PUBLICACIÓN DE UNA VEZ Área de Adquisiciones de Bienes y Servicios AMPLIACIÓN AL TRASLADO DE CARGOS PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO, COBRO DE DAÑOS Y EJECUCIÓN DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO RESOLUCIÓN INICIAL DE TRASLADO DE CARGOS CONTRA: PROYECTO TRESCIENTOS V Y V S.A. CONCURSO: 2015CD-000113-8101 Objeto contractual: ítem 01: “Mantenimiento de áreas de servicios sanitarios y mingitorios de hombres” Ítem 02: Mantenimiento de áreas blancas y grises de la planta Código: 0-03-25-0100

Fecha de publicación30 Julio 2019
Número de registroIN2019366313
EmisorCAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Área de Adquisiciones de Bienes y Servicios

AMPLIACIÓN AL TRASLADO DE CARGOS

PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO,

COBRO DE DAÑOS Y EJECUCIÓN DE LA GARANTÍA

DE CUMPLIMIENTO

RESOLUCIÓN INICIAL DE TRASLADO DE CARGOS

CONTRA: PROYECTO TRESCIENTOS V Y V S.A.

CONCURSO: 2015CD-000113-8101

Objeto contractual: ítem 01: “Mantenimiento de áreas

de servicios sanitarios y mingitorios de hombres”

Ítem 02: Mantenimiento de áreas blancas

y grises de la planta

Código: 0-03-25-0100

Caja Costarricense de Seguro Social, Dirección de Producción Industrial, Área de Adquisiciones de Bienes y Servicios, siete horas y treinta minutos del veinticuatro de julio de dos mil diecinueve.

Quien suscribe, Karla Quesada Saborío, en mi condición de Órgano Director, según oficios DPI-0416-05-2018, DPI-0542-05-19 y DPI-0871-07-19, emitidos por el Ing. Ovidio Murillo Valerio, en su condición de Director de la Dirección de Producción Industrial, se emite ampliación a la resolución inicial de traslado de cargos con el fin de averiguar la verdad real de los hechos, tendiente a determinar la posible ejecución de la garantía de cumplimiento de la empresa Proyecto Trescientos V Y V S.A., cédula jurídica 3-101-631879 dentro de la ejecución contractual de la orden de compra 3138, derivado del concurso 2015CD-000113-8101 para la adquisición de ítem 01: “Mantenimiento de Áreas de Servicios Sanitarios y Mingitorios de Hombres”. Ítem 02Mantenimiento de áreas blancas y grises de la planta”:

I.—Intimación. A efectos de concretar las circunstancias de modo, tiempo y lugar, de las posibles faltas que posteriormente le serán imputadas en grado de probabilidad a la empresa Proyecto Trescientos V Y V S.A., y de conformidad con la prueba que luego se indicará, se tienen por enlistados los siguientes hechos que fundamentan este procedimiento:

1- Participación libre y voluntaria, capacidad de actuar y adjudicación: Que la empresa Proyecto Trescientos V Y V S. A., resultó adjudicataria del concurso 2015CD-000113-8101 para la adquisición ítem 01: “Mantenimiento de áreas de servicios sanitarios y mingitorios de hombres”, ítem 02 “Mantenimiento de áreas blancas y grises de la planta”.

2- Validez, perfeccionamiento y eficacia de la relación contractual: Producto de lo anterior, se suscribió la orden de compra 3138 por un monto ¢45.991.291,08 (cuarenta y cinco millones novecientos noventa y un mil doscientos noventa y un colones con ocho céntimos).

3- Tiempo de Entrega: Con vista en la orden de compra se pactó la entrega de la siguiente manera: “Fecha de entrega: Del 19 al 30 de diciembre de 2015. Garantía Mínima del Producto o Servicio: 24 meses. Garantía Mínima de Funcionamiento 24 meses. Garantía mínima de mano de obra y/o materiales 24 meses (…)”.

