QUINTO PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO DEL 2022 Y QUINTA MODIFICACIÓN LEGISLATIVA DE LA LEY N.° 10.103, LEY DE PRESUPUESTO ORDINARIO Y EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO 2022
Número de Iniciativa | 23482 |
Expiration Date | 24 Noviembre 2026 |
Fecha de publicación | 01 Diciembre 2022 |
Fecha de presentación | 24 Noviembre 2022 |
Autor de la iniciativa | Ejecutivo Poder,Manuel Esteban Morales Díaz |
Tipo de proyecto | PROCEDIMIENTO PRESUPUESTOS (ORDINARIOS, EXTRAORDINARIOS Y MODIFICACIONES) |
PROYECTO DE LEY
QUINTO PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA Y QUINTA
MODIFICACIÓN LEGISLATIVA QUE MODIFICA LA LEY N.º 10103, LEY DE
PRESUPUESTO ORDINARIO Y EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA
EL EJERCICIO ECONÓMICO 2022
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Expediente No._________
Contenido
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Presentación ............................................................................................................................. 2
Presupuesto Extraordinario (Ingresos y financiamiento) ................................................... 6
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2
2
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.1
Ingresos corrientes........................................................................................................ 6
Ingresos Extraordinarios Internos........................................................................... 12
Ingresos Extraordinarios Externos ......................................................................... 13
.2
.3
3.
Presupuesto Extraordinario (Egresos)................................................................................ 16
3.1
Detalle de los aumentos de gasto por institución............................................... 17
3.2
Detalle de las rebajas incluidas en cumplimiento de las normas de
ejecución 10 y 11 del artículo 7 de la Ley N.º 10103 ....................................................... 25
3.3 Detalle de otras rebajas incluidas en el artículo 2 del proyecto...................... 37
4.
5.
6.
7.
Modificación presupuestaria (traslado de partidas)................................................... 39
Verificación de la Regla fiscal........................................................................................... 52
Detalle de puestos eliminados.......................................................................................... 54
Incorporación de una norma de ejecución para el Icoder......................................... 55
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1
.
Presentación
El presente proyecto de ley se conforma de un presupuesto extraordinario y una
modificación presupuestaria que requiere aprobación legislativa. Desde la
perspectiva de los ingresos y el financiamiento, el presupuesto extraordinario
incorpora ingresos corrientes, contempla rebajos y aumentos en el financiamiento
interno e incorpora recursos externos. Por el lado del gasto el presupuesto
extraordinario refleja, entre otros aspectos, la rebaja del contenido de plazas
vacantes del primer semestre del ejercicio económico de 2022 y, con recursos
externos, se financian los fines establecidos por ley (cambio de fuentes por apoyo
presupuestario) así como obligaciones de la administración, particularmente
asociados al convenio MEP – CCSS. Con la modificación presupuestaria se
atienden las necesidades de traslados presupuestarios requeridos por varios títulos
presupuestarios para el cierre del presente año.
El proyecto de ley se conforma de cinco artículos:
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2
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Aumento de ingresos corrientes, rebajos y aumentos en el financiamiento
interno,así como la incorporación de recursos externos.
Rebaja del gasto que corresponden al ahorro producto de la aplicación de
los numerales 10 y 11 del artículo 7 de la Ley N.o 10.103 y otros
movimientos de rebaja. También contempla la inclusión de nuevos gastos
correspondientes a ingresos corrientes que se incorporan, así como el
cambio en las fuentes de financiamiento.
3
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Modificación presupuestaria que comprende el traslado de partidas entre
programas de nueve títulos presupuestarios.
4
.
.
Eliminación de puestos
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Norma presupuestaria del Icoder
Entre otros propósitos del proyecto de ley, tal y como se mencionó previamente, se
contempla el cumplimiento a la norma 10 del artículo 7-Normas de ejecución
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presupuestarias de la Ley N.° 10103 y sus reformas, que en lo que interesa
establece:
“
[…] La totalidad del contenido presupuestario de toda plaza vacante no
utilizada en los ministerios y sus órganos desconcentrados, durante el
primer semestre de 2022, deberá ser rebajado antes del 30 de julio de
2
022, mediante presupuesto extraordinario aprobado por la Asamblea
Legislativa. Los recursos liberados del presupuesto deberán ser utilizados
en el servicio de la deuda, dando prioridad a aquella de más alto costo.
[…]”
El ahorro generado por el contenido presupuestario producto del periodo de
vacancia en que estuvieron los puestos del Poder Ejecutivo durante el primer
semestre del año totaliza ₡14.920.747.874,90 (Catorce mil novecientos veinte
millones setecientos cuarenta y siete mil ochocientos setenta y cuatro colones con
noventa céntimos).
Asimismo, este proyecto incorpora recursos por un monto de ₡147.620.666,68
(Ciento cuarenta y siete millones seiscientos veinte mil seiscientos sesenta y seis
colones con sesenta y ocho céntimos) que devienen del cumplimiento de la norma
1
1 del artículo 7 ya citado, que en lo que interesa establece:
“Durante el año 2022, todos los órganos que conforman el presupuesto
nacional estarán obligados a realizar, durante el primer trimestre del año,
una evaluación de costo-beneficio de los alquileres de edificios, locales y
terrenos sufragados mediante la subpartida 10101. Esta evaluación será
enviada a la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria del
Ministerio de Hacienda, a fin de realizar el control del gasto presupuestario
y valorar cuáles de estos pueden ser reducidos.
En caso de que el costo-beneficio sea negativo para la administración, los
jerarcas estarán obligados a realizar las gestiones para la renegociación
3
de los contratos y, en caso de ser posible, realizarla y renovar el contrato
e informar a dicha Secretaría Técnica.
[…].
El Ministerio de Hacienda, por medio de la Dirección General de
Presupuesto Nacional (DGPN), deberá incluir los ahorros obtenidos por
estos procesos de renegociación para que sean reflejados
presupuestariamente, con el cambio de fuente de financiamiento.
[…]”
Los ahorros producto de las normas 10 y 11 conllevan a una rebaja del presupuesto
por un total de ₡15.068.368.541,58 (Quince mil sesenta y ocho millones trescientos
sesenta y ocho mil quinientos cuarenta y un colones con cincuenta y ocho
céntimos).
El presente proyecto de ley también incorpora recursos externos provenientes de
seis fuentes de financiamiento que corresponden a los créditos: BIRF N.º 9279-CR,
Segundo Préstamo para Políticas de Desarrollo para la Gestión Fiscal y
Descarbonización, Ley N.º 10207 (FF542) por un monto de ₡18.639.000.000,00
(Dieciocho mil seiscientos treinta y nueve millones de colones sin céntimos); y AFD
N.º CCR 1025 01L, “Programa de Apoyo Presupuestario basado en políticas para
Implementar la trayectoria sostenible e inclusiva de Costa Rica”, Ley N.º 10233
(FF665) por un monto de ₡9.162.621.750,00 (Nueve mil ciento sesenta y dos
millones seiscientos veintiún mil setecientos cincuenta colones sin céntimos); así
como a los cuatro créditos sujetos a la aprobación del Expediente N.º 23209.
“Reforma al Inciso B) del Artículo 2 de la Ley N.º 10002 “Aprobación del
Financiamiento con el Fondo Monetario Internacional a través de la Facilidad de
Servicio Ampliado del Fondo (Saf) para el Programa de Apoyo para la Recuperación
Pospandemia y la Consolidación Fiscal”; que son: BC...
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