PROCESO ADQUISICIONES - LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2015LN-000028-01 - (Modificación y prórroga) - Contratación de servicios profesionales de abogados - para el cobro judicial del tributo creado - mediante la Ley Nº 6868 del I.N.A. (IN2016008267)

Fecha de publicación08 Febrero 2016
Número de registroIN2016008267

PROCESO ADQUISICIONES

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2015LN-000028-01

(Modificación y prórroga)

Contratación de servicios profesionales de abogados

para el cobro judicial del tributo creado

mediante la Ley Nº 6868 del I.N.A.

El Proceso de Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje, informa a los proveedores interesados en participar en la Licitación Pública Nº 2015LN-000028-01, “Contratación de servicios profesionales de abogados para el cobro judicial del tributo creado mediante la Ley Nº 6868 del I.N.A.”, que el cartel de la supramencionada licitación se modifica de la siguiente manera:

Pliego de condiciones generales y administrativas

En el numeral, 2.3. Información que debe contener la oferta

1. Se modifica el inciso 2.3.1, para que se lea correctamente como se indica a continuación:

2.3.1 Nombre o denominación social y calidades del oferente y de su representante legal en caso de que el oferente sea una persona jurídica, todos los atestados profesionales serán de los abogados que brindan los servicios profesionales en dicha sociedad.

2. Se modifica el inciso 2.3.7, Declaraciones Juradas, punto 5, para que se lea correctamente como se indica a continuación:

5. Declaración jurada de no haber sido sancionados en el ejercicio de la profesión en los últimos 5 años. En caso de personas jurídicas se considera la declaración jurada del representante legal.

En el numeral, 2.4. Documentos que deben presentarse

1. Se agrega el inciso 2.4.5, de la siguiente manera:

2.4.5 Aportar la constancia emitida por el Registro Nacional en donde se indique que la Sociedad se encuentra al día con el impuesto a las sociedades.

En el numeral, 3.7 Perfil del personal

En el primer párrafo, debe leerse correctamente como se indica a continuación: “El perfil mínimo requerido del profesional en derecho o Sociedad Anónima a contratar, es el siguiente:”

Se agrega el siguiente párrafo: “En el caso de personas jurídicas, deberán demostrar estar debidamente inscritas en el Registro Público y que los profesionales en Derecho se encuentran debidamente acreditados ante el Colegio de Abogados”.

En el punto 6. Elementos de adjudicación y metodología de comparación de ofertas:

Donde dice: se tomarán en cuenta los siguientes parámetros, punto D), debe leerse de la siguiente manera: D) Aplicación de sanción de suspensión, según certificación del Colegio de Abogados (5%). En caso de que el oferente demuestre no haber sido suspendido tendrá la totalidad de puntos de este apartado.

En el punto...

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