolución. MUNICIPALIDAD DE SAN

Fecha de publicación27 Septiembre 2022
Número de registroIN2022676931
EmisorMUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SAN PABLO DE HEREDIA

CONCEJO MUNICIPAL

SESIÓN ORDINARIA 35-22 CELEBRADA VEINTINUEVE

DE AGOSTO DEL 2022 A PARTIR DE LAS DIECIOCHO

HORAS CON DIECISEIS MINUTOS

Considerando

Oficio MSPH-AM-NI-257-2022, recibido vía correo el día 24 de agosto de 2022, suscrito por el Sr. Bernardo Porras López, Alcalde Municipal, donde brinda seguimiento a lo solicitado mediante acuerdo municipal CM-370-22 con relación a publicación en el Diario Oficial La Gaceta de consulta pública del Reglamento para el otorgamiento de becas de estudiantes del cantón de San Pablo de Heredia.

Este Concejo Municipal Acuerda:

1. Dar por cumplido el acuerdo municipal CM-370-22 ya que mediante el oficio de marras se remite la prueba documental de cumplimiento respectivo.

2. Solicitar a la Administración Municipal realice la publicación definitiva en el Diario Oficial La Gaceta del Reglamento para el otorgamiento de becas de estudiantes del cantón de San Pablo de Heredia, que versa de la siguiente manera:

REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS

MUNICIPALES A ESTUDIANTES DEL CANTÓN DE SAN PABLO DE HEREDIA

Artículo 1ºFinalidad: La Municipalidad de San Pablo de Heredia concederá becas de estudios para niños, niñas y adolescentes del Cantón, con la finalidad de incentivar e impulsar la educación y mejorar de esa forma las condiciones de vida.

Artículo 2ºObjeto: El objeto del presente Reglamento será la regulación del procedimiento para el otorgamiento de becas de estudio a los estudiantes vecinos del cantón de San Pablo para que la entrega de dichos incentivos, se realice de la forma más justa y equitativa que sea posible; de manera que la gran mayoría de los jóvenes que necesiten estas ayudas se vean beneficiados y puedan de esa forma finalizar sus estudios.

Artículo 3ºDe los beneficiarios: Podrán ser beneficiarios de una beca de estudios todos los niños, niñas y adolescentes que se encuentren cursando cualquiera de los ciclos lectivos que componen el sistema educativo costarricense (materno, transición, primaria y secundaria), siempre y cuando sean estudiantes de escasos recursos económicos y que hayan demostrado gran interés en continuar sus estudios.

Artículo 4ºMonto de la beca y responsable: deberá adjuntar toda la documentación necesaria para demostrar que la información brindada es cierta.

Artículo 9ºSolicitud: Para la obtención de una beca municipal, será necesario que el interesado presente, dentro de los plazos señalados al efecto por el presente Reglamento, la respectiva solicitud completa, con los documentos y datos que se soliciten y cumplir con los requisitos que establece este Reglamento. No se tramitarán solicitudes incompletas, tampoco las presentadas fuera de los plazos establecidos o las que no sean tramitadas utilizando el correspondiente formulario.

Artículo 10.—Publicidad: Para informar a la población de la apertura del período de recepción de solicitudes de becas para estudios, durante los primeros quince días del mes de febrero de cada año, la Municipalidad de San Pablo de Heredia divulgará, por los medios que estime convenientes, que los formularios de becas estarán disponibles a partir de la última semana de febrero en la Plataforma de este Gobierno Local. En el formulario se establecerá la fecha máxima en que los solicitantes podrán presentar el mismo con la información requerida.

Artículo 11.—Cantidad de becas: La cantidad de becas a otorgar por año, quedará sujeta a la provisión presupuestaria con que se cuente para este efecto.

Artículo 12.—Procedimiento: El profesional en Trabajo Social entrega un oficio a la Comisión antes mencionada, con el listado de las personas a las que se les realizó el estudio y la recomendación del mismo.

De seguido, el profesional en Trabajo Social contacta a los beneficiarios, les entrega carta para aperturar cuenta bancaria (aquellos que no tienen), luego se remite el listado a la Dirección de Hacienda Municipal para que se proceda con el depósito respectivo.

Los estudios con sus respectivos informes deben de ser custodiados por el profesional en Trabajo Social.

En caso de que los beneficiarios y/o el Concejo de Distrito requieran visualizar los expedientes de becas, podrán realizar la solicitud formal ante el profesional en Trabajo Social.

Artículo 13.—Responsabilidad del profesional en Trabajo Social: Será responsabilidad del profesional en Trabajo Social, custodiar los expedientes, actualizar datos y/o recomendar o renovar la beca.

Artículo 14.—Proyección integral: Será responsabilidad de la Municipalidad de San Pablo de Heredia, desarrollar con el área social, proyectos, talleres y programas que procuren brindar continuidad, seguimiento,

Acuerdo unánime y declarado definitivamente aprobado N° 47522.

San Pablo de Heredia, 13 de setiembre del 2022.—Lineth Artavia González, Secretaria.—1 vez.—( IN2022676931).

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