PROYECTO DE LEY MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 38 DE LA LEY DE CREACIÓN DEL INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL, IMAS, LEY N.° 4760, DE 30 DE ABRIL DE 1971 Y DEL ARTÍCULO 46 DE LA LEY DEL SISTEMA FINANCIERO NACIONAL PARA LA VIVIENDA, N.º 7052, DE 13 DE NOVIEMBRE DE 1986
Fecha de publicación | 11 Noviembre 2019 |
Número de registro | IN2019402170 |
Emisor | Poder Legislativo |
PROYECTO DE LEY
MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 38 DE LA LEY DE
CREACIÓN DEL INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL,
IMAS, LEY N.° 4760, DE 30 DE ABRIL DE 1971 Y DEL
ARTÍCULO 46 DE LA LEY DEL SISTEMA
FINANCIERO NACIONAL PARA LA
VIVIENDA, N.º 7052, DE 13
DE NOVIEMBRE
DE 1986
Expediente N.° 21.667
ASAMBLEA LEGISLATIVA:
Desde su creación, el Instituto Mixto de Ayuda Social se constituyó en uno de los principales soportes del Estado Social de Derecho en nuestro país. Como institución solidaria, destinada a apoyar a las personas en condición de pobreza, ha realizado invaluables aportes para mitigar las necesidades y mejorar con aportes en distintos ámbitos, las condiciones de vida de la población más necesitada y más carente de recursos.
Por otro lado, con la creación del Banco Hipotecario de la Vivienda, Banhvi por medio de la ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda, Ley N.° 7052, de 13 de noviembre de 1986, se gestó una ayuda estatal, primero en la forma de un crédito, para finalmente constituirse en un aporte, a modo de donación, destinado a los núcleos familiares de menores ingresos y carentes de vivienda, con el propósito de permitir el acceso a un patrimonio habitacional que permita a estas personas vivir dignamente.
Específicamente para la población en condición de extrema pobreza, el Banhvi vino a aportar, mediante el mecanismo del bono gratuito para la vivienda, un instrumento eficaz de combate a la situación de desesperanza y postración social, dotando a las familias más necesitadas de una alternativa que les ampare, otorgando condiciones dignas, mediante la donación de un inmueble, para que estas familias en condiciones de vulnerabilidad puedan resolver uno de los rubros que más incide en el presupuesto familiar, el alquiler de un lugar para vivir. En los casos más dramáticos, se trata de personas que carecen de las mínimas condiciones, que viven en lugares prestados, hacinados con otros parientes, en solares o covachas cedidas o que, teniendo un terreno propio, fruto de tiempos mejores, propios o de sus antepasados, se encuentran ahora en circunstancias que les impiden construir una casa digna de ser llamada tal.
El móvil inicial de este proyecto es apoyar a esas familias que están en una condición de necesidad tan dramática que no pueden realizar los trámites para obtener un bono gratuito. Aunque el apoyo público les signifique acceso a una vivienda de más de veinte millones de colones, no cuentan con los doscientos o trescientos mil colones que se requieren para formalizar su solicitud. Particularmente, la elaboración del plano catastrado y el visado municipal se convierten en trincheras infranqueables para esta población, obligada a luchar, día a día, contra el hambre y sin posibilidad de destinar una suma que supera sus ingresos mensuales de sobrevivencia y sin disponer de ninguna capacidad de ahorro, para realizar esos trámites cuyo beneficio excede de sobra el costo previsible. Pensando en esta población que, para ponerlo de manera llana, carece de todo, es que ideamos incorporar en la ley del IMAS la autorización para que la institución supla la falta de...
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