EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

Fecha de publicación28 Junio 2019
Número de registroD41510 - IN2019355440
EmisorPoder Ejecutivo

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 118 y 140 inciso 14) de la Constitución Política.

Decretan:

Artículo 1º—Amplíese la convocatoria a sesiones extraordinarias de la Asamblea Legislativa, realizada por el Decreto Ejecutivo N° 41453-MP, a fin de que se conozcan los siguientes proyectos de Ley:

Expediente 20493 Ley para Establecer un Régimen Jurídico Especial para el Refugio Nacional de Vida Silvestre Corredor Fronterizo Norte.

Expediente 21068 Ley para Combatir la Corrupción y el Fortalecimiento de las Cooperativas como Instrumento de la Economía Social.

Rige a partir del diez de enero de dos mil diecinueve.

Dado en la Presidencia de la República, a los diez días del mes de enero de dos mil diecinueve.

CARLOS ALVARADO QUESADA.—El Ministro de la Presidencia, Rodolfo Piza Rocafort.—1 vez.—O. C. 4600018659.—Solicitud 152807.—( D41510 - IN2019355440 ).

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