RADIOGRÁFICA COSTARRICENSE S. A.

Fecha de publicación18 Febrero 2020
Número de registroIN2020435543
EmisorAVISOS

RADIOGRÁFICA COSTARRICENSE S. A.

Con fundamento en el acuerdo tomado por la Junta Directiva, en el artículo 7° de la sesión ordinaria N° 2254 celebrada el 22 de enero del 2020, se aprueba el Reglamento de Comisiones de Adquisiciones de Radiográfica Costarricense S. A., de la siguiente manera:

REGLAMENTO DE COMISIÓN DE ADQUISICIONES

DE RADIOGRÁFICA COSTARRICENSE S. A.

1. Objetivo. Regular el funcionamiento y potestades de la Comisión de Adquisiciones, para conocer y resolver los procedimientos y trámites de contratación de RACSA, incluyendo las adjudicaciones e impugnaciones contra el acto de adjudicación de las contrataciones de bienes y servicios, superiores al millón de dólares (US$1.000.000,00).

2. Alcance. El presente Reglamento será de aplicación general y obligatoria para todos los funcionarios involucrados con el proceso de adquisición de bienes y servicios.

3. Abreviaturas:

RACSA: Radiográfica Costarricense S. A.

ICE: Instituto Costarricense de Electricidad.

4. Definiciones:

Ad Hoc: Nombramiento de un colaborador para un caso específico por razones calificadas.

Adquisiciones: Procesos de compra de bienes y servicios que realice RACSA.

Peritaje: Estudio técnico o profesional emitido por un especialista en un tema específico con sujeción a lo dispuesto por la ley.

Voto de calidad: Potestad que ostenta el presidente del Órgano Colegiado en caso de empate, en cuyo caso el voto de dicho miembro es doble.

5. Responsabilidades:

Junta Directiva

Aprobar el Reglamento de la Comisión de Adquisiciones RACSA, así como sus modificaciones y actualizaciones.

Vigilar la gestión de la Comisión de Adquisiciones de RACSA, lo cual hará mediante un sistema de control interno.

Gerencia General:

Elevar para aprobación en Junta Directiva la propuesta del Reglamento de la Comisión de Adquisiciones de RACSA.

Comisión de Adquisiciones:

Ejecutar, conocer y resolver los diferentes procedimientos de compra de toda índole de RACSA.

Velar por la correcta aplicación del Reglamento en toda la Empresa.

Realizar una revisión anual del Reglamento para determinar si el mismo requiere modificaciones.

Estrategia y Transformación Digital:

Revisar desde el ámbito de su competencia el Reglamento.

Es responsable de la inclusión, modificación, control de cambios y aprobaciones que se le realicen al Reglamento, así como de custodiar la última versión oficial aprobada del documento.

6. Documentos de referencia:

Ley de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del Sector de Telecomunicaciones N° 8660 y su Reglamento.

Reglamento para los Procesos y Adquisición de las Empresas del ICE.

Ley General de la Administración Pública.

7. Reglamento de la Comisión de Adquisiciones RACSA

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

SECCIÓN I

De la Comisión de Adquisiciones

Artículo 1ºDe la Comisión de Adquisiciones. La Comisión de Adquisiciones es el órgano competente por delegación de la Junta Directiva de RACSA para conocer y resolver los diferentes procedimientos y trámites de contratación de RACSA, incluyendo las adjudicaciones, impugnaciones contra el acto de adjudicación de las contrataciones de bienes y servicios cuyo monto sea superior a un millón de dólares (US$1.000.000,00) o su equivalente en otra moneda. Se excluye de este Reglamento, aquellas contrataciones conjuntas en la que serán competencia de la Junta de Adquisiciones del ICE/Corporativa, así como las prórrogas previamente pactadas en el Cartel.

Artículo 2ºIntegración. La Comisión de Adquisiciones estará integrada por cinco miembros, con voz y voto: El Gerente General o su representante, que será nombrado por la Junta Directiva, quien actuará como presidente de la Comisión, el Director(a) Administrativo, Director(a) Financiero, el Jefe de la Proveeduría y el Director de Operaciones. Como asesor de la Comisión fungirá el director(a) de la Dirección Jurídica Regulatoria o quien éste(a) designe, quien tendrá voz, pero no voto. Además, participará en la Comisión de Adquisiciones el jefe del área que promueve la contratación, quien asistirá con voz, pero sin voto.

La asistencia a las sesiones de comisión será obligatoria y únicamente se podrá excusar por motivos de viaje, incapacidad, vacaciones u otra muy calificada, previa autorización del Presidente de la Comisión. El titular será sustituido por quien esté nombrado como suplente, por parte del Presidente del Órgano Colegiado.

La Comisión de Adquisiciones podrá convocar a sus sesiones o pedir informes o peritajes a cualquier dependencia de RACSA, cuando así lo requiera.

Artículo 3ºDeberes de la Comisión. Son deberes de la Comisión de Adquisiciones:

3.1 Ejecutar los diferentes procedimientos y trámites de compra de todo tipo de contrataciones de bienes y servicios en los concursos de adquisición y contrataciones de excepción de RACSA.

