REFORMA AL ARTÍCULO 11 DE LA LEY N° 4286, “NOMBRAMIENTO COMISIONES DE FESTEJOS POPULARES” DE 17 DE DICIEMBRE DE 1968, Y SUS REFORMAS

Fecha de publicación31 Agosto 2022
Número de registroIN2022671740
EmisorPoder Legislativo

REFORMA AL ARTÍCULO 11 DE LA LEY N° 4286,

“NOMBRAMIENTO COMISIONES DE FESTEJOS POPULARES” DE 17 DE DICIEMBRE DE 1968,

Y SUS REFORMAS

Exp. 22.316

ARTÍCULO ÚNICO- Se modifica el artículo 11 de la Ley 4286, de 17 de diciembre de 1968, denominada Nombramiento Comisiones de Festejos Populares, y sus reformas, para que de ahora en adelante se lea de la siguiente manera:

ARTÍCULO 11.-De las utilidades que generen los festejos populares del Cantón Central de San José, un cincuenta por ciento (50%) deberá ser destinado a obras comunales y sociales en todos los distritos del Cantón Central de San José, de forma que correspondan a beneficio específico de las personas menores de edad en condición de vulnerabilidad mediante programas municipales.

Rige a partir de su publicación.

Dip. Horacio Alvarado Bogantes

Presidente

Comisión Permanente Especial de Asuntos

Municipales y Desarrollo Local Participativo

1 vez.—Exonerado.—( IN2022671740).

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR