Reforma Procedimiento ECA-MC-P18 Política para uso de logotipo ECA y símbolo de acreditación Versión 09, de 20 de Abril de 2018

EmisorEnte Costarricense de Acreditación

ENTE COSTARRICENSE DE ACREDITACIÓN

El Ente Costarricense de Acreditación (ECA), en cumplimiento de la Ley 8279 Ley del Sistema Nacional de la Calidad, dan a conocer la publicación de la modificación de los siguientes documentos, de la siguiente manera:

P rocedimiento

Ve rsión ac tual

Ve rsión Pub licada

Fech a de emisión

Fech a de entrada e n vigencia en el s istema de ges tión del ECA

ECA-MC-P18

Política para uso de logotipo ECA y símbolo de

acreditación

08

09

A partir de su publicación en el diario oficial la Gaceta.

A partir de su publicación en el diario oficial la Gaceta.

Los documentos descritos se encuentran a disposición de los interesados en la página electrónica www.eca.or.cr/ http:// www.eca.or.cr/docs.php; así mismo puede solicitar el envío de manera electrónica o solicitar gratuitamente una copia no contralada en la Gestoría de Calidad en las oficinas centrales del ECA ubicadas en San José, Barrio Don Bosco, avenida 02 y calle 32, contiguo a la Embajada de España, en horario de lunes a viernes de 8:00 horas a 16:00 horas.-San José, 20 de abril del 2018.

(Nota de Sinalevi: La presente norma se extrajo del sitio web del Ente Costarricense de Acreditación, por lo que se transcribe a continuación:)

TABLA DE CONTENIDO

1 OBJETIVO .......................................................................................................................................... 1

2 ALCANCE ........................................................................................................................................... 1

3 DEFINICIONES .................................................................................................................................. 2

4 USO DEL SÍMBOLO DE ACREDITACIÓN DEL ECA PARA LOS OEC CON ACREDITACIÓN VIGENTE ...................................................................................................................... 2

5 RESTRICCIONES DE USO DE SÍMBOLO DE ACREDITACIÓN Y LOGOTIPO DEL ECA .. 4

6 RESTRICCIONES SOBRE LAS DECLARACIONES DEL ESTADO DE ACREDITACIÓN ... 7

7 USO DE LOGOTIPO ECA, AUTORIZACIÓN ESPECIAL ........................................................... 7

8 FORMA Y COLOR DEL LOGOTIPO ECA ..................................................................................... 8

9 SÍMBOLO DE ACREDITACIÓN DEL ECA ..................................................................................... 9

10 SEGUIMIENTO Y SANCIONES ................................................................................................ 10

11 MARCAS COMBINADAS ............................................................................................................ 11

12 IDENTIFICACIÓN DE CAMBIOS ............................................................................................... 14

13 TRANSITORIO .............................................................................................................................. 14

1 OBJETIVO

Este documento establece los requisitos que deben cumplir los Organismos de Evaluación de la Conformidad (OEC) que cuentan con la acreditación vigente emitida por el ECA y por cualquier persona física o jurídica que solicite una autorización especial para la utilización del símbolo de acreditación del Ente Costarricense de Acreditación ECA y del logotipo ECA.

2 ALCANCE

El uso del símbolo del Acreditación del ECA, así como los requisitos establecidos en esta política son de acatamiento obligatorio y aplican a toda persona física, jurídica y (OEC) con acreditación vigente emitida por el ECA, al hacer uso del símbolo de acreditación del ECA.

En el caso de personas físicas o jurídicas diferentes a los OEC acreditados que lleven a cabo congresos, foros y eventos similares, podrán utilizar el logotipo ECA por un tiempo determinado, una vez que hayan obtenido la autorización especial para dicho evento

3 DEFINICIONES

- INTE-ISO/IEC 17000 Evaluación de la conformidad - Vocabulario y principios generales.

- ECA: Ente Costarricense de Acreditación.

- OEC: Organismo de Evaluación de la conformidad (Laboratorios de Ensayo y Calibración, Organismos de Inspección, Organismos de Certificación, Organismos Validadores/ Verificadores de Gases de Efecto Invernadero).

- Logotipo ECA: logotipo usado por el ECA para identificarse

- Marca de IAF: marca utilizada por ECA para indicar su condición de miembro firmante del MLA con el Foro Internacional de Acreditación (IAF) para Organismos de Certificación de Sistemas de Gestión de Calidad, Organismos de Certificación de Sistemas de Gestión Ambiental y para Organismos de Certificación de Producto.

- Marca de ILAC: marca utilizada por ECA para indicar su condición de miembro firmante del MLA con la Cooperación Internacional de Laboratorios Acreditados (ILAC) para Laboratorios de Ensayo, Laboratorios de Calibración y Organismos de Inspección.

- Marca combinada: marca resultante de la combinación de la marca de IAF o ILAC y el símbolo de acreditación del ECA.

- Símbolo de acreditación: Símbolo emitido por ECA para ser utilizado por los OEC para indicar su condición de acreditado, que comprende el logotipo ECA, el tipo de OEC, el número de acreditación, la fecha en que se obtiene la acreditación, vigencia y referencia a la disponibilidad del alcance de acreditación en la página web del ECA.

4 USO DEL SÍMBOLO DE ACREDITACIÓN DEL ECA PARA LOS OEC CON ACREDITACIÓN VIGENTE

4.1 Solo los informes o certificados que utilizan el símbolo de acreditación pueden beneficiarse completamente del reconocimiento que otorgan los MLA para los cuales el ECA es signatario.

4.2 En el caso de los organismos de certificación de sistemas, para los alcances bajo acreditación, solamente pueden emitir certificados que porten el símbolo de acreditación o con la marca combinada.

Nota: La restricción anterior se realiza en cumplimiento de la Resolución de IAF:

IAF Resolution 2015-14 - (Agenda Item 10) Non-Accredited Certification Where the MS CB is Accredited for the Same Scope - The General Assembly, acting on the recommendation of the Technical Committee, resolved that IAF Accreditation Body members shall have legally enforceable arrangements with their accredited CABs that prevents the CAB from issuing non-accredited management systems certificates in scopes for which they are accredited.

4.3 Todo OEC debe hacer uso del símbolo de acreditación en documentos físicos o electrónicos (si aplica para estos últimos) emitidos como resultado de...

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