3.2 Ejecutar los procedimientos y trámites de las adjudicaciones e impugnaciones contra el acto de adjudicación.

3.3 Adjudicar los procesos de adquisición superiores a un millón de dólares (US$1.000.000,00) o su equivalente en otra moneda.

3.4 Proponer cuando corresponda a la Junta Directiva de RACSA, modificaciones al presente Reglamento.

3.5 Proponer cambios en la normativa interna de compras de RACSA y aprobar los procedimientos internos que regulen el funcionamiento de la Comisión.

3.6 Cualquier otra que en razón de su naturaleza le corresponda o le delegue la Junta Directiva.

Artículo 4ºDeberes de los Miembros de la Comisión. Son deberes de los miembros de la Comisión de Adquisiciones de RACSA:

4.1 Asistir a las sesiones ordinarias y extraordinarias que ésta celebre.

4.2 Justificar debidamente la inasistencia a las sesiones.

4.3 Votar los asuntos sometidos a su consideración y razonar su voto cuando lo considere necesario.

4.4 Ejecutar y rendir informes sobre asuntos especialmente solicitados por la Comisión de Adquisiciones de RACSA.

4.5 Abstenerse de votar en asuntos en donde tenga interés directo o algún familiar, conforme lo determine el Régimen de Prohibiciones.

4.6 Firmar las minutas de cada sesión.

Artículo 5ºFacultades de los Miembros de la Comisión. Son atribuciones de los miembros de la Comisión de Adquisiciones de RACSA:

5.1 Exponer y presentar oportunamente proyectos, proposiciones, sugerencias y mociones sobre asuntos que se sometan a su conocimiento que sean de interés para RACSA, así como solicitar la revisión, revocatoria o anulación de algún acuerdo.

5.2 Hacer constar en la minuta, el voto negativo con el respectivo razonamiento del mismo.

5.3 Coordinar, cuando lo considere necesario en razón de la trascendencia del asunto a discutir, o bien de la especialidad de la materia, un asesor ad hoc, que asista a la sesión para que participe en la discusión y esté disponible para atender las consultas que sobre el tema tuvieren los miembros.

5.4 Cuando lo considere necesario en razón de la trascendencia del asunto a discutir, o bien de la especialidad de la materia a tratar, podrá solicitar a un funcionario de RACSA, que asista a la sesión para que exponga, y esté disponible para atender las consultas que sobre el tema tuvieren los miembros.

SECCIÓN II

Del Presidente de la Comisión

Artículo 6ºFacultades y deberes del Presidente. Son facultades y deberes del Presidente, los siguientes:

6.1 Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias que se celebren.

6.2 Aprobar el orden del día.

6.3 Abrir, declarar recesos, suspender y levantar cuando lo considere pertinente las sesiones por causa justificada.

6.4 Ejecutar los acuerdos que se dicten.

6.5 Someter a votación los asuntos conocidos por la Comisión, computar los votos, declarar la aprobación o rechazo de los asuntos, hacer aclaraciones y posposiciones. Dirigir la discusión de los asuntos sometidos al conocimiento de la Comisión.

6.6 Velar porque se cumpla el orden del día de la agenda de cada sesión. Conceder la palabra en el orden solicitado por cada miembro, salvo que se trate de una moción de orden, en cuyo caso se le concederá la palabra al solicitante inmediatamente después de que finalice quien tuviera el uso de la palabra en ese momento.

6.7 Aplicar las medidas disciplinarias pertinentes cuando sea necesario, mantener el orden y seguridad de las sesiones y sus miembros.

6.8 Resolver cualquier asunto de empate sometido a aprobación de la Comisión, para cuyo caso tendrá voto de calidad.

6.9 Velar por la buena administración interna de los acuerdos que saldrían de las resoluciones que por competencia tengan que emitir.

6.10 Dirigir la discusión de los asuntos sometidos a conocimiento de la Comisión.

SECCIÓN III

De la Secretaría

Artículo 7ºPersonal de Asistencia de los Miembros de la Comisión. Con el fin de apoyar el desempeño en su función, la Comisión de Adquisiciones contará con el apoyo de la Secretaría de la Junta Directiva de RACSA.

Artículo 8ºSon deberes de la Secretaría:

8.1 Convocar formalmente a los miembros de Comisión a las sesiones.

8.2 Poner a disposición en el sitio web o enviar mediante correo electrónico, los documentos que sustentan el orden del día en los plazos establecidos para las convocatorias.

8.3 Remitir la documentación que, por su contenido, no sean incluida en la agenda para conocimiento de la Comisión, esto a su criterio.

8.4 Ejecutar las tareas y funciones que específicamente se le asignen.

8.5 Redactar las minutas de las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Comisión de Adquisiciones y hacer los ajustes y correcciones que formulen los miembros de la Comisión.

8.6 Preparar de forma conjunta con el Presidente, las agendas de los asuntos a tratar en las sesiones de la Comisión.

8.7 Comunicar oportunamente los acuerdos y resoluciones dictados por la Comisión de Adquisiciones.

8.8 Dirigir y coordinar los asuntos de la Secretaría, informando periódicamente al Presidente o a la Comisión, la marcha de los asuntos que le hayan sido encomendados.

8.9 Custodiar el Libro Oficial que contenga las minutas de las sesiones celebradas.

8.10 Velar porque se cuente con los recursos y...

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