Resolución. MUNICIPALIDAD DE SANTA

Fecha de publicación14 Julio 2022
Número de registroIN2022660636
EmisorMUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA

CONCEJO MUNICIPAL

Que, en el Diario Oficial La Gaceta 110 del martes 14 de junio del 2022, se publicó para consulta pública no vinculante la reforma del artículo 18 del Reglamento para la arborización y recuperación ambiental de los espacios públicos (aceras y parques comunales) y áreas degradadas, en el cantón de Santa Ana, publicado en LG# 99 24-05-13, la cual se sometió a consulta pública no vinculante por el plazo de 10 días hábiles. Vencido ese plazo, no se recibieron observaciones; por lo que, mediante acuerdo 5 adoptado por el Concejo Municipal de Santa Ana en sesión ordinaria 114 celebrada el martes 05 de julio de 2022, se aprobó de forma definitiva la reforma precitada, ordenándose la segunda publicación para su entrada en vigor, conforme al artículo 43 del Código Municipal, Ley 7794:

Reformarse el artículo 18 del Reglamento para la arborización y recuperación ambiental de los espacios públicos (aceras y parques comunales) y áreas degradadas, en el cantón de Santa Ana publicado en LG# 99 24-05-13, para que se lea:

Artículo 18.—Podas y corta de árboles prioritarios. La Administración Municipal podrá atender los casos de poda o corta de árboles en atención del principio de seguridad ciudadana, siempre y cuando así haya sido establecido mediante juicio técnico del SINAC-MINAET o de la CNE. Para tal efecto, se deberá contar con el dictamen oficial del ente administrador del Patrimonio Forestal del Estado o la resolución vinculante debidamente comunicada a la Municipalidad de Santa Ana.

En el caso de los espacios públicos, la autorización para la poda de los árboles prioritarios será efectuada por el ARA. Su ejecución corresponderá a la UMEP de la Municipalidad de Santa Ana.

Licda. Andrea Robles Álvarez, Secretaria Municipal a.í.,—1 vez.—( IN2022660636).

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