Resolución. MUNICIPALIDAD DE SANTA

Fecha de publicación14 Junio 2022
Número de registroIN2022651967
EmisorMUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA

Conforme lo dispone el artículo 43 del Código Municipal, se publica el presente proyecto de reforma del artículo 18 del Reglamento para la arborización y recuperación ambiental de los espacios públicos (aceras y parques comunales) y áreas degradadas, en el cantón de Santa Ana, publicado en LG# 99 24-05-13 y se somete a consulta pública no vinculante por el plazo de 10 días hábiles, aprobado por el Concejo Municipal de Santa Ana mediante acuerdo 07 de la sesión ordinaria 109-2022, celebrada el 31 de mayo del 2022:

Reforma al artículo 18 del Reglamento para la arborización y recuperación ambiental de los espacios públicos (aceras y parques comunales) y áreas degradadas, en el cantón de Santa Ana, publicado en LG# 99 24-05-13

Reformarse el artículo 18 del Reglamento para la arborización y recuperación ambiental de los espacios públicos (aceras y parques comunales) y áreas degradadas, en el cantón de Santa Ana, para que se lea:

Artículo 18.—Podas y corta de árboles prioritarios. La Administración Municipal podrá atender los casos de poda o corta de árboles en atención del principio de seguridad ciudadana, siempre y cuando así haya sido establecido mediante juicio técnico del SINAC-MINAET o de la CNE. Para tal efecto, se deberá contar con el dictamen oficial del ente administrador del Patrimonio Forestal del Estado o la resolución vinculante debidamente comunicada a la Municipalidad de Santa Ana.

En el caso de los espacios públicos, la autorización para la poda de los árboles prioritarios será efectuada por el ARA. Su ejecución corresponderá a la UMEP de la Municipalidad de Santa Ana.

Licda. Andrea Robles Álvarez, Secretaria Municipal a. í.— 1 vez.—( IN2022651967).

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