Proteja su información

De manera general, puede considerarse secreto comercial o información no divulgada toda información comercial, confidencial, que confiera a una empresa una ventaja competitiva.Ejemplos específicos de información de esta naturaleza, sin que se limiten a estos, son los siguientes: planos, prototipos, archivos o similares; procesos de fabricación, estadísticas de manufactura o similares; contabilidad y cualquier otra información financiera de la compañía, incluyendo salarios, estados financieros, estado de cartera, historial de ventas, etc.; estrategias y planes de mercadeo; listas de precios; listas de clientes, listas de proveedores, etc.Se trata a su vez de una categoría de la propiedad intelectual que presenta como grandes ventajas, el no tener un periodo de expiración para su protección (en tanto la información se mantenga secreta) y el no tener que recurrir a una solicitud de registro y su correspondiente pago de tasas y honorarios, para que esta se considere efectivamente protegida.Su empleo en contratos y cláusulas de confidencialidad, en el marco de relaciones laborales, comerciales y de transferencia de tecnología, resulta cada vez más frecuente. Empero, existe una errónea y arraigada creencia que reduce a su mera mención en una cláusula o contrato, el deber del titular de mantenerla secreta.Se desconoce por tanto, que la Ley 7975 de Información no Divulgada impone en su artículo 2.b) un deber de diligencia que obliga a su titular a adoptar 'medidas razonables y proporcionales para mantenerla secreta'.Es recomendable entonces que el titular tome las siguientes medidas a lo interno de la empresa, tendientes a garantizar un adecuado ambiente de confidencialidad.Controle el AccesoDe manera general, toda la información debe mantenerse fuera del alcance de cualquier persona, incluyendo aquellos vinculados a la compañía, mientras la persona no la necesite para efectuar su trabajo, o no esté autorizado para acceder a esta.La regla general es que la información es accesible solamente mientras sea necesaria. Cualquier persona que esté en posesión de información confidencial propiedad de la empresa debe considerarse responsable de su custodia debida.Toda la información en curso que en general se crea o trabaja en medio electrónico o magnético, debe ser accesible solamente por las personas autorizadas en cada departamento o área de trabajo. Cualquiera que sea la forma o lugar...

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