Reforma Reglamento de Caja Chica, de 16 de Noviembre de 2005

EmisorInstituto Costarricense de Puertos del Pacífico

INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS DEL PACÍFICO El Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico que avisa que la Junta Directiva de esta Institución mediante acuerdo N° 5 tomado en la sesión N° 3322, celebrada el día 16 de noviembre del año en curso, acordó modificar los artículos 9º, 12 (segundo párrafo), 15, 17 (inciso a), 19 (incisos k y l) y 24 (inclusión de un último párrafo) del Reglamento de Caja Chica, para que se lean como sigue:

Artículo 9º—De las cajas chicas existentes: De acuerdo con las facultades que la Ley Constitutiva del INCOP le concede a la Junta Directiva; se crearán los siguientes fondos de cajas chicas para uso de compras generales y de viáticos:

PUERTO CALDERA Caja Chica Monto asignadoóCaja Chica General 3.000.000,00 SAN JOSÉ

Caja Chica General 1.200.000,00 BALNEARIO DE OJO DE AGUA Caja Chica General 300.000,00 Caja Chica 300.000,00 PUERTO QUEPOS Caja Chica General 200.000,00 Todos los vales de caja chica deben ser autorizados por los Jefes de cada Dirección. Los vales que exceden de ó 50.000,00 hasta ó150.000,00 de previo a ser autorizados por la Administración Superior (Presidente Ejecutivo, Gerente General o Subgerente) deberán contar, sin excepción alguna, con la firma del Jefe de Dirección correspondiente. El dinero de los adelantos de viáticos se entregará el día hábil antes del inicio de la gira programada.

El Auditor General y la Secretaria de la Junta Directiva están facultados para firmar vales hasta ó150.000,00 con relación a su propia oficina, sin requerir firma adicional de otro nivel jerárquico.

Artículo 12.—De la programación de la gira: Cada jefe deberá programar la gira de sus subalternos con anticipación y deberá existir concordancia entre el monto adelantado. Debe entenderse por adelanto, la suma total estimada para los gastos de viaje que correspondan al período de la gira, de acuerdo con las tablas de las tarifas establecidas en el Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte de la Contraloría General de la República.

En todo caso, cuando el adelanto total sea inferior a los ó50.000,00, el mismo deberá tramitarse por Caja Chica. Si el monto del adelanto es igual o superior a ó 50.000,00, el adelanto se tramitará mediante Emisión de Cheque, previa autorización de la Jefatura de Dirección y hasta por el monto total estimado de los gastos del viaje. El Auditor General dará su aprobación previa para el personal a su cargo. El dinero de los adelantos de viáticos se entregará el día hábil antes del...

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