4- Presuntos incumplimientos (responsabilidad administrativa): Que con vista en el legajo de ejecución contractual levantado al efecto se verificaron los siguientes incumplimientos en la ejecución del presente contrato:

a) Mediante oficio LSPI-904-08-2016 de fecha 09 de agosto de 2016, el Lic. German Mathurin Peart Jefe de la Subárea de Mantenimiento del Laboratorio de Soluciones Parenterales, emitió el recibido conforme señalando: “(…) Nota: Se hace aclaración que el proyecto debió ser entregado máximo el 02 de enero de 2016, todo conforme a acta del 30/12/2015, firmada entre las partes, sin embargo las obras fueron entregadas de conformidad al cumplir con todos los requerimientos estipulados en el pliego cartelario, hasta el día 09 de agosto de 2016, por lo que tiene un atraso de 219 días naturales, favor proceder con las aplicaciones de las cláusulas penales establecidas a nivel institucional. Así como considerar para lo pertinente, que los días 04 y 05 de enero 2016, no se logró la gestión de manufactura ordinaria del Laboratorio, debido a inconvenientes en las obras del ítem 01 “Mantenimiento de Áreas de Servicios Sanitarios y Mingitorios de Hombres” (folio 07 del legajo de ejecución contractual).

b) Mediante oficio LSP-1282-2016 del 17 de noviembre de 2016, el Ingeniero Randall Herrera Muñoz, hace saber a la empresa: “(…) se me reporta varios inconvenientes a la fecha, en las obras contratadas según trámite 2015CD-000113-8101/OC3138, realizadas por la empresa Proyecto 300 V y V S.A., en las cuales se resalta las siguientes condiciones: * Levantamiento y/o desprendimiento severos de capas de pintura en superficies de pared y acabado epóxico de rodapié, en áreas blancas y grises del Laboratorio Soluciones Parenterales. * Deformación en acabado epóxico de los pisos en las áreas de llenado, embolse, tanques, exclusas tanques, marmita, fraccionamiento e impresión. Estas condiciones de infraestructura, que se presentan actualmente son consideradas no conformidades críticas, según Buenas Prácticas de Manufactura, para la producción de soluciones parenterales de gran volumen. Dado a los elementos anteriores y considerando que las obras le fueron recibidas conforme en agosto 2016, así como que la garantía de las obras, mano de obra y materiales es de 24 meses, tal como lo indica la OC 3138, le solicito proceder a coordinar en forma prioritaria todas las acciones pertinentes para atender estas no conformidades, en el periodo del 17 al 30 de diciembre de 2016, con el Ing. German Mathurin Peart, como responsable designado de nuestra parte de la ejecución contractual.” (folios 12 y 13 del legajo de ejecución contractual).

c) Mediante oficio LSPI-1301-11-2016 los funcionarios Dr. Gerardo Alvarado Sibaja, Dr. Kenneth Barrantes S. Regente y Lic. German Mathurin Peart Jefe Subárea de Mantenimiento, remiten al Ing. Herrera Muñoz reporte de daños en infraestructura de producción (folio 14 y 15 del legajo de ejecución contractual).

d) El Jefe del Laboratorio de Soluciones Parenterales mediante oficio LSP-1322-2016 de fecha 28 de noviembre de 2016, le reitero a la empresa Representaciones Proyecto 300 V y V S. A., lo siguiente: “(…) Como complemento a oficio LSP-1282-2016, le reitero que se reporta varios inconvenientes a la fecha, en las obras contratadas según trámite de compra 2015CD-000113-8101/OC3138, realizadas por la empresa Proyecto 300 V y V S.A., por lo que le solicito proceder a coordinar en forma prioritaria todas las acciones pertinentes para atender las no conformidades, en el periodo del 17 al 30 de diciembre 2016, con el Ing. Germán Mathurin (…)” (folio 16 del legajo de ejecución contractual).

e) El jefe del Laboratorio de Soluciones Parenterales mediante oficio LSPI-1432-2016 de fecha 16 de diciembre de 2016, autorizó el ingreso de personal de la empresa Proyecto 300 V y V, al laboratorio para efectuar obras varias (folio 19 del legajo de ejecución contractual).

f) Consta a folio 20 del legajo de ejecución contractual el acta administrativa LSPI-001-2017, en la cual se manifiesta que, de...

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