La nueva canasta básica: otro capítulo en la novela de los impuestos

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ACTUALIDAD TRIBUTARIA S.A.
La nueva canasta básica: otro capítulo en la novela de
los impuestos
La nueva ley fiscal trajo un cambio que era inevitable que se diera: se trata de la inclusión y exclusión de
productos en la canasta básica, misma que no se actualizaba desde el 2003.
Partamos de un hecho simple y una verdad absoluta en este tema: cualquier lista genera desigualdad y
por ende disconformidad en quienes se siente excluidos. Con la nueva Canasta Básica Tributaria anunciada
por el Ministerio de Hacienda en días pasados muchos han expresado justamente eso, disconformidad
por los productos que quedaron exentos versus los que, a partir de julio, quedarán gravados.
Otro hecho relacionado con las listas es que son odiosas. En este caso tanto los productos excluidos como
los incluidos han generado una multitud de opiniones divididas y contrarias, que han alimentado la
discusión social en el país.
Es evidente que no existe ningún criterio técnico en la elección de los productos, tanto para incluirlos
como para excluirlos. Uno podría pensar que los excluidos responden a un estudio cuidadoso de la
realidad de consumo del país, sin embargo cuando las listas se estudian con detenimiento y se analizan
las declaraciones de Hacienda, el panorama es otro.
La preocupación de quienes nos dedicamos al derecho tributario radica en que la evaluación de los
productos que quedaron exentos y los que tendrán que pagar impuestos, refleja una posición ideológica
del Ejecutivo y no una decisión técnica. Esto lo refuerzan declaraciones del señor Presidente, Carlos
Alvarado, quien expresó al respecto que todos debemos movernos a una dieta más saludable, en
referencia a los cambios a la canasta básica.
Productos saludables como el pan integral, el brócoli, la natilla light, el atún en agua, frutas de temporada
en Costa Rica o el arroz integral estarán gravados a partir de julio, pero el Presidente insiste en que
debemos comer de manera más saludable, en disonancia con lo actuado por Hacienda.
El otro desacierto que dejó en evidencia la impericia del Ministerio de Hacienda fue la inclusión -y luego
exclusión- de las copas menstruales, productos que ni siquiera tienen permiso del Ministerio de Salud
para su venta en el país.
Y cuando pensamos que las contradicciones no pueden ser más, el último reglamento publicado el 18 de
marzo hace un verdadero entuerto con respecto a las fechas de aplicación de las diversas exensiones o
exclusiones. Es así que nos quedamos con una fecha para unas y otras fechas para otras, lo que hará difícil
su aplicación eficaz.

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