Decreto Nº 41875 - Nº 41875-MAG EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

Fecha de publicación18 Septiembre 2019
Número de registroD41875 - IN2019381287
EmisorPoder Ejecutivo

Nº 41875-MAG

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

En uso de las facultades que le confieren los artículos 50, 140 incisos 3), 8), 18) y 20), 146 de la Constitución Política, Artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2 acápite b) de la Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, Ley General de Administración Pública, el Reglamento para el Registro y Control de Bienes de la Administración Central y reforma Reglamento a la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, Decreto Ejecutivo Nº 40797-H del 28 de noviembre del 2017.

Considerando:

1º—Que en atención al “Reglamento para el Registro y Control de Bienes de la Administración Central”, publicado mediante Decreto Ejecutivo Nº 40797-H de fecha 28 de noviembre del año 2017, se emite el siguiente Reglamento para la selección de donatarios del Ministerio de Agricultura y Ganadería en relación con la baja de bienes.

2º—Que una vez que el citado Reglamento fue puesto en ejecución, por razones de interés público se ha considerado oportuno dictar el presente decreto, con el fin de brindarle mayor claridad, transparencia y celeridad a la aplicación de los procedimientos regulados en dicho texto normativo.

3º—Que conforme lo establece el numeral 10 de la Ley General de Control Interno, Ley Nº 8292 del 31 de julio del 2002, el Jerarca y los Titulares Subordinados, son responsables de establecer, mantener, perfeccionar, y evaluar el Sistema de Control Interno Institucional. Para lo cual, el artículo 15 del mismo cuerpo normativo, establece, entre otros, como deber de dichos funcionarios, el documentar, actualizar y divulgar internamente tanto las políticas como los procedimientos que definan claramente, entre otros, la protección y conservación de todos los activos institucionales.

4º—Que el presente Decreto Ejecutivo cumple con los principios de mejora regulatoria, de acuerdo al informe Nº DMR-DAR-INF-016-2019, emitido por la Dirección de Mejora Regulatoria, en fecha 08 de abril del 2019. Por tanto,

Decretan:

Reglamento de Selección de Donatarios por Baja de

Bienes del Ministerio de Agricultura y Ganadería

Artículo 1º—Objetivo. El presente Reglamento pretende establecer un mecanismo transparente para la selección y escogencia de beneficiarios en las donaciones de bienes institucionales dados de baja en el Ministerio de Agricultura y Ganadería.

Artículo 2º—Definiciones. Para efectos de claridad e interpretación del presente Reglamento, se establecen las siguientes definiciones:

a) Baja de bienes: Es el procedimiento administrativo mediante el cual una institución decide retirar definitivamente un bien de los activos que conforman su patrimonio. Se debe realizar su descargo del sistema informático para el registro y control de bienes en el que está registrado el inventario, así como su retiro físico, previo cumplimiento del procedimiento y los requisitos establecidos para cada caso, según el presente Reglamento y normativa conexa.

b) Beneficiario o donatario: persona jurídica que recibe una donación debidamente inscrita en el Registro de Instituciones aptas para recibir donaciones “RIARD”, del Ministerio de Hacienda.

c) Donación: Negocio jurídico en virtud del cual una persona (donante) dispone de una cosa de su patrimonio a favor de otra (donatario) a título gratuito. Se...

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