Resolución. MUNICIPALIDAD DE TILARÁN

Fecha de publicación31 Agosto 2022
Número de registroIN2022671542
EmisorMUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE TILARÁN

REGLAMENTO DE PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS

El Concejo Municipal de Tilarán, con fundamento en lo establecido en los artículos 169 y 170 de la Constitución Política, artículo 4, inciso a; artículos 5, 13, inciso c; los artículos 43, 54, 57, 60 y 94 del Código Municipal, Ley 7794 del 30 de abril de 1998, en el acuerdo municipal de capítulo VIII de la sesión ordinaria número 119 celebrada el nueve de agosto de dos mil veintidós y en virtud de haber transcurrido el plazo de ley de consulta pública de diez días hábiles, una vez evacuadas las observaciones hechas por el Concejo de Distrito de Tronadora (OF. # CDT-022-2021) y los regidores y regidoras, asimismo con fundamento en los Lineamientos de Planificación del Desarrollo Local (L-1-2009-CO-DFOE) emitidos por la Contraloría General de la República, dispuso dictar y adoptar el presente “Reglamento de Presupuestos Participativos del cantón de Tilarán”, el cual se regirá por las siguientes disposiciones:

CAPÍTULO I

Del objetivo, definiciones y principios

Artículo 1ºEl presente reglamento tiene por objeto establecer el procedimiento para la asignación, aplicación y control de los presupuestos participativos en el cantón de Tilarán, con una perspectiva de género, accesibilidad física y criterios de equidad social para que los proyectos seleccionados se ejecuten con recursos económicos propios de la Municipalidad incorporados al presupuesto municipal, para fortalecer la corresponsabilidad de las personas, por medio de la participación de las organizaciones distritales formales y no formales en la formulación, priorización, distribución y ejecución de tales proyectos, enmarcados en la visión, misión, y las políticas y objetivos del Plan de Desarrollo Municipal vigente e integrados en el Plan Operativo Anual.

Artículo 2ºPara los efectos del presente Reglamento se establecen las siguientes definiciones:

Cantón: Cantón de Tilarán.

Concejo Municipal: Concejo Municipal de Tilarán.

La Municipalidad: Municipalidad de Tilarán.

Código: Código Municipal.

Presupuesto Participativo: Es una herramienta de planificación local, que permite una relación permanente del gobierno con la población a través de un modelo de gestión pública democrática; la asignación de los recursos será por medio de acuerdo municipal y se distribuirán entre todos los distritos, considerando las siguientes variables: tamaño del territorio, cantidad de población e índice distrital de desarrollo social.

POA: Plan Operativo Anual establecido por ley

PO: Presupuesto Ordinario.

Municipio: Es una entidad administrativa que puede agrupar una sola localidad o varias, compuesta por un territorio en el caso costarricense llamado cantón y la población que lo habita está organizada jurídicamente.

Comisión Municipal del Presupuesto Participativo: se integrará con el Equipo operativo institucional conformado por el personal calificado designado por el Alcalde Municipal para ser parte del proceso de presupuestos participativos y formarán parte de la Comisión las Coordinaciones de Presupuesto, Servicios Ciudadanos, Gestión Social, Infraestructura Pública y un representante de la Alcaldía (alcalde o vicealcalde), los cuales deberán ser profesionales y técnicos municipales debidamente capacitados, de manera que colaboren en este proceso, brindando el soporte técnico y el apoyo en la planificación y en la capacitación de los participantes en los diferentes talleres.

Equipo operativo institucional: es el personal calificado de apoyo técnico y profesional designado por el Alcalde Municipal.

Organización formal: Grupo de ciudadanos organizados según la Ley número 3859 de Desarrollo de la Comunidad, que posee personalidad jurídica propia y debidamente registrada ante la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, igualmente las organizaciones creadas al amparo de la Ley de Asociaciones número 218 y otras organizadas por leyes especiales, con su respectiva personalidad.

Organización no formal: Grupo de ciudadanos organizado de hecho para la solución de problemas o necesidades particulares pero que carecen de personalidad jurídica.

Registro de organizaciones: base de datos municipal que contiene la información básica de las organizaciones formales y no formales del cantón que pueden solicitar se les registre en ella para su participación en la audiencia pública participativa y la consecución de sus fines.

Audiencia pública participativa: Proceso para la exposición y priorización de necesidades formuladas por las comunidades, por medio de sus organizaciones formales y no formales.

Concejo de Distrito: Son los órganos encargados de vigilar la actividad municipal y colaborar en los distritos de las respectivas municipalidades.

Concejo de Distrito Ampliado: se conforma mediante sesiones extraordinarias ampliadas con el Concejo municipal, en el cual se definen, con las organizaciones de base, en forma inclusiva, deliberativa, participativa y concertada, los proyectos prioritarios a ejecutar en el distrito, con lo recursos aprobados del fondo para presupuestos participativos.

Actores comunales: Son todos los grupos organizados del cantón que participen en el proceso de presupuestos participativos.

Taller distrital: Etapa previa a la celebración de la audiencia pública para propiciar la adecuada relación entre los vecinos por medio de las organizaciones y la Municipalidad para la formulación de los proyectos a ejecutar.

Participación ciudadana: Proceso de integración del pensamiento ciudadano para la comunicación y toma de decisiones de los asuntos públicos de la comunidad.

Corresponsabilidad Ciudadana: Es la responsabilidad conjunta y compartida de la ciudadanía y sus organizaciones en la atención de los compromisos...

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