PROYECTO DE LEY REFORMA DEL ARTÍCULO 95 DE LA LEY REGULADORA DEL MERCADO DE VALORES, Nº 7732

Fecha de publicación25 Mayo 2023
Número de registroIN2023769241
EmisorPoder Legislativo

PROYECTO DE LEY

REFORMA DEL ARTÍCULO 95 DE LA LEY REGULADORA DEL MERCADO DE VALORES, Nº 7732

Expediente Nº 23.677

ASAMBLEA LEGISLATIVA:

La Ley Reguladora del Mercado de Valores, N.º 7732, de 17 de diciembre de 1997, estableció el marco legal para regular y ordenar el mercado de valores costarricense. Una de las industrias que más se ha desarrollado gracias a la promulgación de esta ley, ha sido la de fondos de inversión. Antes del año 1997 era una industria incipiente, con muy pocos participantes y con un número limitado de clientes.

Dos décadas después de la promulgación de esa ley, la industria de los fondos de inversión se ha transformado completamente. Es así como al 30 de setiembre del año 2019 alcanza los 3.3 billones de colones administrados, con más de 120 mil participantes.

Los fondos de inversión, o fondos mutuos como se conocen en otros países, son la figura universal mediante la cual las personas que no son expertas en finanzas y que tampoco disponen de grandes capitales pueden acceder al mercado de valores de una forma fácil y de muy bajo costo.

Existen diversos tipos de fondos de inversión, siendo la segmentación más importante la que distingue a los fondos financieros de los no financieros. El primer grupo comprende aquellas figuras que solo invierten en instrumentos financieros, tales como papel comercial, bonos, acciones, entre otros.

El segundo grupo, corresponde a los que invierten en activos no financieros, tales como edificaciones para alquiler, terrenos para producción agrícola y en general, activos con capacidad de generar rentas sin ser de naturaleza financiera.

A nivel internacional, a esta categoría (fondos no financieros) también se les conoce como fondos alternativos. Algunos ubican el inicio de esta categoría en el año 1960 cuando en Estados Unidos, el presidente Eisenhower suscribió una ley que dada beneficios a la inversión inmobiliaria, con la condición de que tuviera una base amplia de propietarios, y donde los pequeños ahorrantes pudieran participar. De esta manera, mientras se promovía la reactivación económica, también se fomentaba la democracia económica y el acceso del pequeño inversionista a este sector. Así nacen los REITS (Real Estate Investment Trust), los que luego comenzaron a replicarse en otros países, con gran suceso, como fondos de inversión inmobiliarios.

En esencia, se trataba de utilizar la figura del ahorro colectivo implícito en los fondos de inversión para que, sobre una base masiva de ahorrantes, compraran un activo real, de forma tal que todos los ingresos de rentas de alquiler y plusvalías que estos generen, pertenecieran y se distribuyeran entre todos los aportantes, incluyendo a pequeños ahorrantes. Desde el año 1960, y hasta el día de hoy, ya no circunscrito a los Estados Unidos, sino...

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