Decreto Nº 40682 – IN2017179171 - EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, - El MINISTRO DE LA PRESIDENCIA - Y LAS MINISTRAS DE PLANIFICACIÓN NACIONAL - Y POLÍTICA ECONÓMICA Y CIENCIA, TECNOLOGÍA - Y TELECOMUNICACIONES (D40682 – IN2017179171)
Fecha de publicación | 01 Noviembre 2017 |
Número de registro | D40682 – IN2017179171 |
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
El MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Y LAS MINISTRAS DE PLANIFICACIÓN NACIONAL
Y POLÍTICA ECONÓMICA Y CIENCIA, TECNOLOGÍA
Y TELECOMUNICACIONES
Con fundamento en los artículos 140, inciso 3) y 146 de la Constitución Política; los artículos, 25 inciso 1) y 28 inciso 2.b) de la Ley General de Administración Pública (Nº 6227 del 02 de mayo de 1978); los artículos 1, 2, 3, 20, 21 y 100 de la Ley de Promoción del Desarrollo Científico y Tecnológico (Nº 7169 del 26 de junio de 1990); el artículo 39 de la Ley de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del Sector Telecomunicaciones (Ley Nº 8660 del 08 de agosto de 2008); y el Reglamento Orgánico del Poder Ejecutivo (Decreto Ejecutivo Nº 38536-MP-PLAN del 25 de julio de 2014).
Considerando:
I.—Que el Estado busca estimular la participación ciudadana en el proceso de toma de decisiones, haciendo que el gobierno sea transparente, eficiente, eficaz, permitiendo a los diferentes actores interactuar sin diferencia y con respeto de sus posturas ideológicas y políticas.
II.—Que el Gobierno reconoce a sus ciudadanos y habitantes como la razón de ser de las actividades del Estado. Para cumplir dicho fin es un prestador de servicios esenciales y debe, a través de las tecnologías de la información y la comunicación, satisfacer las demandas actuales y futuras de la ciudadanía, a través de un modelo auto sostenible de los proyectos e iniciativas que promuevan la transparencia, la eficiencia, la eficacia y la participación ciudadana.
III.—Que según la Ley N° 7169, “Ley de Promoción del Desarrollo Científico y Tecnológico”, en su artículo 100, el Estado costarricense debe promover la modernización y el aprovechamiento de los recursos tecnológicos que utilice el sector Público Nacional y procurar un aumento de la eficiencia de los entes que forman este sector, por medio de una mayor racionalización de las decisiones tecnológicas sobre transferencia, adaptación, asimilación y generación de tecnología.
IV.—Que según la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), la Gobernanza Digital “se refiere al uso de las tecnologías de la información y la comunicación por parte del sector público con el objetivo de mejorar el suministro de información y los servicios proporcionados” para mejorar la calidad de vida.
V.—Que el concepto de la Gobernanza Digital es más amplio que el de gobierno electrónico y la digitalización de los servicios del Estado mediante Tecnologías Digitales, ya que cambia la manera en como los ciudadanos y los habitantes...
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