Poder Judicial No. IN2021598429

Fecha de publicación05 Noviembre 2021
Número de registroIN2021598429
EmisorPoder Judicial

Que en la acción de inconstitucionalidad que se tramita con el número 16- 011021-0007-CO, promovida por Otto Guevara Guth, Natalia Díaz Quintana y José Alberto Alfaro Jiménez contra los artículos 28, incisos b), c) y k); 42, incisos b) y c); 43; 45; 47; 48; 49, párrafo 1º; 50; 52 y 53, inciso b), todos de la Convención Colectiva de Trabajo de la Municipalidad de Moravia, se han dictado los Votos Nos. 2019021859 de las diecisiete horas treinta minutos del seis de noviembre de dos mil diecinueve y 2020014670 de las once horas y diez minutos del cinco de agosto del dos mil veinte, que literalmente dicen: Por tanto Voto 2019-21859: «Se declara parcialmente con lugar la acción y en consecuencia, se anulan las siguientes cláusulas de la Convención Colectiva de la Municipalidad de Moravia: 1.-Por mayoría el artículo 43. El Magistrado Cruz Castro salva el voto y declara sin lugar la acción. 2.-Por mayoría el artículo 45. El Magistrado Cruz Castro salva parcialmente el voto y fija un tope de veinte años. 3.-Por mayoría el artículo 47. El Magistrado Cruz Castro salva el voto y declara sin lugar la acción. 4.-En forma unánime el artículo 49. Los magistrados Castillo Víquez y Rueda Leal dan razones diferentes. 5.-En forma unánime el artículo 50. 6.-En forma unánime el artículo 52. Por unanimidad se declara sin lugar la acción, de la siguiente manera: 1.- En cuanto al artículo 28, incisos b), c) y k). 2.-En cuanto al artículo 42, incisos b) y c). Los magistrados Rueda Leal y Esquivel Rodríguez dan razones particulares. 3.-En cuanto al artículo 48. Los magistrados Castillo Víquez y Rueda Leal dan razones diferentes. 4.-En cuanto al artículo 53, inciso b) por mayoría se declara que no es inconstitucional el otorgamiento de anualidades escalonadas siempre y cuando su otorgamiento esté condicionado a la aprobación de la evaluación del desempeño. La magistrada Esquivel Rodríguez pone nota. El magistrado Rueda Leal salva el voto y declara inconstitucional este artículo. El magistrado Cruz Castro salva el voto y declara sin lugar la acción. El Magistrado Salazar Alvarado pone nota. Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de entrada en vigencia de las normas anuladas, sin perjuicio de los derechos adquiridos de buena fe. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en...

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