Opinión Jurídica nº 013 -J de 24 de Enero de 2018, de Asamblea Legislativa

EmisorAsamblea Legislativa

24 de enero del 2018

OJ-013 -2018

Señora

Ericka Ugalde Camacho

Jefa de Área

Comisiones Legislativas III

Asamblea Legislativa

Estimada señora:

Con aprobación del señor Procurador General de la República, me refiero a oficio número CEPD-403-2017 de 06 de noviembre del 2017, mediante el cual, solicita criterio respecto a proyecto de ley denominado “LEY DE CREACIÓN DE LA UNIDAD TÉCNICA MUNICIPAL DE ACCESIBILIDAD Y DISCAPACIDAD ", el cual, se tramita en el expediente legislativo número 19.783

I.- SOBRE LA NATURALEZA DEL CRITERIO QUE SE EMITE

De previo a rendir el análisis peticionado, valga aclarar que, no constituye dictamen vinculante, ya que, lo cuestionado no refiere a actividad de carácter administrativo, desplegada por la Asamblea Legislativa, por el contrario se relaciona con la función que le endilga la Constitución Política -emisión de leyes-.

En consecuencia, tomando en consideración la competencia de la Procuraduría, naturaleza del órgano consultante y materia sometida a nuestro conocimiento, lo vertido se circunscribe a una opinión jurídica y se emite como colaboración institucional en la difícil labor de legislar.

Para efectos de la consulta, el proyecto se analiza y se comentan únicamente aquellos artículos o contenidos que lo requieren.

Aunado a lo anterior y como ha sido criterio reiterado de esta Procuraduría “...al no estarse en los supuestos que prevé el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa (consulta al Tribunal Supremo de Elecciones, la Universidad de Costa Rica, el Poder Judicial o una institución autónoma), a la solicitud que nos ocupa no le es aplicable el plazo de ocho días hábiles que dicho artículo dispone”.

II.- SOBRE LA PROPUESTA SOMETIDA A CRITERIO DE ESTE ÓRGANO TÉCNICO ASESOR.

Con la iniciativa se pretende fortalecer la autonomía de personas con capacidades diferentes, propugnando porque la Administración Pública en pleno, destine recursos que mejoren condiciones de este grupo, a través de la Unidad Técnica Municipal De Accesibilidad y Discapacidad (En adelante Unidad)

El diputado promovente del proyecto que nos ocupa, en la exposición de motivos, indica lo siguiente:

“...el desarrollo efectivo de las comisiones municipales de accesibilidad no ha sido la mejor, los que han logrado una buena gestión, lo han hecho bastante bien... pero esta no es la realidad de la mayoría de las comisiones...

Otra área importante en la que este proyecto desea contribuir con las personas con discapacidad, es en la necesidad creciente empleo...”

Siendo así, resulta conveniente, como punto de partida, referirse al avance normativo que existe en nuestro país en la lucha por la igualdad de oportunidades para este tipo de población.

Sobre el particular, este órgano técnico asesor, ha sostenido:

“...El tema de los derechos de las personas con discapacidad y su regulación ha sido ampliamente debatido en nuestro medio, como respuesta a las políticas y normas internacionales que se han emitido con la finalidad de fomentar medidas que permitan a todas las personas, y en especial a las personas con discapacidad, desarrollarse en igualdad de condiciones y oportunidades en los diferentes ámbitos del quehacer diario.

En ese sentido, y a manera de ejemplo, podemos citar algunos de los instrumentos internacionales adoptados por Costa Rica entorno a este tema. Así, por ejemplo, la Convención Interamericana sobre Derechos Humanos, también conocida como “Pacto de San José”, en su artículo 24 establece el principio de igualdad de las personas ante la ley, previéndose ahí toda limitación a...

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