PROYECTO DE LEY TEXTO SUSTITUTIVO

Fecha de publicación29 Marzo 2023
Número de registroIN2023732622
EmisorPoder Legislativo

PROYECTO DE LEY

TEXTO SUSTITUTIVO

Expediente 23.247

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

LEY DE PROTECCIÓN AL PATRIMONIO DEL CASCO CENTRAL DE LA CIUDAD DE GUÁPILES COMO PATRIMONIO HISTÓRICO CULTURAL MATERIAL Y NATURAL DE LA PROVINCIA DE LIMÓN QUE COMPRENDE LA ESCUELA LÍDER CENTRAL DE GUÁPILES, EL PARQUE CENTRAL, LA PLAZA EL SALVADOR Y LAS CENTENARIAS FILAS DE PALMERAS

ARTÍCULO 1.- Especialidad

La presente es una ley de carácter especial.

ARTÍCULO 2.- Declaratoria

Se declara patrimonio histórico cultural material y natural de la provincia de Limón, el casco central de la ciudad de Guápiles, en el cantón Pococí, el cual comprende la Escuela Líder Central de Guápiles, el Parque Central, la Plaza El Salvador y las centenarias filas de palmeras.

ARTÍCULO 3.- Sobre las normas de uso y conservación

Los inmuebles comprendidos en esta ley mantendrán su uso público y naturaleza actuales. Los propietarios, poseedores y titulares de derechos reales sobre esos bienes no podrán modificar esas condiciones y destino originales, con las salvedades que establece esta ley.

En la Escuela Líder Central de Guápiles se podrán hacer todo tipo de mejoras, reparaciones y construcciones útiles y necesarias para su aprovechamiento y la prestación de servicios al público.

La Plaza El Salvador y el Parque Central se seguirán utilizando como espacios urbanos en los que podrán sembrarse plantas y árboles, quedando autorizadas obras destinadas al esparcimiento, el deporte, la cultura y la recreación del público. No se podrán construir edificaciones permanentes destinadas a oficinas, salones de reuniones, comercios o parqueos.

ARTÍCULO 4.- Obligación de solicitar permiso

Los propietarios, poseedores y titulares de derechos reales sobre esos bienes tendrán la obligación de conservarlos en el mejor estado posible. De previo a la ejecución de las obras de mejoras o remodelaciones, deberán gestionar el permiso respectivo ante las autoridades competentes del Ministerio de Cultura y Juventud.

ARTÍCULO 5.- Autorización

Se autoriza a las instituciones públicas a efectuar donaciones e inversiones destinadas a obras o adquisiciones para la protección del patrimonio histórico cultural; que comprende la Escuela Líder Central de Guápiles, el Parque Central, la Plaza El Salvador y las centenarias filas de palmeras.

ARTÍCULO 6.- Ubicación espacial

La ubicación espacial de las áreas declaradas patrimonio mediante la presente ley será: ciudad Guápiles, distrito primero,...

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