Resolución
Fecha de publicación | 20 Diciembre 2021 |
Número de registro | IN2021610311 |
Emisor | AGRICULTURA Y GANADERÍA |
PROGRAMA INTEGRAL
DE MERCADEO AGROPECUARIO
REGLAMENTO GESTIÓN Y EL CONTROL
DE LAS TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN DEL PIMA
Considerando:
1º—Con fundamento en las facultades que le otorgan la Ley N° 6142 del 25 de noviembre de 1977, el Decreto Ejecutivo N° 39785-MAG y 40513-MAG; así mismo concordado con las facultades conferidas por el artículo 59 de la Ley General de la Administración Pública.
2º—Tomando en cuenta las Normas técnicas para la gestión y el control de las Tecnologías de Información (N-2-2007-CO-DFOE) de la Contraloría General de la República, considera este Consejo Directivo de importancia institucional reglamentar lo relativo a la Gestión y Control de las Tecnologías de Información.
3º—De conformidad con la directriz N° 019-MP-MICITT, publicado en La Gaceta N° 195 del 23 de octubre del 2018, el PIMA debe ajustar su desarrollo tecnológico a lo dispuesto por el MICITT, como órgano rector en la materia de tecnologías de la información.
REGLAMENTO GESTIÓN Y EL CONTROL
DE LAS TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN DEL PIMA
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1º—Del objetivo: el objetivo del presente Reglamento es regular la gestión y el control de las tecnologías de información del Programa Integral de Mercadeo Agropecuario.
Artículo 2º—De las definiciones. Para efectos del presente reglamento se procede a definir:
Comisión: será el grupo interdisciplinario encargado principalmente de promover, establecer y controlar lo atinente a las tecnologías de la información a nivel institucional.
Hardware: todas las partes tangibles de un sistema informático; sus componentes son: eléctricos, electrónicos, electromecánicos y mecánicos. Son cables, gabinetes o cajas, periféricos de todo tipo y cualquier otro elemento físico involucrado. Se entiende además de las computadoras de escritorio, computadoras personales, dispositivos móviles, impresoras, los dispositivos universal serial bus “USB”, datacards, y otros que por su naturaleza tengan esa condición.
Información confidencial: toda aquella información declarada así por normativa vigente, o por el Jerarca Superior Administrativo, así como los proyectos de resolución, los informes para órganos consultivos y los dictámenes de estos antes de que hayan sido rendidos.
Infraestructura de comunicaciones: se refiere al hardware y software que permite la comunicación interna y externa.
Infraestructura: conjunto de dispositivos físicos, aplicaciones de software y servicios que requiere para operar toda la Institución. Se compone de elementos como hardware, software, bases de datos, telecomunicaciones, personas y procedimientos, todos configurados para recolectar, manipular, almacenar y procesar datos para ser convertidos en información.
Internet: red internacional que conecta miles de redes enlazadas y que utiliza el grupo de protocolos TCP/IP.
Licencia: contrato entre el titular del derecho de autor (propietario) y el usuario del programa informático (usuario final), para utilizar éste, en una forma determinada y de conformidad con unas condiciones convenidas.
Sistema: conjunto de elementos orientados al tratamiento y administración de datos e información, organizados y listos para su uso posterior, generados para cubrir una necesidad u objetivo.
Software: conjunto de los programas de cómputo, procedimientos, reglas, documentación y datos asociados, que forman parte de las operaciones de un sistema de computación.
USB: estándar industrial que define los cables, conectores y protocolos usados en un bus para conectar, comunicar y proveer de alimentación eléctrica entre computadoras y dispositivos electrónicos.
Usuario: toda persona autorizada por el PIMA que requiera la utilización de algún recurso tecnológico.
Virus: software malicioso (Malware), que tiene por objeto alterar el normal funcionamiento de la computadora, sin el permiso o el conocimiento del usuario.
Plan estratégico en TI: aquellas acciones y proyectos relacionados con la modernización y actualización de los elementos en TI que debe realizar el PIMA, todo en concordancia estricta con el Plan Estratégico Institucional.
Artículo 3º—Abreviaturas.
CTI: Comité de Tecnologías de la Información
TI: Proceso de Tecnologías de Información
PAO: Plan Anual Operativo.
PEI: Plan Estratégico Institucional.
PETI: Plan Estratégico en Tecnologías de la Información
Artículo 4º—Principios rectores.
Ciberseguridad: entiéndase como el conjunto de herramientas, políticas, conceptos de seguridad, salvaguardas de seguridad, directrices, métodos de gestión de riesgos, acciones, formación, prácticas idóneas, seguros y tecnologías que pueden utilizarse para proteger los activos de la organización y los usuarios en el ciber entorno.
Escalabilidad: entiéndase como la propiedad deseable de un sistema, una red o un proceso, que indica su habilidad para reaccionar y adaptarse sin perder calidad, o bien manejar el crecimiento continuo de trabajo de manera fluida, o bien para estar preparado para crecer.
Interoperabilidad: entiéndase como la capacidad que tiene un producto o un sistema, cuyas interfaces son totalmente conocidas, para funcionar con otros productos o sistemas existentes o futuros y eso sin restricción de acceso o de implementación
Neutralidad tecnológica: Entiéndase como la libertad de los individuos y las organizaciones de elegir la tecnología más apropiada y adecuada a sus necesidades y requerimientos para el desarrollo, adquisición, utilización o comercialización, sin dependencias de conocimiento implicadas como la información o los datos
CAPÍTULO II
Del CTI y sus funciones
Artículo 5º—de la conformación...
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