Reforma Reglamento de activos fijos, materiales y otros bienes de la Municipalidad de Curridabat, de 18 de Octubre de 2016

EmisorMunicipalidad de Curridabat

MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT

REFORMA PARCIAL AL REGLAMENTO PARA ACTIVOS

Por acuerdo Nro. 5 que se consigna en el acta de la sesión ordinaria Nro. 025-2016, del 18 de octubre de 2016, el Concejo de Curridabat, con fundamento en los en los numerales 11 y 169 de la Constitución Política; 11 de la Ley General de la Administración Pública y 13 inciso c) y 43 párrafo tercero del Código Municipal, y;

CONSIDERANDO:

  1. Que la Administración Municipal, a través de la Dirección de Servicios Ambientales, ha implementado a nivel cantonal e institucional, políticas de concientización del uso, reciclaje, reuso desecho de materiales, con el fin de que se haga un manejo adecuado de los mismos de manera responsable con el ambiente.

  2. Que, como parte de dichas acciones, se ha procedido con las recolecciones de materiales y bienes que ya fueron dados de alta como activos, por cuanto se agotó su ciclo de vida, siendo que se debe proceder al desecho de los mismos, pero de manera responsable y acorde a la política y normativa ambiental, siendo que, parte de dichos desechos se ubica chatarra, llantas y otros materiales a los cuales se les debe dar la disposición final de manera responsable.

  3. Que el municipio, cuenta con el Reglamento para Activos de la Municipalidad de Curridabat, el cual normaliza todo lo concerniente al control y registro de los bienes que constituyan el patrimonio del municipio, el que resulta necesario adaptar a las acciones ambientales principalmente en lo que respecta a la disposición final de los activos, bienes y materiales, de manera que se lleve a cabo de manera responsable.

  4. Que como parte la reforma requerida a dicho reglamento, también resulta de importancia incorporar la definición de materiales en desuso o de desecho, mejorar el procedimiento para dar de baja activos en desuso o de desecho, así como incorporar el procedimiento para la disposición final de materiales en desuso o de desecho, esto mediante la modificación del artículo 2 de definiciones, y el artículo 24 del procedimiento.

  5. Que de conformidad con la normativa emitida por el Ministerio de Salud en cuanto al manejo y disposición de llantas de Desecho resulta necesario incorporar dicho tema en el reglamento principalmente en lo que respecta a su disposición final una vez agotada su ciclo de uso, así como la necesidad de que el proveedor de este tipo de bienes, cuente con los mecanismos requeridos por dicha normativa y el Ministerio de Salud de ser un gestor autorizado de llantas, por lo que incorporaría un inciso d) al artículo 28 del Reglamento de Activos de la Municipalidad de Curridabat para dicho fin.

  6. Que se modifique el título del Reglamento de Activos de la Municipalidad de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR