Política de Organización y Fortalecimiento de la Gestión Comunitaria de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento, de 9 de Marzo de 2016

EmisorInstituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS

PolÃtica de Organización y Fortalecimiento

de la Gestión Comunitaria de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento

  1. ASPECTOS GENERALES DE LA POLÍTICA

La presente PolÃtica Pública presenta la orientación que el Instituto Costarricense de Acueductos y

Alcantarillados (AyA) dará a sus acciones durante los próximos años, en relación a su rol rector en

materia de prestación de los servicios públicos de abastecimiento de agua potable y saneamiento (APS) brindados mediante delegación y de la gestión que, en esa prestación realizan, por delegación, las Asociaciones Administradoras de Sistemas de Acueductos y Alcantarillados Comunales (ASADAS).

Su elaboración ha considerado una serie de aspectos que son insumo y han permitido dar forma a una idea compartida de la orientación de la acción, en los siguientes apartados se presentan estos elementos generales de la polÃtica.

1. Reseña histórica del abastecimiento de Agua en las Comunidades Rurales de Costa Rica1 2

1 Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, Agua Potable y Saneamiento, Análisis Sectorial, Análisis Sectorial de Agua Potable y Saneamiento en Costa Rica, Julio 2002

2 Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, Desarrollo de Sistemas de Acueducto y Sostenibilidad del Servicio de Abastecimiento de Agua Potable en las Comunidades Rurales, Agosto 2010

Con el propósito de ubicar dentro del contexto histórico el escenario del abastecimiento de agua potable en el sector rural, es necesario hacer un recuento de algunos eventos que a través de la historia costarricense, han permitido que el abastecimiento intradomiciliar de agua potable en las comunidades rurales del paÃs, haya alcanzado indicadores envidiados por muchos paÃses del mundo.

En nuestro PaÃs los primeros asentamientos humanos se remontan al siglo XVI, los cuales como principio fundamental de subsistencia, se ubicaron cerca de fuentes superficiales para el abastecimiento de agua, entre ellas rÃos, quebradas y otros cauces abiertos y en algunos casos puntuales, mediante pozos artesanales

Las evidencias históricas en nuestro paÃs, nos llevan a la reserva arqueológica Guayabo de Turrialba, donde aún en nuestros dÃas, se mantienen canalizaciones de agua, que aprovechan la topografÃa del terreno y conducen sistemáticamente las aguas de lluvia hasta otros lugares ubicados en puntos más bajos.

De esta forma sistemástica se presentan, en los siguientes siglos, los procesos de construcción de infraestructura y organización comunitaria e institucional en torno al abastecimiento de agua a las

poblaciones. Destaca asÃ, la Junta Acuaria, nombrada en 1839, para atender en forma exclusiva los asuntos del acueducto de San José, donde figura don Juan Rafael Mora como miembro fundador de la Junta, que promueve el proyecto para dotar a San José de CañerÃa y en 1864 bajo la dirección de la Municipalidad de San José, se inician acciones que permiten inaugurar el acueducto el 25 de octubre de 1868.

La primera Ley de Aguas, promulgada en 1884, establece el interés del Estado en la protección de las cuencas, asà como el abastecimiento por medio de pozos, y luego, por fortalecimiento y ampliación de los acueductos; donde se efectúan inversiones significativas en obras eran promovidas y desarrolladas por el Gobierno Central y luego traspasadas a las Municipalidades para su administración.

En este periodo, en 1942 se promulga una nueva Ley de Aguas, que como aspecto relevante, encarga a la SecretarÃa de Salubridad Pública los asuntos concernientes al agua.

Con el objetivo de responder a las crecientes necesidades de mejoras y ampliaciones requeridas, se crea, y el 14 de abril de 1961, se promulga la Ley No. 2726 que creó el Servicio Nacional de Acueductos y Alcantarillado (SNAA), y a partir de la expansión de acueductos en comunidades rurales, fue necesaria la creación de las Juntas Administradoras de Acueductos en Zonas Rurales, razón por la cual, la Junta Directiva del SNAA emitió un reglamento mediante del Acuerdo No. 65-077 de 20 de abril de 1965, para regular tal efecto.

A partir de 1970, el programa de acueducto rural fue influido por el Plan Nacional de Salud (1971-

1980), en el cual se dio un énfasis especial a la población rural dispersa, por medio del Ministerio de

Salud (MINSA). Estos programas permitieron que para el año 1971, ya se atendiera con el servicio de abastecimiento de agua para consumo humano al 49% de la población rural.

En 1975, mediante la Ley N° 5915 el SNAA es transformado y entre otros cambios, el nombre es modificado a Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, conocido con las siglas como AyA.

En 1975, el AyA obtiene recursos provenientes de la Dirección General de Asignaciones Familiares (DESAF) y entra a formar parte de un programa más amplio denominado "Programa de Salud para las Comunidades Rurales" y posteriormente se crea el "Programa de Construcción de Acueductos para las Comunidades Rurales" (PRACOR).

