MUNICIPALIDAD DE TALAMANCA (IN2017127386)

Fecha de publicación03 Mayo 2017
Número de registroIN2017127386

MUNICIPALIDAD DE TALAMANCA

El Concejo Municipal de la Municipalidad de Talamanca, mediante sesión ordinaria N° 45 celebrada el día 24 de marzo de 2017, adoptó el Acuerdo Nº 12, que dice:

El Concejo Municipal acuerda aprobar el Reglamento para el Otorgamiento de Permisos de Construcción en la Zona Marítima Terrestre. Acuerdo aprobado por unanimidad.

REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE PERMISOS

DE CONSTRUCCIÓN EN LA ZONA MARÍTIMA TERRESTRE

1- Requisitos para permisos de construcción en la Zona Marítimo Terrestre, son los siguientes y deberán presentarse ante el Departamento de Ingeniería/Tributario.

1.1 Permiso de uso municipal vigente.

1.2 Copia sin reducir del plano catastrado extendido por el Registro Nacional con el visado municipal correspondiente.

1.3 Estar al día con el pago del canon del permiso de uso y de todos los impuestos municipales.

1.4 Cédula de identidad del permisionario de la propiedad o del representante legal de la sociedad permisionaria.

1.5 Certificación de personería jurídica de la sociedad permisionaria.

1.6 Certificación de estar al día con las cuotas obreros patronales de la Caja Costarricense de Seguro Social.

1.7 Póliza de Riesgos del INS.

1.8 Disponibilidad de agua potable emitida por el acueducto que sirve la zona.

1.9 Planos constructivos detallados, visados por las instituciones Respectivas (Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos, Ministerio de Salud, A y A, Cuerpo de Bomberos, Aviación Civil para antenas celulares, etc.). Si se trata de una obra menor de 60m2 debe aportar un croquis bien detallado firmado por un ingeniero o arquitecto, indicando materiales, retiros y sistema de tratamiento de aguas negras.

1.10 Alineamiento del MOPT si es frente a carretera nacional, alineamiento del INVU si se encuentra junto a una naciente o río, alineamiento del ICE si se encuentra junto a líneas de alta tensión.

1.11 Si se trata de bono de vivienda, aportar la declaratoria de interés social.

1.12 Copia de viabilidad ambiental de SETENA si el proyecto excede los 999 m2.

1.13 Proyectos de Urbanizaciones y Condominios requieren el visado por parte del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo.

1.14 Cumpliendo con todo lo arriba señalado la resolución del permiso de construcción deberá resolverse, como máximo, en 30 días hábiles.

1.15 Proceder a realizar el pago correspondiente una vez aprobado el permiso.

1.16 Informe emitido por parte del Departamento de Ingeniería/Tributario en el cual indique que tanto la ubicación como el tipo de...

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