Un proyecto inconstitucional

Actualmente se discute en la Asamblea Legislativa el proyecto de ley N.º 20.648, que pretende reformar de forma gravosa el concepto de inhabilitación en contra de las empresas privadas que contraten con las administraciones públicas, específicamente proyectos de infraestructura vial de carácter público.La propuesta pretende añadir un artículo a la Ley de Contratación Administrativa. Las principales modificaciones que introduce el texto sustituto del proyecto de ley, en cuanto a inhabilitación de empresas adjudicatarias de una obra de infraestructura vial pública, son las siguientes:1. Establece expresamente que, para este tipo de contrataciones, será posible la sanción de inhabilitación, sin el apercibimiento previo que establece el artículo 99 de la Ley de Contratación Pública para el resto de contratos públicos cuando se presentan incumplimientos respecto del objeto contractual.2. Aumenta el mínimo de la sanción de inhabilitación de dos a tres años, siempre manteniendo el límite máximo de 10 años.3. Indica que la inhabilitación alcanzará también a otras personas físicas o jurídicas que pertenezcan al mismo grupo de interés económico del que forme parte la empresa sancionada.¿Y la igualdad?Del anterior recuento saltan a la vista las serias inconstitucionalidades que contiene el proyecto y que afectarían a las empresas del sector, a saber:1. No existe una razón objetiva de discriminación que sustente el trato diferenciado y más severo hacia las empresas del sector. Estamos ante un proyecto que, desde su génesis, va en contra del principio constitucional de igualdad.2. El plan no supera un examen de proporcionalidad (o razonabilidad, según lo denomina en ocasiones la Sala Constitucional), por cuanto...

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