Decreto Nº 42605 - Decreto No D42605 - IN2020493396

Fecha de publicación20 Octubre 2020
Número de registroD42605 - IN2020493396
EmisorPoder Ejecutivo

N° 42605-COMEX-MEIC-MAG

El PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR,

LA MINISTRA DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

Y EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

De conformidad con las atribuciones y facultades que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 10) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25, 27 párrafo 1, 28 párrafo 2 inciso b) y 142 párrafo 1 de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley N° 7638 del 30 de octubre de 1996; la Ley Orgánica del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, Ley N° 6054 del 14 de junio de 1977; la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, Ley N° 7472 del 20 de diciembre de 1994; la Ley del Sistema Nacional para la Calidad, Ley N° 8279 del 02 de mayo de 2002; la Ley de Fomento a la Producción Agropecuaria (FODEA) y Orgánica del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), Ley N° 7064 del 29 de abril de 1987; la Ley General del Servicio Nacional de Salud Animal, Ley N° 8495 del 06 de abril de 2006; los artículos 1, 3, 5, 7, 15, 26, 36, 37, 38, 46, 52 y 55 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana, Ley de Aprobación N° 7629 del 26 de setiembre de 1996; y

Considerando:

I.—Que el Consejo de Ministros de Integración Económica (COMIECO), mediante la Resolución N° 424-2020 (COMIECO-XCI) del 23 del junio de 2020, en el marco del proceso de conformación de una Unión Aduanera Centroamericana, aprobó la modificación del primer párrafo del Transitorio I del Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 65.05.67:18 Insumos Agrícolas. Ingrediente Activo Grado Técnico, Plaguicidas Químicos Formulados, Sustancias Afines, Coadyuvantes y Vehículos Físicos de Uso Agrícola. Requisitos para la Elaboración de Etiquetas y Panfletos, en la forma en que aparece en el numeral 1 de la parte dispositiva de la Resolución en mención.

II.—Que mediante el Decreto Ejecutivo N° 41400-COMEX-MEIC-MAG del 16 de julio de 2018, divulgado en el Alcance N° 199 al Diario Oficial La Gaceta N° 218 del 23 de noviembre de 2018, Costa Rica publicó el Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 65.05.67:18 Insumos Agrícolas. Ingrediente Activo Grado Técnico, Plaguicidas Químicos Formulados, Sustancias Afines, Coadyuvantes y Vehículos Físicos de Uso Agrícola. Requisitos para la Elaboración de Etiquetas y Panfletos, en la forma en que aparece como Anexo de la Resolución N° 401-2018 (COMIECO- LXXXIII) del 28 de junio de 2018. El Reglamento Técnico Centroamericano en comentario debe modificarse en virtud de lo dispuesto en el párrafo cuarto de la parte considerativa y el numeral 1 de la parte dispositiva de la Resolución N° 424-2020 (COMIECO-XCI) de 23 del junio de 2020.

III.—Que en cumplimiento de lo indicado en el numeral 2 de la parte dispositiva de la Resolución N° 424-2020 (COMIECO-XCI) de 23 del junio de 2020, se procede a su publicación. Por tanto,

Decretan:

PUBLICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN N° 424-2020 (COMIECO-XCI)

DEL 23 DE JUNIO DE 2020, QUE APROBÓ LA MODIFICACIÓN

DEL PRIMER PÁRRAFO DEL TRANSITORIO I DEL “REGLAMENTO

TÉCNICO CENTROAMERICANO RTCA 65.05.67:18 INSUMOS

AGRÍCOLAS. INGREDIENTE ACTIVO GRADO TÉCNICO, PLAGUICIDAS

QUÍMICOS FORMULADOS, SUSTANCIAS AFINES, COADYUVANTES

Y VEHÍCULOS FÍSICOS DE USO AGRÍCOLA. REQUISITOS

PARA LA ELABORACIÓN DE ETIQUETAS Y PANFLETOS”

Artículo 1ºPublíquese la Resolución N° 424-2020 (COMIECO-XCI) del 23 de junio de 2020, que aprobó la modificación del primer párrafo del Transitorio I del Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 65.05.67:18 Insumos Agrícolas. Ingrediente Activo Grado Técnico, Plaguicidas Químicos Formulados, Sustancias Afines, Coadyuvantes y Vehículos Físicos de Uso Agrícola. Requisitos para la Elaboración de Etiquetas y Panfletos, que a continuación se transcribe:

RESOLUCIÓN Nº 424-2020 (COMIECO-XCI)

EL CONSEJO DE MINISTROS

DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA

Considerando:

Que de conformidad con los artículos 38, 39 y 55 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana (Protocolo de Guatemala), modificado por la Enmienda del 27 de febrero de 2002, el Consejo de Ministros de Integración Económica (COMIECO), tiene bajo su competencia los asuntos de la Integración Económica Centroamericana y, como tal, le corresponde aprobar los actos administrativos aplicables en los Estados Parte del Subsistema Económico;

Que según los artículos 7 y 26 del Protocolo de Guatemala, los Estados Parte han convenido en establecer un proceso de armonización regional de la normativa técnica;

Que mediante la Resolución Nº 401-2018 (COMIECO-LXXXIII), del 28 de junio de 2018, el COMIECO aprobó el Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 65.05.67:18 Insumos Agrícolas. Ingrediente Activo Grado Técnico, Plaguicidas Químicos Formulados, Sustancias Afines, Coadyuvantes y Vehículos Físicos de Uso Agrícola. Requisitos para la Elaboración de Etiquetas y Panfletos;

Que las instancias de la Integración Económica han conocido la propuesta técnica de modificación parcial del referido RTCA, para ampliar el plazo de presentación de los requisitos de actualización de etiqueta y panfleto, y la han sometido a consideración de este foro;

Que el COMIECO se puede reunir de manera virtual mediante el sistema de videoconferencia, en cuyo caso, le corresponde a la Secretaría de Integración Económica Centroamericana (SIECA) recopilar la firma de cada uno de los Ministros o Viceministros, según corresponda, en su respectivo país, Por tanto,

Con fundamento en los artículos 1, 3, 5, 7, 15, 26, 36, 37, 38, 39, 46, 52 y 55 del Protocolo de Guatemala; y 19, 20 Bis, 32 y 32 Bis del Reglamento de Organización y Funcionamiento de los Consejos: de Ministros de Integración Económica, Intersectorial de Ministros de Integración Económica y Sectorial de Ministros de Integración Económica,

RESUELVE:

Artículo 1ºAprobar la modificación del primer párrafo, del Transitorio I del Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 65.05.67:18 Insumos Agrícolas. Ingrediente Activo Grado Técnico, Plaguicidas Químicos Formulados, Sustancias Afines, Coadyuvantes y Vehículos Físicos de Uso Agrícola. Requisitos para la Elaboración de Etiquetas y Panfletos, de la forma siguiente:

“14.1 Transitorio I.

De los administrados: Los administrados tendrán un plazo hasta el 30 de junio de 2022, para presentar los requisitos de actualización de Etiqueta y Panfleto establecidos en el presente reglamento. En el caso de Nicaragua, dicho plazo será hasta el 31 de diciembre de 2021, para presentar los requisitos de actualización de Etiqueta y Panfleto establecidos en el presente reglamento.”

1. La presente Resolución entrará en vigor a partir del 1 de septiembre de 2020 y será publicada por los Estados Parte.

Centroamérica, 23 de junio de 2020

Dyalá Jiménez Figueres María Luisa Hayem Brevé

Mi...

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