PROYECTO DE LEY DESAFECTACIÓN DE USO PÚBLICO DE UN INMUEBLE Y AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO PARA QUE SEGREGUE Y DONE UN INMUEBLE DE SU PROPIEDAD AL ACTUAL POSEEDOR

Fecha de publicación25 Mayo 2023
Número de registroIN2023765093
EmisorPoder Legislativo

PROYECTO DE LEY

DESAFECTACIÓN DE USO PÚBLICO DE UN INMUEBLE

Y AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO

PARA QUE SEGREGUE Y DONE UN INMUEBLE DE SU

PROPIEDAD AL ACTUAL POSEEDOR

Expediente N.° 23.698

ASAMBLEA LEGISLATIVA:

La Municipalidad de Guácimo, ostentaba la titularidad de la finca madre con número de folio real 7-061090-000, cuyo destino lo era la aprobación de beneficiarios para proyecto de vivienda conocido como “Guayacán”. En relación, de dicha finca se segregó la finca 7-157437- 000, con un área de doscientos sesenta y siete metros con quince decímetros cuadrados, descrita mediante plano catastrado L-0458542-1997.

El Concejo Municipal de Guácimo, mediante acuerdo adoptado en sesión ordinaria 46-2000, celebrada el 15 de noviembre del año 2000; por medio del cual aprobó asignar como beneficiaria del proyecto de vivienda a la señora ETELVINA MERCEDES LÓPEZ RIVERA, cédula de identidad 7-0039-0309.

Conforme a lo establecido en el artículo 71 del Código Municipal, las municipalidades podrán usar o disponer de su patrimonio mediante toda clase de actos o contratos permitidos por este Código y la Ley de Contratación Administrativa, que sean idóneos para el cumplimiento de sus fines. Las donaciones de cualquier tipo de recursos o bienes inmuebles, así como la extensión de garantías a favor de otras personas, solo serán posibles cuando las autorice, expresamente, una ley especial. Cuando la donación implique una desafectación del uso o fin público al que está vinculado el bien, se requerirá la autorización legislativa previa.

Cualquier donación a favor de particulares, deberá tramitarse mediante proyecto de ley ante la Asamblea Legislativa, con el fin de obtener la respectiva aprobación.

Por los motivos señalados, me permito presentar a consideración de la señores y señoras diputados y diputadas, el siguiente proyecto de ley.

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

DESAFECTACIÓN DE USO PÚBLICO DE UN INMUEBLE

Y AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO

PARA QUE SEGREGUE Y DONE UN INMUEBLE DE SU

PROPIEDAD AL ACTUAL POSEEDOR

ARTÍCULO 1- Se desafecta del uso público el bien inmueble propiedad de la Municipalidad de Guácimo, cédula de persona jurídica número tres-cero uno cuatro-cero cuatro dos uno dos dos (N.º 3-014-042122), inscrito en el Registro Público, partido de Limón, bajo el sistema de folio real matrícula número uno cinco siete cuatro cuatro dos (N.º 157442), el cual registralmente se describe así: naturaleza terreno de...

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