Decreto Nº 39194 - IN2015060582 - EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA - Y LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA (D39194 - IN2015060582)

Fecha de publicación25 Septiembre 2015
Número de registroD39194 - IN2015060582

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

En uso de las facultades que les confieren los artículos 140, incisos 3) y 18 ), artículos 146, 185 de la Constitución Política, artículos 25, inciso 1), 27 inciso 1), 28, inciso 2) acápite b) de la Ley General de Administración Pública, Ley Nº 6227 del 02 de mayo de 1978, artículo 22, siguientes y concordantes de la Ley General de Control Interno, Ley Nº 8292 del 31 de julio del 2002, Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, Ley Nº 7428 del 07 de setiembre de 1994 y sus reformas, Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, Ley Nº 8422 del 06 de octubre del 2004 y su Reglamento, Manual de Normas para el Ejercicio de la Auditoria Interna en el Sector Público, publicado en La Gaceta Nº 28 del 10 de febrero del 2010, las Normas Generales de Auditoría para el Sector Público, publicado en La Gaceta Nº 184 del 25 de setiembre del 2014, y los Lineamientos sobre los requisitos de los cargos de auditor y subauditor internos, las condiciones para las gestiones de nombramiento, suspensión y destitución de dichos cargos, y la aprobación del reglamento de organización y funcionamiento de las auditorías internas del Sector Público, publicados en La Gaceta Nº 236 del 08 de diciembre del 2006.

Considerando:

1º—Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 34427-MEP, del 09 de enero del 2008, publicado en La Gaceta Nº 65 del 03 de abril del 2008, se emitió el Reglamento de Organización y Funciones de la Auditoría Interna del Ministerio de Educación Pública, que define la organización, competencia, objeto, funciones, deberes y atribuciones de dicha Auditoría, así como otras disposiciones propias de su competencia, de conformidad con los lineamientos generales emitidos por la Contraloría General de la República.

2º—Que la Auditoría Interna del Ministerio de Educación Pública, es parte fundamental del sistema de control interno institucional y del Sistema de Control y Fiscalización Superiores de la Hacienda Pública y su acción fiscalizadora requiere ser reforzada conforme con el marco legal y técnico que regula su gestión, en defensa del interés público; por lo que es necesario que disponga de un reglamento de organización y funcionamiento actualizado, acorde con la normativa que rige su actividad.

3º—Que el marco legal que rige la actividad de la Auditoría Interna ha tenido cambios significativos en la normativa técnica emitida por la Contraloría General de la República, tales como la Resolución Nº R-DC-119-2009 del 16 de diciembre del 2009, que modifica las Normas para el ejercicio de la auditoría interna en el Sector Público, y la Resolución Nº R-DC-064-2014, publicada en La Gaceta del 25 de setiembre del 2014, Normas Generales de Auditoría para el Sector Público.

4º—Que el artículo 22 de la Ley General de Control Interno, establece dentro de las competencias de la Auditoría Interna, “Mantener debidamente actualizado el reglamento de organización y funcionamiento de la Auditoría Interna”.

5º—Que el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica aprobó, mediante oficio DM-122-15 del 11 de marzo del 2015, la nueva estructura de la Dirección de Auditoría Interna del Ministerio de Educación Pública, que se había sometido a su conocimiento mediante oficio DM-1790-12-2014 por parte de la señora Ministra de Educación Pública.

6º—Que la Contraloría General de la República, mediante oficio 07422 27 de mayo del 2015 dio su aprobación a la presente reforma reglamentaria, de acuerdo con lo establecido en el artículo 23 de la Ley General de Control Interno, Ley Nº 8292 que indica que dicho reglamento deberá ser aprobado por la Contraloría General de la República, publicarse en el diario oficial y divulgarse en el ámbito institucional. Por tanto,

Decretan:

REFÓRMENSE LOS ARTÍCULOS 9, 16, 17, 18, 19, 20,

21 Y 44 DEL DECRETO EJECUTIVO Nº 34427-MEP,

“REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y

FUNCIONAMIENTO DE LA AUDITORÍA INTERNA

DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA”

Artículo 1º—Refórmense los artículos 9, 16, 17, 18, 19, 20, 21 y 44, del Decreto Ejecutivo Nº 34427-MEP, cuyos textos dirán:

Artículo 9º—Organización. La Auditoría Interna estará organizada de la siguiente...

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