Protocolo para inscribir signos distintivos a nombre de la Junta Administrativa del Registro Nacional, de 28 de Marzo de 2011

EmisorJunta Administrativa del Registro Nacional

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL DIRECCIÓN GENERAL CIRCULAR REGISTRAL DGRN-0009-2011 Para: MSc. Óscar Rodríguez Sánchez, Director Registro Inmobiliario MSc. Mauricio Soley Pérez, Director Registro Bienes Muebles.

Lic. Vanessa Cohén Jiménez, Directora Derechos de Autor y Derechos Conexos MSc. Arlene González Castillo, Directora Jurídica Lic. William Astúa Meléndez, Director Administrativo Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director de Personas Jurídica Lic. Luis Gustavo lvarez R., Director Propiedad Industrial MSc. Kattia Salazar Villalobos, Directora Servicios Generales Lic. Rándall lvarez Vargas, Director de Informática Lic. Gabriela Zúñiga B. Jefe, Proyección Institucional De:Lic.Dagoberto Sibaja Morales, Director General Fecha: 28 de marzo de 2011.

Asunto:Protocolo para inscribir signos distintivos a favor de la Junta Administrativa del Registro Nacional en Propiedad Industrial.

La Dirección General del Registro Nacional emite esta circular, conforme las potestades señaladas en el artículo 6 inciso 4) de la Ley de Creación del Registro Nacional, Ley N° 5695 del 28 de mayo de 1975 y sus reformas, a efecto de establecer el protocolo a seguir para la inscripción en el Registro de Propiedad Industrial de signos distintivos donde figure como titular la Junta Administrativa del Registro Nacional, cuyas solicitudes provengan de los diferentes Registros o Departamentos que integran el Registro Nacional. En tal sentido, se dicta la siguiente regulación:

PROTOCOLO PARA INSCRIBIR SIGNOS DISTINTIVOS A NOMBRE DE LA JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL.

PROCEDIMIENTO Inicio del procedimiento:

  1. —La Unidad o Dirección respectiva, en coordinación con la Dirección del Registro de la Propiedad Industrial, deberá reunir los requisitos establecidos para la inscripción de los signos distintivo que desea inscribir, tal y como se establece en la guía de calificación de dicha dependencia.

  2. —La Unidad o Dirección correspondiente una vez que ha definido el signo o signos que se desean proteger, lo comunicará formalmente a la Dirección General del Registro Nacional.

  3. —La Dirección General, designará a la Dirección Jurídica del Registro Nacional, para que sea la encargada de coordinar los trámites de inscripción de los signos distintivos que se desean inscribir.

  4. La Dirección Jurídica del Registro Nacional, coordinará las reuniones de trabajo para la elaboración de la solicitud y la revisión de los documentos previos a su presentación, entre la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR