Decreto Nº 41869 - N° 41869-H EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA

Fecha de publicación19 Septiembre 2019
Número de registroD41869 - IN2019382303
EmisorPoder Ejecutivo

41869-H

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE HACIENDA

Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley 6227, Ley General de la Administración Pública de 2 de mayo de 1978 y sus reformas; la Ley 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre de 2001 y sus reformas; su Reglamento, el Decreto Ejecutivo 32988-H-MP-PLAN de 31 de enero de 2006 y sus reformas; la Ley 5574, Ley de Creación de la Junta Administrativa del Archivo Nacional de 17 de setiembre de 1974 y su reforma; la Ley 7202, Ley del Sistema Nacional de Archivos de 24 de octubre de 1990; el Decreto Ejecutivo 32452-H de 29 de junio de 2005 y sus reformas; y el Decreto Ejecutivo 40981-H de 14 de marzo de 2018, Directrices Generales de política presupuestaria, salarial, empleo, inversión y endeudamiento para entidades públicas, ministerios y órganos desconcentrados, según corresponda, cubiertos por el ámbito de la Autoridad Presupuestaria, para el año 2019 y sus reformas.

Considerando:

1º—Que mediante la Ley 5574, Ley de Creación de la Junta Administrativa del Archivo Nacional, publicada en La Gaceta 181 de 25 de setiembre de 1974 y su reforma, se creó la Junta Administrativa del Archivo Nacional (JAAN).

2º—Que con la Ley 7202, Ley del Sistema Nacional de Archivos, publicada en La Gaceta 225 de 27 de noviembre de 1990, se creó el Sistema Nacional de Archivos, con el fin de regular el funcionamiento de los órganos del Sistema Nacional de Archivos y de los archivos de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial y de los demás entes públicos.

3º—Que de conformidad con el artículo 11 de la Ley 7202, la Junta Administrativa del Archivo Nacional es la máxima autoridad del Sistema Nacional de Archivos y tiene como objetivos principales dotar de un edificio funcional a la Dirección General del Archivo Nacional, lo mismo que mantener una estrecha relación archivística y técnica entre los archivos del Sistema Nacional de Archivos.

4º—Que el artículo 23 de la referida ley 7202 faculta a la Dirección General de Archivo Nacional (DGAN), entre otras cosas, a reunir, conservar, clasificar, ordenar, describir, seleccionar, administrar y facilitar los documentos textuales, gráficos, audiovisuales y legibles por máquina, pertenecientes a la Nación, que constituyan el patrimonio documental nacional.

5º—Que mediante el oficio DM-0633-2019 del 24 de mayo de 2019, el Presidente de la JAAN, solicitó incrementar el gasto presupuestario máximo para el 2019, por un monto total de ¢267.720.000,00 (doscientos sesenta y siete millones setecientos veinte mil...

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