Decreto N° 41952-MOPT
Fecha de publicación | 26 Septiembre 2019 |
Número de registro | IN2019385668 |
Emisor | Poder Ejecutivo |
N° 41952-MOPT
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Con fundamento en las atribuciones y facultades conferidas por los artículos 11, 140 incisos 3) y 18) y artículo 146 de la Constitución Política; los artículos 11, 25, 27, 120, 121, 122 inciso 3), 128, 129, 130 párrafo 1, 132, 134, 136, párrafo 2°, en relación con los numerales 249 y 335, 140, 141, 150, 239, 240 y 362 de la Ley N° 6227, “Ley General de la Administración Pública”, del 2 de mayo de 1978, publicada en el Alcance N° 90, a La Gaceta N° 2, del 30 de mayo de 1978; artículos 1, 2, inciso f) y 3 de la Ley N° 3155, de 5 de agosto de 1963 y sus reformas, “Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes”; los artículos 1, 2, inciso b), 3 inciso c), 4, del numeral 10 al 14, de la Ley N° 3503, “Ley Reguladora de Transporte Remunerado de Personas en Vehículos Automotores”, del 10 de mayo de 1965 y sus reformas; artículo 5, inciso f), de la Ley N° 7593 “Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos”; artículos 5, 6, 7, incisos a), d), e) y 11, de la Ley N° 7969, “Ley Reguladora del Servicio Público de Transporte Remunerado de Personas en Vehículos en la modalidad de Taxi”, del 22 de diciembre del año 1999, publicada en La Gaceta N° 20, del 28 de enero del año 2000; artículos 24, 53 y 54 de la Ley N° 9078, “Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial”, publicada en el Alcance Digital N° 165, a La Gaceta N° 207, del 26 de octubre del 2012, en concordancia con el Artículo 22, Anexo 1 y el artículo 25, del Acuerdo Centroamericano sobre Circulación por Carretera, Ley N° 3148, del 06 de agosto de 1963.
Considerando:
1º—Que es competencia del Poder Ejecutivo, mediante el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, la emisión de las regulaciones para la prestación de los servicios a su cargo.
2º—Que mediante la Ley N° 7969,”Ley Reguladora del Servicio Público de Transporte Remunerado de Personas en Vehículos en la modalidad de Taxi” y sus reformas, se sustituyeron la Comisión Técnica de Transportes y la Dirección de Transporte Público y Ferrocarriles del MOPT, por el Consejo de Transporte Público, mismo que de conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ley Nº 7969 es un órgano desconcentrado, especializado en materia de transporte público, adscrito al Ministerio de Obras Públicas y Transportes, el cual, se encarga de definir las políticas y ejecutar los planes y programas nacionales relacionados con las materias de su...
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