EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

Número de registroN° 39228-JP
Número de Decreto39228-JP
Fecha de publicación29 Octubre 2015

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 18) y 146 de la Constitución Política, en el artículo 32 de la Ley de Asociaciones N° 218 del 8 de agosto de 1939 y los artículos 27 y siguientes del Reglamento a la Ley de Asociaciones N° 29496-J, publicado en La Gaceta Nº 96 del 21 de mayo del 2001.

Considerando:

I.—Que el artículo 32 de la Ley de Asociaciones Nº 218 de ocho de agosto de mil novecientos treinta y nueve y sus reformas, confiere al Poder Ejecutivo la potestad de declarar de Utilidad Pública a las Asociaciones simples, federadas o confederadas, cuyo desarrollo y actividades sean particularmente útiles para los intereses del Estado, y que por ello contribuyan a solventar una necesidad social, así como revocar este beneficio, si desaparecen los motivos por los cuales fue concedido.

II.—Que por haberlo dispuesto el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados las Asociaciones de Acueductos Rurales del Distrito de Cajón de Pérez Zeledón debieron fusionarse.

III.—Que la Asociación Administrativa del Acueducto Santa Teresa Cajón de Pérez Zeledón, cédula jurídica Nº 3-002-238594, fue declarada de Utilidad Pública mediante Decreto Ejecutivo Nº 33867-J, publicado en el Diario Oficial N° 144 de 26 de julio del 2007 y es una de las Asociaciones que debió fusionarse.

IV.—Que todas las Asociaciones de Acueductos Rurales de Cajón de Pérez Zeledón, debieron fusionarse, y nacieron a la vida jurídica como Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario del Distrito de Cajón de Pérez Zeledón, cédula jurídica Nº 3-002-238594.

V.—Que de conformidad con el artículo 13 de la Ley de Asociaciones la extinción de la Asociación procede cuando sea materialmente y legalmente imposible continuar operando como Asociación.

VI.—Que la Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario del Distrito de Cajón de Pérez Zeledón, cédula jurídica número: 3-002-238594, se encuentra solicitando la Declaratoria de Utilidad Pública ante el Ministerio de Justicia y Paz.

VII.—Que en virtud de lo anterior, lo procedente es revocar la declaratoria de utilidad pública otorgada a la Asociación Administrativa del Acueducto Santa Teresa Cajón de Pérez Zeledón, cédula jurídica Nº 3-002-238594, emitida mediante el Decreto Ejecutivo Nº 33867-J, publicado en La Gaceta número 144 del 26 de julio del 2007. Por tanto,

Decretan:

DEROGATORIA DEL DECRETO EJECUTIVO N° 33867-J POR

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