PROYECTO DE LEY CELEBRACIÓN NACIONAL EL 9 AGOSTO DE CADA AÑO DEL DÍA INTERNACIONAL DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS

Fecha de publicación06 Septiembre 2022
Número de registroIN2022672759
EmisorPoder Legislativo

PROYECTO DE LEY

CELEBRACIÓN NACIONAL EL 9 AGOSTO DE CADA

AÑO DEL DÍA INTERNACIONAL DE LOS PUEBLOS

INDÍGENAS

Expediente N.° 23.278

ASAMBLEA LEGISLATIVA:

Existen alrededor de 476 millones de indígenas viviendo a lo largo de 90 países, y representan unos 5.000 grupos diferentes, con un poco más del 5% de la población mundial y, sin embargo, se encuentran entre las poblaciones más desfavorecidas y vulnerables representando el 15 por ciento de los más pobres.

Son, en su conjunto, custodios de un valioso patrimonio cultural que en muchos casos está desapareciendo rápidamente. Vemos su creatividad y sus innovaciones en las artes, la literatura y las ciencias.

Los pueblos indígenas han heredado y practican culturas y formas únicas de relacionarse con la gente y el medio ambiente. Retienen, además, rasgos sociales, culturales, económicos y políticos que son distintos de los predominantes en las sociedades en las que viven. Pese a sus diferencias culturales, los pueblos indígenas de todo el mundo comparten problemas comunes a la hora de proteger sus derechos como pueblos diferentes.

Estos pueblos se enfrentan a muchos problemas para mantener su identidad, sus tradiciones y sus costumbres, y sus contribuciones culturales son en ocasiones explotadas y comercializadas, con escaso o ningún reconocimiento.

Las poblaciones autóctonas han buscado durante años el reconocimiento de sus identidades, su forma de vida y el derecho sobre sus territorios tradicionales y recursos naturales. Pese a ello, a lo largo de la historia, sus derechos han sido siempre violados. En la actualidad, se encuentran sin duda entre las poblaciones más vulnerables y perjudicadas del mundo. La comunidad internacional reconoce ahora que se necesitan medidas especiales para proteger sus derechos y mantener sus culturas y formas de vida.

Para dar a conocer las necesidades de estos grupos de población, cada 9 de agosto se conmemora el Día Internacional de los Pueblos Indígenas en reconocimiento a la primera reunión de trabajo de las Naciones Unidas sobre la población indígena que tuvo lugar en Ginebra en 1982.

El 23 de diciembre de 1994, durante el Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo, la Asamblea General decidió, en su resolución A/RES/49/214, que se celebre cada año el Día Internacional de las Poblaciones Indígenas el 9 de agosto. Esa fecha conmemora la celebración de la primera reunión, en 1982, del Grupo de Trabajo sobre Poblaciones Indígenas de la Subcomisión de Prevención de Discriminaciones y Protección a las Minorías.

Conforme a lo solicitado en el documento final de la Conferencia Mundial sobre los pueblos indígenas de 2014, se elaboró un Plan de Acción en 2015 para todo el sistema de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, confeccionado por el Grupo de Apoyo Interinstitucional sobre Cuestiones Indígenas, en consulta con los pueblos indígenas, los Estados miembros de las Naciones Unidas, las agencias de la ONU y otras partes interesadas. Su objetivo es garantizar un enfoque coherente para lograr los objetivos de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, en particular mejorando el apoyo a los Estados Miembros y los pueblos indígenas.[1]

A estos reconocimientos se suman una serie de eventos como la proclamación en 1993 del Año Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo, y el primer Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo, que comenzó el 10 de diciembre de 1994, proclamado en la resolución A/RES/48/163. El objetivo de ambas celebraciones era fortalecer la cooperación internacional para la solución de los problemas con los que se enfrentan las comunidades indígenas en esferas tales como los derechos humanos, el medio ambiente, el desarrollo, la educación y la salud.

Este año 2022 se celebra el Decenio de las Lenguas Indígenas 2022-2032, una iniciativa que encontró impulso gracias a las celebración en 2019 del Año Internacional de las Lenguas Indígenas.

La Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas[2] recoge en 46 artículos una gama extraordinariamente rica en postulados. Afirma, entre otros que, los pueblos indígenas son iguales a todos los demás pueblos y reconoce al mismo tiempo el derecho de todos los pueblos a ser diferentes, a considerarse a mismos diferentes y a ser respetados como tales.

Asimismo, afirma que todos los pueblos contribuyen a la diversidad y riqueza de las civilizaciones y culturas, que constituyen el patrimonio común de la humanidad, y reafirma que, en el ejercicio de sus derechos, los pueblos indígenas deben estar libres de toda forma de discriminación.

Además, reconoce el hecho de que los pueblos indígenas han sufrido injusticias históricas como resultado, entre otras cosas, de la colonización y de haber sido desposeídos de sus tierras, territorios y recursos, lo que les ha impedido ejercer, en particular, su derecho al desarrollo de conformidad con sus propias necesidades e intereses.

