PROYECTO DE LEY DESAFECTACIÓN DE UN BIEN INMUEBLE PROPIEDAD DE LA MUNICIPALIDAD DE NANDAYURE Y AUTORIZACIÓN PARA QUE LO DONE A LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL  DE PUERTO THIEL DE NANDAYURE

Fecha de publicación29 Marzo 2023
Número de registroIN2023733227
EmisorPoder Legislativo

PROYECTO DE LEY

DESAFECTACIÓN DE UN BIEN INMUEBLE PROPIEDAD

DE LA MUNICIPALIDAD DE NANDAYURE Y AUTORIZACIÓN PARA QUE LO DONE A LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE PUERTO THIEL DE NANDAYURE

Expediente N.° 23.587

ASAMBLEA LEGISLATIVA:

La Municipalidad de Nandayure, en la sesión ordinaria N.° 147 celebrada el 21 de febrero de 2023, acordó solicitar a la Asamblea Legislativa que se desafecte del uso público un bien inmueble matrícula de folio real dos cero nueve seis uno seis triple cero (209616-000) de conformidad con el plano catastrado número G-uno cinco dos tres cuatro cuatro tres-dos cero uno uno (N.° G-1523443-2011), propiedad de la Municipalidad de Nandayure, cédula de personería jurídica número tres-cero uno cuatro-cero cuatro dos uno cero siete (N.° 3-014-042107), esto con el objetivo de que lo done a la Asociación de Desarrollo Integral de Puerto Thiel de Nandayure, Guanacaste, con cédula de persona jurídica número tres-cero cero dos-seis cinco siete dos ocho tres (N.° 3-002-657283) y se destine a facilidades de salón comunal, usos comunales varios y cualquier otra actividad que promueva el desarrollo de la comunidad.

Como se indica en el Código Municipal, las municipalidades pueden donar terrenos a instituciones u organizaciones. En efecto, artículo 71 establece:

Artículo 71- La municipalidad podrá usar o disponer de su patrimonio mediante toda clase de actos o contratos permitidos por este Código y la Ley 7494, Ley de Contratación Administrativa, de 2 de mayo de 1995, que sean idóneos para el cumplimiento de sus fines.

Las donaciones de cualquier tipo de recursos o bienes inmuebles, así como la extensión de garantías a favor de otras personas, solo serán posibles cuando las autorice, expresamente, una ley especial…

La donación del inmueble que se pretende realizar es una iniciativa conjunta de la Municipalidad, los vecinos organizados de la comunidad y la Asociación de Desarrollo Integral de Puerto Thiel, con el fin de traspasar, acondicionar y mejorar en el lugar los usos comunales varios que realiza la comunidad y cualquier otra actividad que promueva el desarrollo.

Por otro lado, la Ley sobre el Desarrollo de la Comunidad (Dinadeco) N.° 3859, el artículo 14 establece:

Declárase de interés público la constitución y funcionamiento de asociaciones para el desarrollo de las comunidades, como un medio de estimular a las poblaciones a organizarse para luchar, a la par de los organismos del Estado, por el desarrollo económico y social del país.

En...

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