QUINTO PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO DEL 2022 Y QUINTA MODIFICACIÓN LEGISLATIVA DE LA LEY N.° 10.103, LEY DE PRESUPUESTO ORDINARIO Y EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO 2022

Número de Iniciativa23482
Expiration Date24 Noviembre 2026
Fecha de publicación01 Diciembre 2022
Fecha de presentación24 Noviembre 2022
Autor de la iniciativaEjecutivo Poder,Manuel Esteban Morales Díaz
Tipo de proyectoPROCEDIMIENTO PRESUPUESTOS (ORDINARIOS, EXTRAORDINARIOS Y MODIFICACIONES)

PROYECTO DE LEY

QUINTO PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA Y QUINTA

MODIFICACIÓN LEGISLATIVA QUE MODIFICA LA LEY N.º 10103, LEY DE

PRESUPUESTO ORDINARIO Y EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA

EL EJERCICIO ECONÓMICO 2022

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Expediente No._________

Contenido

1

.

.

Presentación ............................................................................................................................. 2

Presupuesto Extraordinario (Ingresos y financiamiento) ................................................... 6

2

2

2

2

.1

Ingresos corrientes........................................................................................................ 6

Ingresos Extraordinarios Internos........................................................................... 12

Ingresos Extraordinarios Externos ......................................................................... 13

.2

.3

3.

Presupuesto Extraordinario (Egresos)................................................................................ 16

3.1

Detalle de los aumentos de gasto por institución............................................... 17

3.2

Detalle de las rebajas incluidas en cumplimiento de las normas de

ejecución 10 y 11 del artículo 7 de la Ley N.º 10103 ....................................................... 25

3.3 Detalle de otras rebajas incluidas en el artículo 2 del proyecto...................... 37

4.

5.

6.

7.

Modificación presupuestaria (traslado de partidas)................................................... 39

Verificación de la Regla fiscal........................................................................................... 52

Detalle de puestos eliminados.......................................................................................... 54

Incorporación de una norma de ejecución para el Icoder......................................... 55

1



1

.

Presentación

El presente proyecto de ley se conforma de un presupuesto extraordinario y una

modificación presupuestaria que requiere aprobación legislativa. Desde la

perspectiva de los ingresos y el financiamiento, el presupuesto extraordinario

incorpora ingresos corrientes, contempla rebajos y aumentos en el financiamiento

interno e incorpora recursos externos. Por el lado del gasto el presupuesto

extraordinario refleja, entre otros aspectos, la rebaja del contenido de plazas

vacantes del primer semestre del ejercicio económico de 2022 y, con recursos

externos, se financian los fines establecidos por ley (cambio de fuentes por apoyo

presupuestario) así como obligaciones de la administración, particularmente

asociados al convenio MEP CCSS. Con la modificación presupuestaria se

atienden las necesidades de traslados presupuestarios requeridos por varios títulos

presupuestarios para el cierre del presente año.

El proyecto de ley se conforma de cinco artículos:

1

2

.

.

Aumento de ingresos corrientes, rebajos y aumentos en el financiamiento

interno,así como la incorporación de recursos externos.

Rebaja del gasto que corresponden al ahorro producto de la aplicación de

los numerales 10 y 11 del artículo 7 de la Ley N.o 10.103 y otros

movimientos de rebaja. También contempla la inclusión de nuevos gastos

correspondientes a ingresos corrientes que se incorporan, así como el

cambio en las fuentes de financiamiento.

3

.

Modificación presupuestaria que comprende el traslado de partidas entre

programas de nueve títulos presupuestarios.

4

.

.

Eliminación de puestos

5

Norma presupuestaria del Icoder

Entre otros propósitos del proyecto de ley, tal y como se mencionó previamente, se

contempla el cumplimiento a la norma 10 del artículo 7-Normas de ejecución

2



presupuestarias de la Ley N.° 10103 y sus reformas, que en lo que interesa

establece:

[…] La totalidad del contenido presupuestario de toda plaza vacante no

utilizada en los ministerios y sus órganos desconcentrados, durante el

primer semestre de 2022, deberá ser rebajado antes del 30 de julio de

2

022, mediante presupuesto extraordinario aprobado por la Asamblea

Legislativa. Los recursos liberados del presupuesto deberán ser utilizados

en el servicio de la deuda, dando prioridad a aquella de más alto costo.

[…]

El ahorro generado por el contenido presupuestario producto del periodo de

vacancia en que estuvieron los puestos del Poder Ejecutivo durante el primer

semestre del año totaliza 14.920.747.874,90 (Catorce mil novecientos veinte

millones setecientos cuarenta y siete mil ochocientos setenta y cuatro colones con

noventa céntimos).

Asimismo, este proyecto incorpora recursos por un monto de 147.620.666,68

(Ciento cuarenta y siete millones seiscientos veinte mil seiscientos sesenta y seis

colones con sesenta y ocho céntimos) que devienen del cumplimiento de la norma

1

1 del artículo 7 ya citado, que en lo que interesa establece:

Durante el año 2022, todos los órganos que conforman el presupuesto

nacional estarán obligados a realizar, durante el primer trimestre del año,

una evaluación de costo-beneficio de los alquileres de edificios, locales y

terrenos sufragados mediante la subpartida 10101. Esta evaluación será

enviada a la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria del

Ministerio de Hacienda, a fin de realizar el control del gasto presupuestario

y valorar cuáles de estos pueden ser reducidos.

En caso de que el costo-beneficio sea negativo para la administración, los

jerarcas estarán obligados a realizar las gestiones para la renegociación

3



de los contratos y, en caso de ser posible, realizarla y renovar el contrato

e informar a dicha Secretaría Técnica.

[…].

El Ministerio de Hacienda, por medio de la Dirección General de

Presupuesto Nacional (DGPN), deberá incluir los ahorros obtenidos por

estos procesos de renegociación para que sean reflejados

presupuestariamente, con el cambio de fuente de financiamiento.

[…]

Los ahorros producto de las normas 10 y 11 conllevan a una rebaja del presupuesto

por un total de 15.068.368.541,58 (Quince mil sesenta y ocho millones trescientos

sesenta y ocho mil quinientos cuarenta y un colones con cincuenta y ocho

céntimos).

El presente proyecto de ley también incorpora recursos externos provenientes de

seis fuentes de financiamiento que corresponden a los créditos: BIRF N.º 9279-CR,

Segundo Préstamo para Políticas de Desarrollo para la Gestión Fiscal y

Descarbonización, Ley N.º 10207 (FF542) por un monto de 18.639.000.000,00

(Dieciocho mil seiscientos treinta y nueve millones de colones sin céntimos); y AFD

N.º CCR 1025 01L, “Programa de Apoyo Presupuestario basado en políticas para

Implementar la trayectoria sostenible e inclusiva de Costa Rica”, Ley N.º 10233

(FF665) por un monto de 9.162.621.750,00 (Nueve mil ciento sesenta y dos

millones seiscientos veintiún mil setecientos cincuenta colones sin céntimos); así

como a los cuatro créditos sujetos a la aprobación del Expediente N.º 23209.

Reforma al Inciso B) del Artículo 2 de la Ley N.º 10002 “Aprobación del

Financiamiento con el Fondo Monetario Internacional a través de la Facilidad de

Servicio Ampliado del Fondo (Saf) para el Programa de Apoyo para la Recuperación

Pospandemia y la Consolidación Fiscal; que son: BC...

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