Resolución

Fecha de publicación15 Noviembre 2019
Número de registroIN2019405695
EmisorJUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL

PROCEDIMIENTO PARA LA ENTREGA DE INCENTIVOS

PARA VENDEDORES AUTORIZADOS DE LA JUNTA DE

PROTECCIÓN SOCIAL QUE COMERCIALICEN LOS

SORTEOS DE LOTERÍA NACIONAL N° 4573, 4574, 4575,

CORRESPONDIENTES A LOS SORTEOS A REALIZARSE

DEL DOMINGO 15 DE DICIEMBRE DEL 2019 HASTA

EL DOMINGO 29 DE DICIEMBRE DEL 2019

Artículo 1°—Objeto. El objeto del presente procedimiento es regular la entrega de incentivos para los vendedores autorizados de la Junta de Protección Social que comercialicen los sorteos de Lotería Nacional de acuerdo con el plan aprobado por la Junta Directiva de la Junta de Protección Social según acuerdo JD-848 correspondiente al Capítulo V), artículo 10) de la sesión ordinaria N° 63-2019, celebrada el 28 de octubre de 2019, como parte de la estrategia de comercialización para este producto.

Artículo 2°—Definiciones. Para efectos de este procedimiento, se definen los siguientes conceptos:

Junta: Junta de Protección Social.

Junta Directiva: El máximo órgano jerárquico de la Junta.

Planes de incentivos: Consiste en entregar premios en efectivo a los vendedores autorizados de la Junta (adjudicatarios, socios de cooperativa, vendedores por contrato, socios comerciales) que retiren lotería del sorteo Extraordinario Navideño N° 4573, y además que retiren y comercialicen el primer Sorteo Extraordinario de Consolación N° 4574 y el segundo Sorteo Extraordinario de Consolación N° 4575.

Participantes: Toda persona física mayor de 18 años, que sea vendedor autorizado de la Junta (adjudicatarios, socios de cooperativa, vendedores por contrato, socios comerciales), que retiren y comercialicen los sorteos de Lotería Nacional N° 4573, primer Sorteo Extraordinario de Consolación N° 4574 y el segundo Sorteo Extraordinario de Consolación N° 4575.

Selección Aleatoria: proceso de selección al azar de los vendedores favorecidos, el cual es debidamente fiscalizado por personal de la junta.

Artículo 3°—Condiciones de participación. Participan los vendedores autorizados de la Junta (adjudicatarios, socios de cooperativa, vendedores por contrato, socios comerciales) que retiren y comercialicen el sorteo de Lotería Nacional N° 4573, a realizarse el domingo 15 de diciembre 2019. Y además que retiren y comercialicen los sorteos de Lotería Nacional N° 4574 y N° 4575 a realizarse el 22 y 29 de diciembre del 2019, respectivamente.

Son dos categorías de incentivos para vendedores autorizados de la Junta. La primera consiste en incentivar el retiro del Sorteo Extraordinario de Navidad N° 4573 y la segunda categoría consiste en incentivar la devolución menor al 5% de los Sorteos Extraordinarios Nos. 4573, 4574 y 4575.

Se aclara que los sorteos Nos. 4574 y 4575 no participan de los incentivos por retiro.

Para participar, el vendedor deberá cumplir con las siguientes condiciones:

1. Incentivos por Retiro del Sorteo Extraordinario de Navidad N° 4573:

Realizar retiros de lotería del sorteo Navideño N° 4573 de al menos 500 fracciones, equivalentes a 12 enteros y medio por semana. Es decir, por cada 500 fracciones retiradas semanalmente se realizará la asignación automática de una acción, hasta un máximo de 4 acciones por semana. Por ejemplo, si en una semana retira 1.000 fracciones se le asignarán 2 acciones automáticas, si retira 2.000 fracciones o más se le asignarán automáticamente el máximo de 4 acciones semanales. Qué en los últimos tres años: No haya presentado renuncia. No exista ninguna resolución judicial o administrativa en firme que establezca una condenatoria o sanción por: venta juegos ilegales, especulación o condicionamiento en la venta de loterías o por infracciones a la normativa vigente en materia de loterías o juegos de azar o de similar naturaleza que vayan en detrimento de las competencias de la Junta o de su imagen institucional.

2. Incentivo por Devolución menor al 5% de los sorteos Nos. 4573,...

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