Reforma Integral Reglamento del Comité de Auditoría, de 15 de Enero de 2013

EmisorJunta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional

JUNTA DE PENSIONES Y JUBILACIONES DEL

MAGISTERIO NACIONAL

La Junta Directiva de esta Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional en sesión ordinaria Nº 004-2013, celebrada el 15 de enero del presente, aprobó la modificación del presente Reglamento, el cual debe leerse de la siguiente manera:

REGLAMENTO DEL COMITÉ DE AUDITORÍA

De conformidad con las disposiciones del Reglamento de Gobierno Corporativo SUGEF, SUGEVAL, SUPEN y SUGESE, se dicta el siguiente Reglamento del Comité de Auditoría de

la Institución :

Artículo 1º—De su naturaleza, constitución y sus informes. El Comité de Auditoría fungirá como un órgano de apoyo para el control y seguimiento de las políticas, procedimientos y controles que se establezcan por parte de

la Administración y

la Junta Directiva , con respecto al Régimen de Capitalización Colectiva (RCC).

Artículo 2º—De la integración e instalación. El Comité estará conformado por cuatro Directores,

designados por

la Presidencia de Junta Directiva, de acuerdo con las facultades establecidas en el artículo 36 del Reglamento de Organización y Funcionamiento. Además de un miembro especializado en el área financiero contable que deberá al menos poseer el grado académico de licenciado(a) en el área de administración de negocios o contaduría pública, y una experiencia mínima de cinco años, el cual podrá

ser un funcionario o miembro externo. Este último será designado por el Director Ejecutivo.

Estos miembros serán designados por períodos de un año. Tres directores, constituirán el quórum exigido para sesionar válidamente y lo harán al menos cada tres meses. Asimismo, en su primera sesión, deberán designar un Coordinador que necesariamente será un miembro Director, quien fungirá como relator ante el Cuerpo Colegiado.

El Director Ejecutivo y el Auditor Interno podrán integrar este Comité sólo con derecho a voz.

Artículo 3º—Del coordinador y los miembros. Corresponderá al Coordinador dirigir el Comité, preparar la agenda, así como abrir, presidir y cerrar las sesiones y conceder el uso de la palabra a los miembros de Junta Directiva y personal administrativo. Asimismo,

deberá ordenar y supervisar la confección y contenido de los informes de remisión al plenario.

Por su parte corresponderá a los miembros del Comité, asistir a las sesiones y hacer uso de la palabra para referirse a los asuntos en discusión en la forma establecida por el Coordinador. Podrán presentar por escrito o verbalmente propuestas y peticiones de...

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