Pautas a seguir para el otorgamiento del reconocimiento para la denominación de un evento como espectáculo público deportivo o recreativo para poder acceder a la exoneración del impuesto sobre espectáculos públicos, de 30 de Agosto de 2012

EmisorInstituto Costarricense del Deporte y la Recreación

INSTITUTO COSTARRICENSE

DEL DEPORTE Y LA RECREACIÓN

El Consejo Nacional del Deporte y la Recreación en su sesión ordinaria número 819-2012 celebrada el 30 de agosto del 2012 acuerda:

ACUERDO Nº 12: El Consejo Nacional del Deporte y la Recreación acuerda seguir las siguientes pautas para el otorgamiento del reconocimiento de este órgano colegiado para la denominación de un evento como espectáculo público deportivo o recreativo y por lo tanto poder acceder a la exoneración del impuesto sobre espectáculos públicos de la siguiente manera:

Artículo 100.—Exonérense del pago de los impuestos sobre espectáculos públicos vigentes en favor de las municipalidades u organismos o entidades gubernamentales, los espectáculos, las actividades o los torneos deportivos que organicen las Sociedades Anónimas Deportivas, las asociaciones y las federaciones deportivas, debidamente inscritas en el Registro de Asociaciones Deportivas y reconocidas como tales por el Consejo Nacional del Deporte y la Recreación.

  1. El evento debe ser organizado por Asociación, Federación y las Sociedades Anónimas, todas deportivas, creadas al amparo de la Ley de Creación del Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación y del Régimen Jurídico de la Educación Física, el Deporte y la Recreación, número 7800, con personería jurídica vigente, lo cual deberá acreditar mediante la presentación de una personería al momento de realizar la solicitud.

  2. Se debe realizar el siguiente trámite:

    1. Solicitar al Consejo Nacional del Deporte y la Recreación el reconocimiento de la organización para la exoneración de impuestos en espectáculo, actividad, o torneo, todos deportivos o recreativo, previo a su realización. Los eventos se presentaran en forma individual o por un año y el reconocimiento se brindará por cada uno.

    Documentos a presentar:

  3. Solicitud formal y expresa del reconocimiento del Consejo Nacional del Deporte y la Recreación para gozar de la exoneración de impuestos de espectáculo público.

  4. Enumerar los posibles impuestos a exonerar.

  5. Personería Jurídica vigente de la Organización.

  6. Certificación de CCSS, de estar al día con los pagos de las cuotas obrero patronales (acreditarlo mediante documento idóneo).

  7. Certificación de Fondo de...

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