Por recomendaciones de la Organización Panamericana de la Salud, se visualiza la participación comunal en el modelo para el desarrollo de infraestructura para sistemas de acueducto y para la administración del servicio de abastecimiento de agua para consumo humano, iniciando de esta forma la construcción de acueductos rurales con la intervención directa de las organizaciones comunales en la solución de su propio problema de abastecimiento de agua para consumo humano.

Se propicia los inicios de un modelo de desarrollo con participación de las propias comunidades tanto en la construcción, como en la posterior operación del sistema y administración de la prestación del servicio en forma local, por lo que se promulgó el Reglamento de los Comités Administradores de Acueductos Rurales CAAR, mediante el Decreto Ejecutivo No. 6387-G, Gaceta No. 197 del 15 de octubre de 1976.

Desde entonces se aborda un modelo básico para el desarrollo de sistemas comunales para el abastecimiento de agua para consumo intradomiciliar, involucrando directamente a la población de áreas rurales, semi-rurales y hasta urbanas, en el proceso de desarrollo de su propio sistema de abastecimiento de agua, el cual ha resultado en costos relativamente bajos y genera un gran sentido de pertenencia por parte de la comunidad.

Durante estos años se continúa el programa de acueductos rurales en AyA con la construcción de sistemas en varias comunidades del paÃs, mediante la participación comunal, y en 1985 se inicia el programa de mini-acueductos por parte de MINSALUD con la colaboración de AyA, y financiado con fondos de MINSALUD, Asignaciones Familiares y UNICEF.

Para 1990 la responsabilidad de construir todos los sistemas de abastecimiento de agua se le delegó al AyA, de esta forma, el MINSALUD, se dedicarÃa solo al Programa de Saneamiento Básico, con el establecimiento de tanques sépticos en las comunidades rurales y abandonando asà el papel que como entidad gubernamental desde 1970 habÃa tenido en la construcción de sistemas de abastecimiento de agua por gravedad a pequeña escala, junto con programas educativos que tenÃan el

objetivo de mejorar la salud y las prácticas de higiene.

Dentro del Instituto, para 1989 la responsabilidad constructiva en las comunidades rurales, era asumida por la Dirección de Construcción DICO, la que con un Departamento especÃfico administraba el Programa de Ayuda Comunal.

Para finales de 1990 se fortalece el proceso de construcción de sistemas de abastecimiento de agua, con un proceso paralelo de capacitación y orientación a las comunidades, además del establecimiento de entidades legalmente constituidas, quienes ya asumen la prestación del servicio en forma delegada, mediante convenio suscrito con el AyA.

A partir de diciembre de 2000, se promulgó el Reglamento de las Asociaciones Administradoras de los Sistemas de Acueductos y Alcantarillados (ASADAS), mediante el Decreto Ejecutivo No. 29100-S del 9 de noviembre de 2000, publicado en la Gaceta No. 231 del 1° de diciembre de 2000, estableciéndose formalmente una serie de normas que favorecen y fortalecen la delegación de la administración, operación, mantenimiento y desarrollo de los sistemas en las ASADAS, financiando su funcionamiento con los recursos provenientes de las tarifas autorizadas por la ARESEP para el servicio que ellos mismos brindan.

Se presenta aquÃ, un cambio importante en la administración y organización de los acueductos rurales, pues se estableció la transformación de los Comités Administradores de Acueductos Rurales (CAAR), regidos por la Ley No. 3859 de Desarrollo de la Comunidad, en ASADAS, de conformidad con la Ley de Asociaciones No. 218, del 8 de agosto de 1939, debidamente inscritas en el Registro de Asociaciones.

La desconcentración de actividades, vio limitados sus recursos ante la alta demanda de atención por las ASADAS, afectando el accionar de las seis direcciones regiones del Instituto, como estructura para la operación de sus sistemas y la prestación de los servicios institucionales con asesorÃa de la Dirección de Acueductos Rurales.

A mediados del 2005, como respuesta a las exigencias de la ContralorÃa General de la República, y como parte de la implementación de estrategias contenidas en el Plan Estratégico del AyA 2003-2020, en el cual se aborda el tema de los servicios en las zonas rurales como uno de los ejes estratégicos, bajo el nombre de Desarrollo Comunal; la Junta Directiva del Instituto, aprueba mediante su acuerdo N°2005-363, publicado en la Gaceta 116 del 16 de junio del 2005, el Modelo de Gestión y Organización para el Desarrollo y la Sostenibilidad de los Sistemas Comunales Rurales. En esta organización se crea la Dirección de Sistemas Comunales, como unidad cuya esencia de trabajo consiste en el tema de sostenibilidad, e interactuaba con la Dirección de Obras, quienes...

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