PRESIDENCIA EJECUTIVA - PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ (IN2018234522)

Fecha de publicación24 Abril 2018
Número de registroIN2018234522

PRESIDENCIA EJECUTIVA

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Resolución RESF-CA-S-10-2018.—Instituto Nacional De Aprendizaje, Presidencia Ejecutiva. Al ser las ocho horas con treinta y siete minutos del nueve de marzo del dos mil dieciocho.

Se conocen diligencias del procedimiento ordinario sancionatorio en contra de la empresa Vertiplex S. A., cédula jurídica número 3-101-166356.

Resultando:

I.—Que el Instituto Nacional de Aprendizaje promovió la compra directa número 2012CD-000427-01 “Compra e instalación de persianas verticales de tela”. (ver folios 02 al 05 del expediente sancionatorio)

II.—Que la empresa Vertiplex S. A., presentó una oferta para participar en la contratación, específicamente para la línea número 1. (Visible a folios 06 al 11 del expediente administrativo del procedimiento sancionatorio)

III.—Que mediante el acuerdo consignado en el Acta N° 465-2012, celebrada el 05 de noviembre del 2012, artículo único, el Proceso de Adquisiciones, acordó adjudicar la línea 1 correspondiente a la compra directa 2012CD-000427-01 a la oferta N° 3 de la empresa Vertiplex S. A. por un monto de ¢304.800,00 (trescientos cuatro mil ochocientos colones exactos. (visible a folios 12 al 13 del expediente administrativo del procedimiento sancionatorio)

IV.—Que mediante el oficio UCI-PA-4384-2012 de fecha 14 de noviembre del 2012, el Proceso de Adquisiciones, le solicitó a la empresa Vertiplex S. A. retirar la orden de compra N° 22337 correspondiente a la compra directa 2012CD-000427-01. (visible a folio 15 del expediente administrativo del procedimiento sancionatorio).

V.—Que mediante el oficio UCI-PA-2779-13 del 24 de setiembre del 2013, el encargado del Proceso de Adquisiciones, le solicitó a la Auditora Interna certificar si el servicio, correspondiente a la compra directa 2012CD-000427-01, fue recibido a satisfacción; certificar la fecha de inicio y finalización del servicio, así como que indicara si existió algún tipo de incumplimiento por parte de la empresa Vertiplex S. A. y que de ser así, cuantificara económicamente los daños y perjuicios ocasionado a la Administración. (visible a folio 18 del expediente administrativo).

VI.—Que mediante el oficio AI-770-2013 del 01 de octubre del 2013, la señora Rita Mora Bustamante, Auditora Interna le informó al encargado del Proceso de Adquisiciones, que en la ejecución de la compra directa 2012CD-000427-01 se presentaron algunos problemas con el pegamento utilizado para las cenefas y que estas se encontraban desprendidas, que ante tal situación debieron, en dos ocasiones, solicitarle a la empresa su reparación, que a pesar de esa reparación, la última vez que se les llamó para reportar nuevamente el desprendimiento en mención, la empresa no atendió la solicitud y a la fecha éstas continúan despegadas. Asimismo, indicó que el servicio se inició y finalizó el 28 de noviembre del 2013. (ver folio 19 del expediente administrativo)

VII.—Que mediante el oficio UCI-PA-3095-2013 de fecha 10 de octubre de 2013, el señor Altamirano Díaz, encargado del Proceso de Adquisiciones, le solicitó a la empresa Vertiplex S.A. realizar las gestiones necesarias para revisar las persianas que fueron instaladas en la Auditoria Interna, de conformidad con la orden de compra 22337, toda vez que, de acuerdo a lo establecido en el cartel y la oferta, por el servicio se debería dar una garantía de trabajo y materiales colocados no menor a 1 año. (ver folio 22 del expediente administrativo del procedimiento sancionatorio)

VIII.—Que mediante el oficio UCI-PA-644-2014 del 17 de marzo del 2014, el Proceso de Adquisiciones, le solicitó a la Asesoría Legal iniciar un procedimiento sancionatorio la en contra de la empresa VERTIPLEX S.A. por el supuesto incumplimiento durante la tramitación de la contratación 2012CD-000427-01. (ver folio 01 del expediente administrativo del procedimiento sancionatorio)

IX.—Que mediante la resolución NOD-CA-S-29-2017 de las 10:00 horas del 21 de setiembre del 2017, la Presidencia Ejecutiva ordenó el inicio del procedimiento sancionatorio correspondiente y designó a la Licenciada Andrea Hernández Rojas, para integrar el órgano director del procedimiento en calidad de titular y como suplente a la Licenciada Diana Sánchez Jiménez. (ver folio 134-133 del expediente administrativo del procedimiento sancionatorio).

X.—Que mediante la resolución de las 14:00 horas del día 27 de setiembre del 2017, notificada en el Diario Oficial La Gaceta N° 220, 221 y 222, los días 21, 22 y 23 de noviembre del 2017, el órgano director del procedimiento convocó a la empresa Vertiplex S. A. a una comparecencia oral y privada...

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