Solo por citar algunos artículos, en el numeral primero, se establece que los indígenas tienen derecho, como pueblos o como individuos, al disfrute pleno de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales reconocidos en la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos Humanos y las normas internacionales de derechos humanos.

En el artículo dos, dicta que los pueblos y los individuos indígenas son libres e iguales a todos los demás pueblos y personas y tienen derecho a no ser objeto de ningún tipo de discriminación en el ejercicio de sus derechos, en particular la fundada en su origen o identidad indígenas.

Mientras que, en el artículo cuatro se establece que los pueblos indígenas, en ejercicio de su derecho a la libre determinación, tienen derecho a la autonomía o al autogobierno en las cuestiones relacionadas con sus asuntos internos y locales, así como a disponer de medios para financiar sus funciones autónomas. Además, de que tienen derecho a conservar y reforzar sus propias instituciones políticas, jurídicas, económicas, sociales y culturales, manteniendo, a la vez, su derecho a participar plenamente, si lo desean, en la vida política, económica, social y cultural del Estado.

La Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas cobra una enorme importancia sobre todo en Latinoamérica, por cuanto según datos del año 2010, en esta región existían alrededor de 42 millones de personas indígenas, lo que representa casi el 8 por ciento de la población total. Países como México, Guatemala, Perú y Bolivia tienen las poblaciones más grandes, con más del 80 por ciento del total de la región, es decir, 34 millones.

Sin embargo, los pueblos indígenas continúan enfrentándose a barreras estructurales que limitan su plena inclusión social y económica. Mientras que los pueblos indígenas representan el 8 por ciento de la población en la región, también constituyen aproximadamente el 14 por ciento de los pobres y el 17 por ciento de los extremadamente pobres de América Latina. Aún hoy en día se enfrentan a grandes desafíos para acceder a servicios básicos y adoptar nuevas tecnologías, ambos aspectos claves en sociedades cada vez más globalizadas.

Contrario a la creencia popular, casi la mitad de la población indígena de América Latina vive en zonas urbanas. Pero, incluso en las ciudades, los residentes indígenas a menudo viven en áreas que son menos seguras, menos higiénicas y más propensas a desastres, en comparación con residentes no-indígenas.

Los pueblos indígenas se encuentran entre las poblaciones más desfavorecidas y vulnerables del mundo y la pandemia del covid-19 los afectó de manera desproporcionada, situándolos en un contexto de particular exclusión y marginalidad.

En el caso de Costa Rica, somos un país multicultural y multiétnico, en el que habitan y conviven, entre otras comunidades étnicas, 8 pueblos indígenas (Bribri, Cabécar, Ngöbe, Maleku, Brunca, Teribe, Huetar y Chorotega) distribuidos en 24 territorios indígenas. En el país hay 104.143 personas (52434 hombres/51709 mujeres) que se autoidentifican indígenas, lo que corresponde a un 2,4% del total de habitantes (INEC, 2012).

Para ver la imagen solo en La Gaceta con formato PDF

Según el censo 2011, la población indígena por grupos de edades se compone de 26,1% de población menor de 15 años, 65,1% de población entre 15 y 64 años y 8,8% de población de 65 años y más.

El 72% de la población indígena se encuentra en la zona Atlántica del país conformada por cabecares y bribris. Además, del total de la población indígena del país, un 57,6% reside fuera de los territorios indígenas, normalmente en la periferia de estos. Asimismo, según indica el Índice de Desarrollo Social de 1999, estos pueblos se encuentran en los distritos más deprimidos del país. Por ejemplo, Talamanca concentra cerca del 60% de la población indígena, representando a uno de los tres cantones con mayor índice de pobreza de este país.

En el caso de la Región Brunca, abarca el territorio ubicado en la parte sureste de Costa Rica. Limita con Panamá al este, con el Océano Pacífico al sur y al oeste, y con las regiones Central y Huetar Atlántica al norte.

Está integrada por los cantones Osa, Buenos Aires, Coto Brus, Corredores y Golfito de la provincia de Puntarenas; el cantón Pérez Zeledón de la provincia de San José; y por cuarenta y seis distritos. Su extensión territorial es de 9.528.44 Kms2, un 18,6% del territorio nacional. A nivel cantonal Buenos Aires con la mayor extensión, 25% del área de la Región; y Pérez Zeledón, con el 20%. Posee una población de casi 350,000 personas, de las cuáles el 51,5% son mujeres y 48,5% son hombres.

Dentro de esta región se localizan las Áreas de Conservación Amistad Pacífico (ACLA-P) y el Área de Conservación de Osa (Acosa).

Su territorio contiene paisajes muy diversos: costas oceánicas, montañas y páramo cordillerano. Esta circunstancia hace que su clima también sea muy variado...

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