N° 41965-COMEX EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y LA MINISTRA DE COMERCIO EXTERIOR Considerando:

Fecha de publicación30 Septiembre 2019
Número de registroD41965 - IN2019387488
EmisorPoder Ejecutivo

41965-COMEX

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE COMERCIO EXTERIOR

Considerando:

I.—Que la Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica, mediante la Ley de Aprobación 9671 del dieciocho de marzo del dos mil diecinueve, aprobó el “Tratado de Libre Comercio entre la República de Corea y las Repúblicas de Centroamérica, suscrito en Seúl, Corea, el día veintiuno de febrero del año dos mil dieciocho; el Anexo 2-B Eliminación de Aranceles Aduaneros, Sección A: Corea-Costa Rica y los Anexos I, II y III Lista de Corea y los Anexos I, II y III Lista de Costa Rica”.

II.—Que la Constitución Política señala en el artículo 140 inciso 10), que corresponde al Presidente y al respectivo Ministro de Gobierno, celebrar convenios, tratados públicos y concordatos, promulgarlos y ejecutarlos una vez aprobados por la Asamblea Legislativa.

III.—Que el artículo 2 incisos a), b) y g) de la Ley 7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, confiere al Ministerio de Comercio Exterior las potestades de definir y dirigir la política comercial externa, suscribir tratados y convenios en materia comercial y de inversión, así como dictar las políticas referentes a exportaciones e inversiones. Por tanto,

En uso de las facultades y atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3), 10), 12), 18) y 20), y 146 de la Constitución Política; los numerales 25, 27 párrafo 1 y 28 párrafo 2 inciso b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley 6227 del 02 de mayo de 1978; y los incisos a), b) y g) del artículo 2° de la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley 7638 del 30 de octubre de 1996.

Decretan:

Artículo 1º—La ratificación de la República de Costa Rica al “Tratado de Libre Comercio entre la República de Corea y las Repúblicas de Centroamérica, suscrito en Seúl, Corea, el día veintiuno de febrero del año dos mil dieciocho; el Anexo 2-B Eliminación de Aranceles Aduaneros, Sección A: Corea-Costa Rica y los Anexos I, II y III Lista de Corea y los Anexos I, II y III Lista de Costa Rica”, aprobado mediante la Ley 9671 del dieciocho de marzo del dos mil diecinueve.

Artículo 2º—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los cuatro días del mes de setiembre del dos mil diecinueve.

Publíquese.—CARLOS...

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